Ja’umina Fest: Corte confirma extradición de José Bogado Quevedo

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó la extradición de José Luis Bogado Quevedo (39 años), requerido por la justicia del Brasil, donde el mismo cuenta con una condena de 17 años más 900 días de multa por hechos ligados al tráfico de drogas en territorio del vecino país. Cayó detenido en Paraguay tras ser herido en el ataque ocurrido en el “Ja’umina Fest” de San Bernardino, el 30 de enero último.

Cédula brasilera falsa presentada por José Luis Bogado Quevedo, quien sería uno  de los objetivos del atentado ocurrido en San Bernardino.
Cédula brasilera falsa presentada por José Luis Bogado Quevedo, quien sería uno de los objetivos del atentado ocurrido en San Bernardino.ABC Color

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Los ministros que conforman la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, María Carolina Llanes, Luis María Benítez Riera y Manuel Ramírez Candia, confirmaron la extradición de José Luis Bogado Quevedo, requerido por la justicia del vecino país, donde el mismo deberá cumplir con una condena de 17 años y 3 meses, más otros 903 días de multa por hechos de narcotráfico.

Tras la decisión de la Sala Penal de la máxima instancia judicial, de declarar inadmisible el recurso extraordinario de casación interpuesto por el abogado Eduardo Lezcano, defensor de José Bogado, luego de que el Tribunal de Apelaciones haya confirmado, por su Acuerdo y Sentencia N° 44, a su vez la decisión del juez penal de garantías Miguel Palacios, por Sentencia Definitiva N° 44, hay vía libre para continuar y llevar a cabo la extradición del requerido.

La ministra Carolina Llanes fue la preopinante en este caso y señaló “el fallo impugnado, si bien cumplen con el requisito de emanar del Tribunal de Apelación no constituye sentencia definitiva –no resuelve el litigio en forma definitiva-ni constituye una resolución que tenga la virtualidad de poner fin al procedimiento, de extinguir la acción o la pena y tampoco denegar la extinción, conmutación o suspensión de la pena, quedando de esta forma, fuera del catálogo de fallos impugnables por la vía en estudio”.

Agregó posteriormente que “la Sala Penal en numerosos fallos, ha sostenido que la figura de la extradición, por su esencia “no condena ni absuelve”, ya que simplemente examina si se hallan cumplidos en el requerimiento las exigencias formales determinadas en el Tratado de Extradición que rige en ambos países, sin analizar lo atinente al modo en que se aplicó el derecho constitucional”.

Los ministros Luis María Benítez Riera y Manuel Ramírez Candia, compartieron la decisión y acompañaron con sus votos la decisión de Llanes.

Dos procesos de extradición

En mayo de este año, el juez penal de garantías Rolando Duarte resolvió archivar el proceso de extraidición de José Bogado, debido a que las autoridades del Brasil no habían remitido las documentaciones en el plazo establecido en el Tratado de Extradición, ratificado por ambos países.

Esto en el marco de la orden de captura con fines de extradición dictada, en 2018, por el juez penal de Jaú, São Paulo, Joâo Roberto Otávio Júnior.

Pese al archivamiento de ese proceso, Bogado Quevedo siguió preso en virtud a una nueva orden de captura impartida por la justicia brasileña, que quedó a cargo del juzgado penal de garantías N° 7, juez Miguel Palacios, resolvió la extradición de Bogado a través de su Sentencia Definitiva N° 44.

En su resolución Palacios hizo lugar al requerimiento del Primer Tribunal Federal de Jaú con Tribunal Federal Especial y Penal – Tribunal Regional Federal de la Tercera Región, de la República Federativa del Brasil. Como parte del proceso, las autoridades debían enviar la documentación en los 45 días siguientes luego de que la Embajada de Brasil recibiera la SD N° 44.

José Luis Bogado Quevedo, alias Kure, resultó herido en el atentado registrado la noche del 30 de enero de este año, en el anfiteatro José Asunción Flores de San Bernardino, donde murieron la influencer Cristina “Vita” Aranda y supuesto narcotraficante Marcos Ignacio Rojas Mora, durante el Ja’umina Fest.

Detención José Bogado y policías a juicio

A consecuencia de las heridas de bala, Bogado Quevedo fue derivado a un sanatorio de Asunción, donde fue detenido por la Policía. Tras este acontecimiento se constató que su prontuario policial había sido modificado en 13 oportunidades por dos policías, de distintas dependencias.

Dichas alteraciones se dieron desde la Oficina Regional de Ñeembucú y por esta razón fueron imputados los suboficiales Ramón Balbino Vargas Espinoza, de la Dirección de Policía de Ñeembucú, y Félix Antonio Ayala Caballero, del Departamento de Judiciales.

Ambos agentes de la Policía Nacional fueron acusados por los fiscales de la Unidad Especializada en Delitos Económicos y Anticorrupción, Rodrigo Estigarribia, Francisco Cabrera y Liliana Alcaraz, por los hechos punibles de frustración de la persecución y ejecución penal, acceso indebido a sistemas informáticos y alteración de datos relevantes para la prueba.

Los dos policías deberán afrontar juicio oral y público, así al menos lo decidió el juez penal de garantías Miguel Palacios, tras llevarse a cabo la audiencia preliminar el pasado 14 de setiembre.

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