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La presentación de la acusación en el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) contra la fiscala de la Unidad Penal N° 2 de la ciudad de Villeta Casse Evelín Giménez y el defensor público del fuero penal de Presidente Hayes Fermín Antonio Bogado Domínguez, promovida por el exsenador oviedista Jorge Oviedo Matto, es porque supuestamente ambos operadores de justicia incurrieron en testimonio falso en el desarrollo del juicio oral y público que enfrentó el exlegislador por el hecho punible de tráfico de influencias, cuando se desempeñaba como miembro del Jurado.
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Antecedentes del supuesto testimonio falso
La acusación ante el JEM refiere que la fiscala Casse Giménez y el defensor público Fermín Antonio Bogado Domínguez, declararon y supuestamente mintieron en el juicio oral el 24 de noviembre de 2020.
Refiere la acusación patrocinada por el abogado Álvaro Arias, que “como hechos orquestados por los enjuiciados y que tuvieron por blanco y víctima a mi cliente, éste fue presentado ‘socialmente’ y también jurídicamente, como una autoridad venal, como una persona empeñada en obtener dinero a cambio de ejercer el rol de autoridad pública que en la fecha de estos hechos detentaba”.
Prosigue: “Ambos enjuiciados, que efectivamente lo buscaron en su condición de integrante del JEM para abogar por causas que eran de su interés particular, inventaron que Jorge Antonio Oviedo Matto les exigió una suma de dinero (US$ 5.000,00, cinco mil dólares americanos) para interesar a los demás miembros del JEM en impulsar un enjuiciamiento pendiente (el de otra agente fiscal). Ambos enjuiciados, que inventaron eso, fueron a sostener mediante testimonio falso la misma aseveración en el juicio oral”, refiere.
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También dice la acusación que “llevaron adelante esa atribución infamante en su contra, presentándolo como un coimero, acusándolo de haberles pedido dinero para generar un procedimiento en el marco de la competencia del JEM (en ese entonces mi representado integraba el JEM designado por la Cámara de Senadores y en su condición de Senador Nacional)”.
“Casse, amanecé en el banco”
La acusación ante el JEM también refiere que los acusados apoyaron su “versión” con el aditamento de una grabación de la voz de mi mandante en la cual supuestamente conminaba a la enjuiciada Casse Evelin Giménez a presentarse al banco para retirar unos US$ 5.000 dólares para que el legislador recibiera como coima para gestionar la destitución de otra fiscala con quien supuestamente Casse mantenía un confrontamiento.
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La acusación asegura que la mencionada “grabación de voz provino de una fuente adulterada o montada” y que esto pudo comprobarse técnicamente mediante los procedimientos periciales llevados a cabo en el marco del proceso penal de referencia, todos los cuales fueron objeto de valoración en la decisión definitiva que, en ambas instancias, se produjo respecto de la causa de referencia.
Finalmente, la acusación hace referencia que el mismo Tribunal de Sentencia dispuso la remisión de los antecedentes al Ministerio Público, la Sentencia y el Acta del Juicio, de los testigos Casse Giménez y Fermín Bogado por existir indicios de falso testimonio.
Oviedo Matto fue absuelto en proceso penal
La causa penal en la que fue absuelto Oviedo Matto estaba caratulada como “Raúl Antonio Fernández Lippmann y otros s/ tráfico de influencias y otros”, que fuera objeto de juicio oral y público desde el 3 de noviembre de 2020 hasta el 28 de noviembre de 2020, en la que el exlegislador fue absuelto por el tribunal de sentencia integrado con los jueces Juan Carlos Zárate, Héctor Capurro Radice y María Fernanda García de Zúñiga, por Sentencia Definitiva N° 2 del 28 de noviembre de 2020.
De igual manera, la Cámara de Apelaciones, Cuarta Sala, integrado con los magistrados Arnulfo Arias Maldonado, José Agustín Fernández y Gustavo Auadre, dictó el Acuerdo y Sentencia N° 90 del 23 de noviembre de 2021, por el que ratificó la absolución de primera instancia, menciona la acusación ante el JEM como antecedentes.