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Al respecto, el juez Bustos Martínez, en el Auto Interlocutorio Nº 734, dictado ayer jueves, señala que luego de analizar las piezas instrumentales, en las cuales se apoya la medida cautelar de prisión preventiva del imputado, se observa que los elementos de juicio que motivaron el auto de prisión preventiva, no han variado en forma sustancial como para desvirtuar los elementos primariamente valorados.
La madre de la menor víctima de “abuso sexual en niños” denunció que el fiscal Alcides Espínola, de Carapeguá, se había allanado al pedido de la defensa técnica del imputado, representado por el abogado Orlando Mosqueira.
El mismo presentó un simple certificado médico, que señala que el procesado padece supuestamente de patología crónica, afligente, grave y terminal a de arteriosclerosis de las arterias del corazón y enfermedad pulmonar obstructiva crónica.
Asimismo, el juez señala que la expectativa de pena es de cuatro años, por lo que le está vedado como magistrado disponer de salidas menos gravosas en este estado del proceso. Alega que el peligro de fuga y obstrucción no pueden ser controlados, sino con la prisión preventiva vigente.
Además, destaca en su resolución que la defensa técnica del procesado pretende obtener medidas menos gravosas a la restricción de libertad por una sola constancia médica. Dicho documento no reúne las características de un informe médico integral y forense por lo que se rechazó el incidente de prisión preventiva planteado por el defensor del procesado.
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Hecho de abuso sexual en niños
El hecho de abuso sexual en niños fue denunciado en la fiscalía el 5 de junio de este año. La menor había comentado lo que le sucedió a la psicóloga de la institución y los directivos activaron el protocolo correspondiente y realizaron la denuncia ante el Ministerio Público.
La niña había identificado a su agresor y el supuesto involucrado en la causa “abuso sexual en niños” fue detenido el pasado 13 de junio, en la vía pública del barrio Centro de este municipio.