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El Tribunal de Apelaciones en lo Penal Especializado en Delitos Económicos, Crimen Organizado y Anticorrupción ratificó la decisión del juez penal de garantías José Agustín Delmás de rechazar el permiso solicitado por la fiscala Ana Girala, para salir de su arresto domiciliario de lunes a viernes, en el horario de 13:00 a 20:30.
Los camaristas Bibiana Benítez, Gustavo Ocampos y Arnulfo Arias coincidieron en sostener que no existen motivos para modificar la resolución dictada el 4 de agosto pasado por el juzgado penal de garantías Especializado en Delitos Económicos N° 2.
En ocasión de solicitar el permiso, la abogada Mónica Oviedo explicó que su defendida pretende acompañar a su hija menor a sus actividades escolares y deportivas en los horarios comprendidos de 13:00 a 20:30, de lunes a viernes, o en su defecto, en un horario de 17:00 a 20:30 de lunes a viernes.
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La petición fue descartada por el magistrado Delmás, quien sostuvo que, de acceder a dicha petición, se estaría perdiendo la esencia de dicha medida alternativa. En otros términos, el juez argumentó que la normativa penal no permite permisos “especiales” cuando se concede arresto domiciliario como medida alternativa a la prisión, puesto que la dicha medida podría ser utilizada como abono en caso de una eventual condena en base al Art. 69 del Código Penal; por ende, el arresto domiciliario resulta incompatible con el permiso solicitado.
Esta resolución fue apelada por la defensa, que sostuvo ante la Cámara de Apelación que el juzgado obvió los derechos de la hija menor de edad de la fiscala, al no permitir que la madre la acompañe en sus actividades escolares y de patinaje.
Fiscala Ana Girala quiere acompañar a su hija en el colegio y en su patinaje
“Las medidas cautelares no deben convertirse en penas anticipadas ni deben ir más allá de sus fines y es consideración de esta defensa que no existe una pena más alta para una madre que ser privada del derecho de velar por el desarrollo integral de su hija y verla perder oportunidades que la entusiasman, y por las que incluso a su corta edad se ha esforzado, como artista y deportista, por no poder acompañarla, alentarla, protegerla y contenerla”, argumentaron los abogados Mónica Oviedo y Juan Rafael Ramírez, bajo patrocinio del abogado Juan Pablo Irrazábal.
Es postura de esta representación fiscal que lo solicitado por la defensa de la imputada Ana Elizabeth GIrala en cuanto al permiso solicitado debe poseer una verosimilitud entre la necesidad de dicho permiso excepcional y el fin del dictamiento de la medida cautelar dictada, dicha excepción o permiso especial debe ser acreditado primeramente con la necesidad intrínseca de la misma y ser acompañada con documentos que avalen dichos extremos, y por otro lado analizar (el Juez) el sentido lógico a fin de no desnaturalizar el del arresto domiciliario resuelto por el Juez competente, quien es quien debe justipreciar la pertinencia de dicha solicitud; mas aún teniendo en cuenta la proximidad de la fecha de requerimiento conclusivo”, sostuvo a su vez el fiscal Osmar Legal, al expresar su oposición a la concesión del permiso solicitado.
El camarista Gustavo Ocampos destaca que el 26 de junio pasado el Tribunal ha dispuesto beneficiar a la imputada Ana Girala con la aplicación de una medida menos gravosa que la prisión preventiva, la cual, ha sido peticionada por su propia defensa y la procesada ha aceptado conforme el acta que ha firmado ante el juzgado.
Ocampos concluye que el arresto domiciliario no contempla el tipo de permiso que la misma solicita, por tanto, corresponde confirmar la resolución apelada, decisión compartida por su colega Bibiana Benítez.
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Para camarista, fiscala suspendida debió estar en prisión
A su turno, el camarista Arnulfo Arias votó en el mismo sentido de rechazar la apelación, pero previamente precisó que Girala está con arresto domiciliario por decisión de la mayoría del Tribunal de Apelación, pues en su momento votó en disidencia, es decir, por la ratificación de la prisión de la fiscala actualmente suspendida.
“En dicha oportunidad, he dado mi opinión sobre necesidad del mantenimiento de la medida privativa de libertad, en virtud a la gravedad del hecho que se le atribuye a Ana Elizabeth GiralaI López, no precisamente por lo referente al monto de la sanción que pueda resultar en caso de ser condenada, sino, por el impacto social de su comportamiento ilícito, atendiendo a su condición –al cometerlo- de estar en el ejercicio de sus funciones como Fiscal de una causa y su conducta en el trámite de la misma”, destacó Arias.
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El pasado lunes 14, la fiscala suspendida Ana Girala fue acusada por presunto cohecho pasivo agravado (coima), extorsión, asociación criminal y otros hechos punibles, por supuestamente haber solicitado G. 25.000.000 para beneficiar a un joven procesado, hijo de la persona que presentó la denuncia por supuesta coima.
Acusación contra fiscala, funcionarias del Ministerio Público y abogados
La acusación presentada por el fiscal Osmar Legal, de la Unidad Especializada en Delitos Económicos y Anticorrupción (UDEA) sostiene que más que una unidad fiscal, la Unidad Fiscal N!° 1 de San Lorenzo a cargo de Girala funcionaba como un centro de operaciones de un grupo criminal dedicado a la extorsión y la coima, ya sea para beneficiar a personas procesadas o para inventar imputaciones contra inocentes,
Además de Girala, también fueron acusadas Christi Magalí Ortega Domínguez, asistente fiscal de Girala, y Griselda Beatriz Acha Alcaraz, secretaria de la unidad fiscal de San Lorenzo, como coautoras y cómplices de los hechos punibles de extorsión, cohecho pasivo, cohecho pasivo agravado, asociación criminal y persecución de inocentes.
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El Ministerio Público también acusa a los abogados Liz Elena Martínez Robles por presunta autoría de extorsión, tráfico de influencias y asociación criminal; a Marcos Aurelio Velazco Mendoza, por supuesto soborno agravado, tráfico de influencias y asociación criminal; y a Nélida Vicenta Alcaraz Bogarín por tráfico de influencias, como supuesta autora.