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Con el rechazo de la aclaratoria planteada contra el fallo que declaró inadmisible el recurso extraordinario de casación planteado por la exrector de la Universidad Nacional de Asunción (UNA) Froilán Peralta, queda firme la condena de 3 años de cárcel por lesión de confianza. Es el corolario de un proceso abierto por hechos de corrupción destapados con la histórica protesta estudiantil “UNA No Te Calles”.
Por unanimidad, los ministros de la sala penal María Carolina Llanes, Luis María Benítez Riera y Manuel Ramírez Candia rechazaron la aclaratoria planteada por el abogado Leonardo Colina Brítez, defensor de Froilán Peralta, contra el Acuerdo y Sentencia N° 191 del 1 de junio pasado.
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“En el caso que nos ocupa, el solicitante más bien aspira un cambio sustancial en la decisión ya tomada por esta Sala, puesto que, solicita la admisibilidad del recurso extraordinario de casación interpuesto y el estudio de un agravio sobre la contrariedad de fallos, mal pretendiendo con ello, un nuevo análisis de las cuestiones ya debatidas y resueltas; situación que se encuentra vedada a este tribunal. Consecuentemente, corresponde no hacer lugar a la aclaratoria solicitada por improcedente”, argumenta la ministra Llanes, a cuyo voto se adierieron los demás integrantes de la sala.
Recursos de casación de Froilán Peralta y de la “comepapeles”, inadmisibles
A través del fallo mencionado, los ministros declararon inadmisibles los recursos de casación planteados por la defensa del exrector y también de la exdirectora de Talento Humano del Rectorado María del Carmen Martínez, conocida como la “comepapeles” porque quiso destruir varios documentos al tragarlos, contra sus respectivas condenas.
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Específicamente, los condenados pretendían dejar sin efecto la sentencia dictada en marzo pasado por el Tribunal de Apelación en lo Penal de Central integrado por Lourdes Cardozo, Sonia Deleón y Fabriciano Villalba (en disidencia), que confirmó la condena a 3 años de cárcel para Peralta por lesión de confianza y a 3 años y medio de prisión para Martínez por estafa.
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En sus alegatos finales, el fiscal Luis Said, de la Unidad de Delitos Económicos y Anticorrupción, había solicitado que el encausado también sea condenado por este delito y que la pena sea de 6 años de cárcel.
Hechos de corrupción constatados en juicio
En sus alegatos finales, el fiscal de la Unidad de Delitos Económicos y Anticorrupción (UDEA) expuso que en el caso del exrector de la UNA se comprobó en el juicio oral la existencia hecho punible de lesión de confianza porque Peralta nombró a personas que no tenían el perfil ni la capacidad técnica para el ejercicio de la docencia.
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En la mayoría de los casos, los nombrados solo habían acabado el nivel escolar secundario, que según el propio estatuto de la UNA y la Ley General de Educación, los nombrados para estos cargos tienen que tener título académico universitario o de nivel superior.
El daño patrimonial que produjo Froilán con su conducta dolosa en el periodo señalado de 2012 a 2015, por medio de los nombramientos fraudulentos, fue de unos G. 1.257 millones, aproximadamente, refiere el Ministerio Público.
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María del Carmen Martínez fue procesada por estafa porque nombró a dos personas (sin el conocimiento de ellas) como funcionarios de la UNA, pero los tenía trabajando en su granja.