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Carlos Cabral, director de Jubilaciones y Pensiones del Instituto de Previsión Social (IPS), explicó cuáles son los requisitos que los trabajadores deben tener en cuenta para acceder a la jubilación o retiro por vejez.
Estos aspectos son: la edad de la persona, antigüedad (años de aporte) y el retiro de la actividad laboral. Estos tres requisitos deben cumplirse a la par.
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En cuanto a la antigüedad, Cabral señaló que el cómputo se realiza con base a las semanas en el año. “Cuando uno cotiza sobre la base mínima imponible que es el salario mínimo de la actividad, entonces reúne 4 semanas en el mes y de acuerdo a lo que establece nuestra normativa legal un año equivale a 50 semanas de aporte”, puntualizó.
“La ley habla de semanas de aporte, pero eso tiene su equivalencia en los años, 50 semanas equivale a un año, como máximo se pueden acumular 50 semanas en un año”, remarcó.
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Las tres opciones de jubilación en IPS
Para acceder a la jubilación del IPS, existen tres opciones:
- Haber cumplido 55 años de edad y tener 30 años de aporte.
- Haber cumplido 60 años de edad y tener 25 años de aporte.
- Haber cumplido 65 años de edad y tener 15 años de aporte.
De estas tres, la denominada como “60/25″ (60 años de edad y 25 años de aporte) es la única obligatoria en la que el empleador puede jubilar a la persona y hacer que pase a retiro, mientras que en las otras dos la persona tiene la opción de jubilarse voluntariamente.
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Jubilación en IPS: Porcentaje a cobrar
En lo que se refiere al porcentaje de jubilación a cobrar, existen variaciones:
- Si la persona que se va a jubilar cumple 60 años de edad y tiene 25 años de aporte, cobra el 100% del promedio de los últimos 36 meses de su salario.
- Si la persona se jubila con 55 años de edad y 30 años de aporte, el promedio será del 80%, también promediando los últimos 36 meses.
- Si el aportante se retira con 56 años de edad y con 30 años de aporte, el monto sube un 4%, es decir, cobrará un 84%. Dicho monto va aumentando progresivamente con cada año más de aporte hasta llegar a 96%, cuando debería cumplir 59 años. Al cumplir 60, ya accede al 100%.
- En caso de que uno haya cumplido 65 años de edad y tenga unos 15 años de aporte, el promedio varía en función del tiempo de aporte, no de la edad, por lo que se retirará cobrando el 60% del promedio de los 36 meses anteriores.
Una vez que se cumplen con todos los requisitos mencionados, el trabajador ya puede acceder al cobro del beneficio de la jubilación al mes siguiente de su retiro de la actividad laboral, siempre y cuando se completen los trámites de rigor con el IPS.