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En coincidencia con el actuar del diputado Yamil Esgaib, quien fue noticia por sus actitudes violentas contra las mujeres, entre ellas amenazas a sus propias colegas, y comportamientos inapropiados contra mujeres periodistas, el Ministerio de la Mujer publicó en redes sociales un recordatorio de los tipos de violencia contra la mujer.
En su cuenta oficial de la red social X -anteriormente denominada Twitter-, el Ministerio de la Mujer recordó que “combatir la violencia contra las mujeres es un paso fundamental para alcanzar la igualdad entre mujeres y hombres en los diversos ámbitos de la vida: familiar, social, político, económico, laboral y otros”.
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“Con la Ley N° 5777/16, de Protección Integral a las Mujeres, contra toda forma de violencia, reconoce la violencia contra las mujeres más allá del ámbito doméstico o de relaciones de pareja, ampliándola a formas de violencia expresadas también en espacios comunitarios y/o estatal”, señalan en un comunicado.
La ley establece 15 formas de violencia contra la mujer, entre las que se encuentra la feminicida, la física, psicológica, sexual, contra los derechos reproductivos, patrimonial y económica, y laboral. También existe la violencia política, intrafamiliar, obstétrica, mediática, telemática, simbólica, institucional y contra la dignidad.
Formas de violencia contra la mujer más extendidas
Entre las formas más comunes de violencia contra la mujer encontramos por ejemplo, la violencia psicológica. Esta es el acto de desvaloración, humillación, intimidación, coacción, presión u hostigamiento, persecución, amenazas, control y vigilancia del comportamiento, además del aislamiento impuesto a la mujer.
Esta puede ser a través de descalificaciones humillantes, amenazas de destitución o despido injustificado, despido durante el embarazo, alusiones a la vida privada que impliquen la exposición indebida de su intimidad.
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Otras formas de violencia laboral son la imposición de tareas ajenas a sus funciones, servicios laborales fuera de horarios no pactados, la negación injustificada de permisos o licencias por enfermedad, maternidad, o vacaciones, y el sometimiento a una situación de aislamiento social ejercidas por motivos discriminatorios de su acceso al empleo, permanencia o ascenso.
La violencia política es la acción realizada contra la mujer que tenga como fin retardar, obstaculizar o impedir que la misma participe de la vida política en cualquiera de sus formas y ejerza los derechos previstos en esta ley.