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Luego de dos años de cajoneo, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia emitió dos llamativos fallos relacionados a la construcción de las estaciones de servicio de Asunción. En el mismo día aprobó una acción de inconstitucionalidad y rechazó otra.
Por un lado, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia rechazó la acción de inconstitucionalidad planteada por la Asociación Cámara de Distribuidoras Paraguayas de Combustibles (Cadipac) contra la ordenanza municipal que establece que entre una estación de servicio y otra debe existir por lo menos mil metros de distancia.
De esa manera, volvía a entrar en vigencia la ordenanza que indica que las estaciones de servicio deben tener una distancia mínima entre sí y no estar una al lado de otra.
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Sin embargo, luego se dio a conocer que la misma Sala Constitucional, integrada por Víctor Ríos, Antonio Fretes y César Diesel, aprobó otra acción de inconstitucionalidad planteada en este caso por “Imperial Compañía Distribuidora de Petróleos y Derivados SA y Petroquim SA” contra la misma ordenanza municipal, detalló el periodista de ABC Carlos Ortega.
Es decir, de manera contradictoria, la Corte habilitó a otro emblema privado a construir estaciones de servicio sin guardar ninguna distancia mínima. Cabe mencionar que el defensor de Imperial y Petroquim es Raúl Prono, abogado ligado a la familia Cartes.
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Varias acciones ante la Corte
En contacto con ABC Cardinal, el jefe de gabinete de la Municipalidad de Asunción, Federico Mora, indicó que había al menos cinco acciones de inconstitucionalidad que fueron presentadas ante la Corte para habilitar la construcción de las estaciones de servicio de manera indiscriminada.
Aseguró que durante dos años la Municipalidad nada pudo hacer para cumplir con la ordenanza porque la Corte suspendió sus efectos hasta resolver las cuestiones de fondo. Además, aseguró que tampoco pueden frenar obras que han sido aprobadas mediante el congelamiento de la normativa.