Ministerio Público apeló ante la Corte la absolución al exintendente de San Antonio

La Fiscalía por medio de una casación promovida ante la Sala Penal de la Corte Suprema solicitó que la absolución que benefició al intendente de San Antonio sea anulada y que se reenvíe a otro tribunal de sentencia para un nuevo juicio oral y público. El perjuicio ocasionado habría sido de G. 962 millones.

Raúl Mendoza, ex intendente de San Antonio.
Raúl Isaac Mendoza Ramos, exintendente de San Antonio.

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La agente fiscal penal Abog. María José Pérez de Giampieri, titular de la Unidad N° 1 de Ejecución Penal de la Capital, planteó este jueves 3 de agosto una casación directa “per saltum, in iuris” contra la Sentencia Definitiva (SD) N° 300 de fecha 13 de julio de 2023, por la cual se absolvió de reproche y pena al exintendente de San Antonio, Raúl Isaac Mendoza Ramos, por no probarse en juicio oral y público el hecho punible de lesión de confianza.

Corte analizará si procede o no la casación directa

Ante el planteamiento de la casación directa, serán los ministros Manuel Dejesús Ramírez Candia, María Carolina Llanes y Luis Benítez Riera, quienes analizarán si procede o no el recurso extraordinario. En caso de que rechacen la casación, será la Cámara de Apelaciones la que deberá estudiar la apelación del Ministerio Público.

El tribunal de sentencia que declaró la absolución de Mendoza Ramos estuvo integrado con los jueces Jesús María Riera Manzoni, Elsa García y Víctor Hugo Alfieri. La causa que enfrentó el exintendente está identificada como causa N° 857/2015 “Raúl Isaac Mendoza Ramos s/ hecho punible de lesión de confianza”.

La fiscala María José Pérez cuestionó que para absolver al acusado Mendoza Ramos, el tribunal de sentencia recurrió en varias ocasiones a frases que emiten juicios de descalificación hacia la persona de la representante de la sociedad, dejando de lado su función jurisdiccional: evitar la impunidad, según objetó.

Incidentes dilatorios del acusado

Desde antes de la imputación a Mendoza Ramos, producida el 26 de setiembre de 2016, el investigado por lesión de confianza ya había empezado a plantear recursos dilatorios.

La Fiscalía hizo conteo de las “chicanas” promovidas como la recusación contra la fiscala Pérez del 30 de noviembre de 2015, una segunda recusación el 4 de noviembre de 2016, y una tercera recusación contra la agente el 5 de junio de 2018. De igual manera, Mendoza Ramos promovió reposiciones y apelaciones en subsidio, acción de inconstitucionalidad ante la Corte (tardó 1.410 días en resolverse).

El Ministerio Público constató que en total, el acusado paralizó el proceso penal durante 2.328 días, es decir, 6 años y 3 meses.

Conducta dolosa pisoteó derechos de los niños

Abog. María José Pérez de Giampieri, fiscala de la ciudad de San Antonio.
Abog. María José Pérez de Giampieri, fiscala de la ciudad de San Antonio.

El Ministerio Público sostiene que el hecho punible de lesión de confianza existió desde el momento en que el acusado Raúl Mendoza Ramos no rindió cuentas del cheque firmado por él, en el marco de un contrato absolutamente irregular, y desde el instante en que pagó por demás por las construcciones escolares con dinero público, pisoteando el interés superior de los niños escolares que han tenido que soportar vejámenes y peligros en sus vidas, en lugar de ser protegidos, así como sus docentes.

A criterio de la Fiscalía, la acusación ha sido plenamente acreditada en el debate, que es donde se discute la cuestión material, etapa en la que se debe dar prioridad a lo producido en el juicio oral, lo cual debe estar por encima de los suscitado en otras etapas.

Pruebas comprometedoras que “no vio” el tribunal

El perito auditor de la Fiscalía Lic. Gerardo Ruiz Díaz constató que Mendoza Ramos no consignó el cheque número 543157 por un monto de G. 195.311.500, firmado por el acusado en su función de intendente.

Además de no rendir cuentas, ofreció “facturas” de una empresa de tipo “maletín”, una tal “Comercial San Miguel” con domicilio desconocido, sin trayectoria de algo tan sensible como es la provisión de alimentos escolares. El perito se constituyó en el domicilio declarado por la firma, pero los vecinos ni nadie conocía de la existencia de dicho comercio, y que en cambio, en el lugar se encontraba funcionando un taller mecánico, en la ciudad de San Antonio.

La misma municipalidad de San Antonio informó que “Comercial San Miguel” solamente abonó dos meses de patente de habilitación, y el perito declaró que desde su experiencia, la firma fue creada al solo efecto de contratar para “proveer” los alimentos escolares, a pesar de que fue integrado con un capital 13 veces inferior al contrato N° 02/2014 por G. 651.035.000, para la provisión de 73.150 raciones de almuerzos escolares, para 90 días.

Empero, en las actas de supuesta recepción de alimentos no estaban firmadas, y en las actas que tenían firmas no se sabía de quienes eran, pero todas fueron hechas en la misma fecha, el 1 de noviembre de 2014.

Las investigaciones concluyeron que el contrato fue direccionado, había empresas que ofrecieron menor presupuesto, tenían mayor estructura, seguridad y salubridad para los escolares, como AG Comercial. Sin embargo, Mendoza Ramos contrató con la empresa de maletín “Gastronómica San Miguel” con domicilio no constatado y de existencia no verificada que proveyó fotocopias simples adjuntadas por el acusado.

Sobrefacturación en “construcción” en escuela

La pericia forense de la Ing. Ross de Morales detectó sobrevaluación en la construcción de dos aulas y baños sexados en la Escuela San Miguel, un tinglado y muro, donde se utilizó dinero del Fonacide, con contratación directa, en abierta violación de la Ley 2051 ya que el monto de la contratación con la empresa Concrex SRL fue de G. 523.992.900.

Según la pericia de obras e informes forenses, teniendo en cuenta los parámetros de precios de materiales de construcción en la época peritada durante el mandato del acusado, éste pagó por encima de costos reales vigentes en ese momento, la suma de G. 310.944.420. Además, la perito encontró graves defectos estructurales debido a la mala calidad de los materiales en dichas aulas y baños por los cuales el acusado pagó con fondos Fonacide.

Las obras deficientes fueron corroboradas por las docentes Lucía Recalde y Cristina Guadalupe Fernández, quienes declararon que al poco tiempo las paredes presentaron fisuras, grietas, humedad, defectos que ponían en peligro a los niños. Por esta razón los alumnos dieron clases bajo los árboles, y que de hecho se produjo el derrumbe, pero que por fortuna, no estuvieron en ese momento los niños ni los docentes.

También las docentes corroboraron que efectivamente dejaron de recibir el almuerzo y merienda escolar hasta que asumió el intendente interino, en el último cuatrimestre de 2015.

Denuncia ciudadana inició proceso a Mendoza Ramos

La investigación por parte del Ministerio Público se inició el 24 de octubre de 2015 cuando 81 ciudadanos pobladores de la ciudad de San Antonio, entre ellos docentes, exconcejales municipales, comerciantes, integrantes de la Contraloría Ciudadana de esta localidad, bajo patrocinio de abogado, radicaron una denuncia contra Raúl Mendoza Ramos por haber mal utilizado fondos del programa Fonacide, que debían ser destinados a las escuelas y colegios beneficiados con dichos recursos en el periodo 2012-2015, mientras el acusado era intendente de esta ciudad.

Las denuncias refirieron que no ha proveído lo almuerzos y meriendas escolares y por no haber refaccionado las escuelas citadas. Denunciaron además que el acusado mientras estaba en el cargo no ha rendido cuentas de su administración y como consecuencia de ello fue suspendida la transferencia de fondos por parte del Ministerio Público a la Municipalidad de San Antonio, ocasionando daños al patrimonio proveniente de esos fondos.

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