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El Movimiento Pro Justicia solicitó el 26 de julio pasado a la Corte Suprema de Justicia que modifique la fecha del 28 de octubre de 2023, prevista para la realización de las elecciones de dos abogados titulares para ejercer la representación del gremio de letrados ante el Consejo de la Magistratura (CM). Alegaron los recurrentes que la ley prevé que recién una vez producido el vencimiento del mandato, que se verificará el 20 de noviembre, y luego de 20 días, como mínimo, se deben realizar los sufragios.
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Hoy, los ministros de la Corte Suprema de Justicia Víctor Ríos Ojeda, César Diesel y Eugenio Jiménez Rolón solicitaron el rechazo de la reconsideración de modificación de fecha de elecciones de abogados, tras argumentar que como custodios de la Constitución Nacional, y según lo que dispone el Art. 263, el mandato de los representantes ante el Consejo de la Magistratura será de 3 años.
El mandato de tres años de los consejeros representantes de los gremios de abogados, Óscar Paciello Samaniego y Jorge Bogarían Alfonso, fenecerá el 20 de noviembre próximo. De modificar la fecha fijada para el sufragio (28 de octubre), se estaría violando lo que ordena la Carta Magna, ya que el mandato de los consejeros se extendería por más de 3 años, explicaron.
Por unanimidad los ministros de Corte rechazaron el pedido de reconsideración para modificar la fecha de elección de abogados representantes para el Consejo de la Magistratura, solicitado por el Movimiento Pro Justicia.
Argumentación para rechazar el cambio de fecha de elecciones
El ministro Víctor Ríos Ojeda explicó que la reconsideración del Movimiento Pro Justicia para modificar la fecha de elección de representantes ante el Consejo de la Magistratura, este gremio sostiene que la fecha de elecciones prevista para el 28 de octubre de 2023, adolece de un defecto de ilegalidad y de arbitrariedad, según prevé el artículo 19 de la ley 296/94 “Que organiza el funcionamiento del Consejo de la Magistratura”, porque deben ser convocados a sufragio a partir de los 20 días de producida la vacancia, que será el 20 de noviembre de 2023.
Sin embargo, la Corte convocó para el 28 de octubre de 2023 la fecha de elecciones de abogados representantes del Consejo de la Magistratura, y la Corte Suprema lo que hace es salvaguardar lo que dispone el Art. 263 de la CN, sobre la duración de 3 años del mandato de los abogados representantes ante el Consejo, explicó Ríos Ojeda.
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La Corte invariablemente viene haciendo un control constructivo de constitucionalidad, es decir, hace una compatibilidad entre la norma inferior y el art. 263 de la Constitución Nacional, por lo que el ministro Ríos solicitó que el pleno rechace el pedido de reconsideración.
En igual sentido, el presidente de la Corte Suprema César Diesel argumentó por el rechazo de la reconsideración, porque en los argumentos esgrimidos por los abogados recurrentes, no expresan que haya agravio.
“Además, -prosiguió Diesel- pretender una reconsideración basada solamente en la ley, no satisface esta fundamentación para hacer lugar a lo solicitado. Por otro lado, con la disposición de la Corte se va a respetar el mandato de 3 años de los dos miembros titulares del Consejo de la Magistratura, porque no va a sobrepasar el plazo que ordena la Constitución Nacional”, manifestó el ministro.
Por su parte, el ministro Eugenio Jiménez Rolón sostuvo que decisión similar viene tomando el Consejo de la Magistratura cuando convoca con tres meses de anticipación del vencimiento de mandatos para la conformación de ternas para la Corte Suprema de Justicia y otros altos cargos. Es justamente para no dejar vacío esos cargos de quienes tienen vencimiento de mandatos, justificó.
En la sesión plenaria de este miércoles 2 de agosto de 2023, se encontraban presentes los ministros de la Corte Suprema de Justicia César Manuel Diesel, Luis María Benítez Riera, Víctor Ríos Ojeda, Eugenio Jiménez Rolón, Gustavo Santander Dans, Alberto Martínez Simón, Manuel Dejesús Ramírez Candia, César Antonio Garay y María Carolina Llanes.
Todos los ministros aprobaron el rechazo de la reconsideración de la fecha de elección de abogados representantes para el Consejo de la Magistratura.
Lo que dispone la Constitución Nacional
El artículo 263 – De los requisitos y de la duración, dispone taxativamente:
“Los miembros del Consejo de la Magistratura deben reunir los siguientes requisitos: ser de nacionalidad paraguaya, haber cumplido treinta y cinco años, poseer título universitario de abogado, y, durante el término de diez años cuanto menos, haber ejercido efectivamente la profesión, o desempeñado funciones en la magistratura judicial, o ejercido la cátedra universitaria en materia jurídica, conjunta, separado o alternativamente.
Durarán tres años en sus funciones y gozarán de iguales inmunidades que los Ministros de la Corte Suprema de Justicia. Tendrán las incompatibilidades que establezca la ley”.
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Lo que ordena la Ley del Consejo de la Magistratura
Ley N° 296/94 “Que organiza el funcionamiento del Consejo de la Magistratura” en su artículo 19 prescribe: “los comicios para la elección de los abogados matriculados, 2 (dos) titulares y 2 (dos) suplentes serán convocados dentro del plazo de 20 días, a partir de producida la vacancia’, la cual entre otras circunstancias se producirá al vencimiento del mandato”, que acontecerá en fecha 20 de noviembre de 2023.