Emiliano Rolón, un fiscal general a la medida de los políticos

La impunidad decretada en el caso de la “Matanza de Curuguaty” es uno de los cuestionamientos más graves que se hacen al posible fiscal general del Estado, Emiliano Rolón Fernández. Se habló de la injerencia de grupos de izquierda y del Comité de Iglesias para que la sentencia se anule. También tiene antecedentes de otros casos que afectaban a la clase política, en los cuales su actuación dejó muchas dudas.

Emiliano Rolón
Emiliano Ramón Rolón Fernández, el camarista elegido por el presidente Mario Abdo para fiscal general del Estado.Virgilio Vera

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Uno de los fallos más cuestionados que se recuerda del camarista en lo penal y ahora elegido por el presidente Mario Abdo Benítez para fiscal general del Estado, el camarista Emiliano Ramón Rolón Fernández, es la absolución que decretaron junto al ahora excamarista Arnaldo Martínez Prieto cuando ambos integraron la Sala Penal de la Corte para analizar las casaciones que plantearon los 11 condenados por la “Matanza de Curuguaty”.

El camarista Cristóbal Sánchez, quien integró la Sala Penal, había votado por reenviar la causa para un nuevo juicio oral.

Rolón Fernández solo aguarda el acuerdo constitucional de la Cámara de Senadores para acceder al cargo de fiscal general del Estado.

El “blanqueo” de la Sala Penal del caso emblemático de Curuguaty derivó en una denuncia ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) por parte de la misma Fiscalía General, cargo al que ahora pretende acceder Rolón Fernández, ante la aberración que habían cometido en la Corte al decretar la absolución de los condenados por homicidio doloso, homicidio doloso en grado de tentativa, invasión de inmueble ajeno, lesión grave y asociación criminal.

En aquel momento en que se aguardaba la sentencia de la Corte, surgieron rumores insistentes de que grupos de izquierda así como referentes de la Iglesia católica estaban haciendo lobby con el camarista Rolón Fernández para que dicte la absolución en la Corte.

Sanción del Jurado

Por mayoría, el JEM decretó la sanción de “apercibimiento” contra Rolón Fernández, al comprobarse que incurrió en mal desempeño de funciones por haber resuelto la absolución de los 11 condenados. El camarista había valorado las pruebas diciendo que el tribunal de sentencia no tenía elementos para condenar porque no se demostró qué proyectiles ni que armas fueron las que mataron a los 11 campesinos y 6 policías, asesinados tras una invasión al predio de Campos Morombí, Canindeyú.

Rolón Fernández, asimismo, había afirmado que como no había pruebas que pudieran demostrar la culpabilidad de los condenados, ya no se iba a poder realizar un nuevo juicio oral. Justamente, el JEM sostuvo que como miembro de la Sala Penal debió derivar la causa para la realización de un nuevo juicio oral y público.

Los miembros del Jurado habían sostenido que reconocían la gravedad del hecho perpetrado por Rolón Fernández al decretar la impunidad del caso -cuya matanza incluso derivó en la destitución por juicio político del entonces presidente Fernando Lugo-, pero ante la ausencia de antecedentes de enjuiciamientos anteriores en esta instancia, incidió para que no sea aplicada la sanción de remoción del cargo.

Habían votado por el apercibimiento los senadores Enrique Bacchetta y Fernando Silva Facetti, el diputado Ramón Romero Roa y los abogados Cristian Kriskovich y Adrián Salas Coronel.

Por su parte, el camarista Arnaldo Martínez Prieto renunció al cargo antes de concluir el enjuiciamiento en el Jurado.

Una gran “mano” de “oficio” a Bogado

Otro de los casos que tuvieron repercusión social y mediática fue la causa de estafa y cobro indebido de honorarios que enfrentó el exsenador colorado Víctor Bogado en el caso conocido como “niñera de oro”.

Tras años de chicanas, el juez penal de garantías Julián López por fin había decretado la elevación de la causa a juicio oral y público en la audiencia preliminar, frustrada en muchísimas ocasiones anteriores.

El fallo de elevación a juicio oral fue apelado por la defensa de Bogado. Y, en esta ocasión, los camaristas Emiliano Rolón Fernández, Mirtha González y Carlos Ortiz Barrios, de oficio, decretaron la nulidad del auto de apertura a juicio oral.

Rolón Fernández, en una conferencia de prensa, había explicado que no revisaron el expediente porque de oficio fue declarada la nulidad de la elevación a juicio oral. Sin embargo, consultado sobre como podía ser posible que sin analizar o revisar el expediente haya detectado una causal de nulidad en la resolución, el camarista respondió en forma evasiva a la pregunta.

Excluyó pruebas del caso Detave

Otra polémica intervención del camarista Emiliano Rolón Fernández fue el caso conocido como Detave (Departamento Técnico Aduanero de Vigilancia Especializada), en que anuló la audiencia preliminar y excluyó pruebas en la causa en que están procesado el general (SR) Ramón Ernesto Benítez Amarilla y otros acusados por los hechos punibles de cohecho pasivo agravado (coima), asociación criminal y contrabando.

En esta ocasión, Rolón Fernández integró la Cámara con sus colegas Óscar Rodríguez Kennedy y Cristóbal Sánchez.

El abogado Mario Elizeche Baudo, representante legal de Ramón Benítez, había afirmado que el Ministerio Público violó la ley al permitir que agentes de la Secretaría Nacional Antidrogas transcriban las llamadas interceptadas y elaboren un análisis de las comunicaciones, sin que tengan atribución para ello.

Posteriormente, la Sala Penal de la Corte reenvió la anulación dispuesta por la Cámara de Apelaciones y dispuso que otro Tribunal de Alzada analice la causa.

Lo excluyeron de tribunal especializado

Como consecuencia de su actuación en el caso Detave, el camarista Emiliano Rolón Fernández fue excluido por el pleno de la Corte Suprema de Justicia de integrar el Tribunal de Apelación Especializado en Delitos Económicos.

La propuesta de exclusión de Rolón Fernández fue hecha por la ministra María Carolina Llanes y respaldada por los demás ministros de Corte.

En su reemplazo para integrar el Tribunal Especializado en Delitos Económicos fue puesto el camarista Gustavo Ocampos.

Se apartó de caso RGD, pese a ser confirmado por la Corte

Otro cuestionamiento a la actuación del camarista Emiliano Rolón Fernández fue en la causa en que estaba procesado Ramón González Daher (RGD) por usura y lavado de dinero, por apartarse del caso a pesar de haber sido confirmado por la Corte Suprema para atender el expediente, lo que provocó la dilación del proceso penal al volver a inhibirse.

Rolón Fernández argumentó para salir de la causa que “no está con sosiego de espíritu” para juzgar con objetividad a RGD. Sin embargo, los ministros de Corte Alberto Martínez Simón y María Carolina Llanes rechazaron la recusación y al mismo tiempo la inhibición del camarista, quien se había vuelto a excusar con el mencionado argumento.

El ministro de Corte Martínez Simón cuestionó la inhibición del camarista y dijo que un magistrado debe responder a causas avaladas en serios fundamentos y “no a un exceso de susceptibilidad”.

“Lo alegado por el magistrado Emiliano Rolón resulta insuficiente e improcedente”, agregó el ministro Martínez Simón para cuestionar el accionar del camarista.

También intentó apartarse de Tomás Rivas, tras ser confirmado

El diputado cartista Tomás Rivas, recusó al camarista Emiliano Rolón Fernández, alegando que el miembro del Tribunal de Apelación Penal, Cuarta Sala, afirmó en una entrevista de prensa que no siente “tranquilidad espiritual para juzgar al parlamentario”, ya que son compueblanos.

Sin embargo, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia hizo lugar a la impugnación que planteó el camarista Gustavo Santander contra la excusación de Rolón Fernández y, a la vez, confirmó a este camarista en el Tribunal de Apelación que debía estudiar el recurso presentado por Rivas.

Llamativamente, Rolón Fernández intentó apartarse del caso, pese a que hace rato atiende el proceso del legislador y ya resolvió varios planteamientos. El camarista alegó que es compueblano del diputado acusado en Paraguarí y que eso afecta su independencia e imparcialidad.

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