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La Sala Penal de la Corte dictó su Acuerdo y Sentencia por el cual confirmó la sentencia definitiva de 9 años de prisión para el contador Raúl Crispín Vallejos Giménez (47 años de edad), por haber desviado de la empresa Envaco SA (fábrica de embalaje y envases), porque desvió para sí unos US$ 1.500.000, según lo probado en juicio oral.
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La Sala Penal de la Corte, integrada con los ministros Luis María Benítez Riera, Manuel Ramírez Candia y María Carolina Llanes, confirmó el Acuerdo y Sentencia N° 14 de fecha 18 de febrero del 2022 dictado por el Tribunal de Apelación en lo Penal, Cuarta Sala de la Capital, por la cual, a su vez, había confirmado la Sentencia Definitiva N° 359 del 2 de setiembre de 2021, dictada por el tribunal de sentencia que condenó a 9 años al contador Vallejos Giménez.
El expediente analizado está individualizado como “Raúl Crispín Vallejos Giménez s/ estafa mediante sistemas informáticos y otros”. Expediente N° 225, Año 2017.
Rechazo de la casación de la defensa
Los ministros de la Sala Penal rechazaron los agravios planteados por la defensa de Vallejos Giménez, como por ejemplo la objeción de haberse dictado sentencia definitiva de condena, cuando estaba pendiente una acción de inconstitucionalidad; la nulidad absoluta de la acusación por falta de determinación de hechos, así como el incidente de exclusión probatoria de ciertos documentos.
De igual manera, la Corte rechazó el agravio expresado que la condena de 9 años fue una pena excesiva, sin existir ningún motivo valedero legal y que la condena solamente podría haber llegado a los 7 años y 6 meses, por el concurso de hechos.
Las penas y absolución solicitadas en juicio oral
Las fiscalas Irma Llano y Silvana Otazú, de la Unidad Especializada en Delitos Informáticos, durante el juicio oral y público pidieron al tribunal de sentencia la imposición de la pena de 10 años de prisión para el acusado.
Por su parte, los representantes de la querella adhesiva abogados Rodrigo Yódice y Arturo Daniel Sabe requirieron al colegiado la imposición de una condena de 11 años de pena privativa de libertad.
En el caso del abogado defensor César Caballero Melgarejo, alegó que en el juicio oral no se han probado los delitos descriptos por el Ministerio Público y la querella adhesiva, por lo que solicitó al tribunal la absolución de culpa y pena de su representado.
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Las calificaciones de los hechos punibles atribuidos al contador
En cuanto a la calificación final, el Tribunal de Sentencia ha incursado la conducta del condenado en los siguientes hechos punibles:
- Estafa (hasta 5 años de prisión) previsto en el Art. 187 Inc. l° del Código Penal,
- Estafa mediante sistemas informáticos (hasta 8 años de cárcel) previsto en el Art. 188 Inc. l° Num. 2, 3 y 4 e Inc. 2″ del Código Penal, modificado por la Ley 4439/11 de Delitos Informáticos, y
- Producción de documentos no auténticos (hasta 5 años de penitenciaría) previsto en el Art. 246 inc. l, en concordancia con el artículo 29 (autor), ambos del Código Penal.
En atención a lo expuesto, aplicando las reglas del concurso de hechos punibles, el marco penal aplicable por el Tribunal de Sentencias era de 6 meses a 12 años de pena privativa de libertad.
En juicio se probó el desfalco
El tribunal de sentencia integrado con los magistrados Olga Elizabeth Ruiz González, Víctor Medina Silva y Arnaldo Fleitas Ortiz, determinó que se ha probado en el juicio oral y público que el contador Raúl Crispín Vallejos Giménez con intención de obtener un beneficio patrimonial indebido, ha realizado en su lugar de trabajo, la empresa Envaco SA, maniobras mediante las cuales el acusado tuvo una conducta relevante.
Específicamente -agregó el colegiado- a través de la utilización del sistema informático contable de la empresa denominada Waldbott, ha utilizado para cargar asientos contables informáticos erróneos, que no se relacionan con los datos reales, con lo que alteró y modificó el sistema contable de la empresa Envaco SA.
A través de su usuario denominado “Super” modificó 15 asientos contables, enviando el importe de los cheques debitados de las cuentas bancarias de la empresa Envaco SA a la sección denominada “Dividendos a pagar”, lo cual debía de encontrarse en la sección “Anticipo a despachante”, y con ello produjo un perjuicio patrimonial a la firma Envaco SA de G. 5.181.881.000, más otros US$ 875.203,96 (suma que debió pagarse a la Transportadora Binacional SRL) y de US$ 14.400.
La maniobra para estafar a la firma en la que trabajaba Vallejos Giménez se produjo en los años 2015, 2016 y 2017, según la investigación y acusación del Ministerio Público.
El perjuicio patrimonial asimismo fue detectado por la empresa BDO Consultores, que realizó una auditoría a la gestión del ahora condenado que realizó desvíos de sumas de dinero a su favor.
Vallejos Giménez era un empleado de extrema confianza de la firma y se desempeñaba como contador y encargado del área de comercio exterior, desarrollando actos de administración.
Actuaron como abogados querellantes por parte de la empresa Envaco los profesionales del derecho Rodrigo Yódice y Arturo Daniel Sabe. Para la querella adhesiva el perjuicio causado a la empresa entre el periodo de 2015 a 2017 llegó a unos G. 8.000.000.000, monto presentado en su acusación.
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Un contador común
Por su parte, el abogado defensor César Caballero Melgarejo alegó en el juicio oral que su cliente Raúl Crispín Vallejos es un contador corriente y que no es una persona de quien se pudiera sospechar que tenga unos G. 8.000 millones, ya que él como muchos en esta profesión, viven el día a día. Sobre todo, porque la acusación habla de un desfalco de unos US$ 1.500.000, refirió el defensor.