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El juez penal de garantías Mirko Valinotti reprogramó para el martes 26 de setiembre, a las 08:00, la audiencia preliminar para la odontóloga Sandra Obertino Leguizamón, el endodoncista Vicente Javier Cabrera y el técnico anestesista Adrián Cayetano García Servín, acusados por la muerte de la niña Thirza Belén Portillo Franco, de 9 años.
La diligencia en la que se debe resolver si la causa va a juicio oral, como pide el Ministerio Público, estaba prevista para este lunes, pero se suspendió a pedido de la fiscala Esmilda Álvarez, quien presentó un certificado de reposo médico y solicitó al juzgado de Garantías el aplazamiento de la audiencia.
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Es la quinta vez que se suspende la preliminar. La primera fue el 13 de marzo de 2023, a pedido del entonces fiscal del caso Aldo Cantero, quien argumentó superposición de la diligencia con un juicio oral y público que estaba en pleno desarrollo. La segunda suspensión fue el 12 de abril, a pedido de la defensa de Adrián García, que también alegó que la audiencia le coincidía con un juicio oral.
La preliminar se volvió a suspender el 18 de mayo pasado, a pedido de la fiscala Carina Serón, con el argumento de que estaba a cargo de dos unidades del Ministerio Público. La cuarta suspensión de la diligencia fue el 26 de junio, debido a la recusación presentada por la defensa del acusado Gerardo Ortiz contra el juez Mirko Valinotti.
Acusados de presunto homicidio culposo por la muerte de Thirza
Thirza Belén Portillo Franco, de 9 años, falleció el 12 de noviembre de 2021 en Asunción, en la clínica odontológica “mau” Mommy Dent, ubicada en Loma Pytã. La autopsia determinó que la niña falleció como consecuencia de una sobredosis de anestesia, lo cual fue corroborado por una junta médica.
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La niña se sometió a un tratamiento de conducto con anestesia general. Tras el mismo, se presentaron complicaciones, por lo que fue llevada en ambulancia hasta el Instituto de Medicina Tropical, donde llegó sin signos de vida. Según la fiscalía, en la clínica primero quisieron cobrarle a la familia de la víctima entre G. 6 millones y G. 9 millones, pero luego bajaron el precio a G. 3.350.000.
Antes de la intervención les dijeron a los familiares que la anestesia iba a ser a través de una vía y no por inyección localizada en la encía. La menor falleció alrededor de las 08:30 del 12 de noviembre, poco más de una hora después de ingresar a la clínica odontológica.
La odontóloga Sandra Obertino Leguizamón y el técnico anestesista Adrián Cayetano García Servín fueron imputados por el fiscal Aldo Cantero el 11 de diciembre del 2021 por homicidio culposo y comercialización de medicamentos no autorizados. Posteriormente, se amplió la imputación en contra del endodoncista Vicente Javier Cabrera.
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Finalizada la etapa investigativa, el Ministerio Público presentó acusación por presunto homicidio culposo en contra de la odontóloga Sandra Obertino Leguizamón, el endodoncista Vicente Javier Cabrera y el técnico anestesista Adrián Cayetano García Servín y solicitó que la causa sea elevada a juicio oral y público.
Niña murió por sobredosis de anestésicos
La acusación presentada por la fiscala Esmilda Álvarez resalta que la muerte de la niña Thirza Portillo Franco “ha sido ocasionada por una acción ajena al funcionamiento de su organismo, es decir por la acción de un tercero (en este caso el anestesista Adrián Cayetano García Servín y el médico endodoncista Vicente Damián Cabrera), quienes actuaron a pedido y bajo la supervisión de la Dra. Sandra Obertino Leguizamón”.
La pericia final realizada por los peritos designados en la causa -los Dres. Carlos Antonio Garrigoza, Liliana Bogarín y Claudio Duarte- concluyó que: “Al parecer de estos peritos, lo que desencadenó en el fallecimiento de la niña Thirza Belén Portillo, de 9 años de edad, fue una sucesión de malas decisiones, omisiones, errores de conducta y procedimiento, falta de ética profesional y, por supuesto, también interés lucrativo”.
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Los profesionales galenos señalan además que “no fue confeccionada una historia clínica a la menor por la Dra. Sandra Obertino, no fue presentada ni obra en la carpeta fiscal, por ende, no se saben los antecedentes odontológicos y sanitarios, no hay registro del acto realizado y a realizar”.
Otra aspecto que resalta la acusación fiscal, en base a la conclusión de la pericia, es que “no hay registro del plan de tratamiento completo, ni método o técnica utilizada, complejidad y duración del acto, resultado, ni del porqué se sugirió utilizar anestesia asistida”.