Exdirectora del MAG, condenada por millonario desvío, seguirá en prisión

Maristela Azuaga, exdirectora de Administración y Finanzas del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), condenada a 10 años de cárcel por lesión de confianza por el desvío de G. 68.000 millones, seguirá presa. Así lo resolvió el Tribunal de Sentencia que la condenó junto a los exministros de la citada cartera Enzo Cardozo y Rody Godoy, actualmente presos en Coronel Oviedo.

Un agente policial esposa a Maristela Azuaga, exdirectora de Administración y Finanzas de MAG, tras conocer su condena. Fue el 28 de noviembre pasado. Archivo Abc.
Un agente policial esposa a Maristela Azuaga, exdirectora de Administración y Finanzas de MAG, tras conocer su condena. Fue el 28 de noviembre pasado. Archivo Abc.Pedro Gonzalez

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El Tribunal de Sentencia Especializado en Delitos Económicos rechazó la aplicación de medidas sustitutivas a la prisión a Maristela Azuaga, exdirectora de Administración y Finanzas del Ministerio de Agricultura y Ganadería, condenada por millonario desvío.

La mujer, condenada a 10 años de cárcel por lesión de confianza, actualmente recluida en el Centro Penitenciario de Mujeres de Coronel Oviedo, cuenta con prisión preventiva desde el 28 de noviembre pasado.

En la fecha indicada, el Tribunal presidido por Elsa García e integrado por Gloria Hermosa y Héctor Fabián Escobar condenó a la exalta funcionaria del MAG a 10 años de cárcel.

En el mismo juicio, los exministros del Enzo Cardozo - exsenador liberal y actual parlasuriano- y Rody Godoy fueron sentenciados a 10 y 7 años por estafa y lesión de confianza, en ese orden. Tras informar su veredicto, el colegiado revocó las medidas alternativas a la prisión de los condenados y ordenó la prisión preventiva de todos.

Defensa ofreció fianza para pedir arresto

Esta decisión fue recurrida por Azuaga, quien para el efecto ofreció la fianza de un inmueble de su propiedad, tasado en G. 500 millones, además de la fianza personal de su esposo Eudelio Arce Florentín por G. 200 millones. La defensa solicitó igualmente que se tenga en cuenta que la sentencia no está firme aún y afirma que no existe peligro de fuga ni de obstrucción a la investigación.

Asimismo, argumenta que tiene problemas de salud como diabetes, secuelas de covid y quiste pulmonar, razón por la cual solicita el arresto domiciliario.

El fiscal Rodrigo Estigarribia se opuso a la concesión del beneficio, tras destacar que la condenada no cuenta con una enfermedad terminal, entre otros argumentos.

El Tribunal destacó que las enfermedades de base señaladas por la condenada no constituyen enfermedades graves que ameriten la revisión de medidas. Asimismo, destacan la gravedad del hecho y el perjuicio causado al Estado paraguayo.

Argumento del Tribunal para ratificar la prisión

A continuación, transcribimos parcialmente los argumentos del Tribunal:

“El art 242 del CPP establece cuales son los requisitos que deben darse para la aplicación de la prisión preventiva. El primer inciso requiere la existencia de un hecho punible grave, en ese sentido el Tribunal se ratifca que en la presente causa estamos ante hechos punibles considerados graves. En efecto, se verificó en juicio que la señora Maristela Azuaga Fleitas fue juzgada y condenada por hechos punibles de estafa y lesión de confianza especialmente graves, habiendo cometido el hecho en varias oportunidades.

Igualmente debe considerarse que ei dinero estaba destinado a las comunidades campesinas que se dedican a actividades agrícolas, y que estos proyectos hubieran conducido a sus mejores condiciones de vida y de sus familias, logrando el autoabastecimiento por un periodo. No debe perderse de vista además el importante monto del perjuicio patrimonial que asciende a la suma de G. 68.965.418.419.

En cuanto al segundo inciso, se hace necesaria la presencia de Maristela Azuaga a raíz de que existe la certeza positiva que la misma es coautora del hecho punible de estafa y autora de lesión de confianza, ambos hechos punibles de la forma especialmente grave. La Sra. Maristela Azuaga era Directora General de Administración y Finanzas, responsable de firmar las diferentes solicitudes de transferencias de recursos conforme a las resoluciones firmadas por los ministros Enzo Cardozo y Rody Godoy.

(...) la circunstancia de las condenas con sanciones altas permite sostener la existencia del peligro de fuga En cuanto al peligro de obstrucción sólo podrán servir de fundamento para la prisión preventiva de1 imputado hasta la conclusión del juicio y en este sentido se ha dictado la Sentencia Definitiva N’ 463 de fecha 28 de noviembre de 2022″.

Millonario desvío afectó recurso del MAG y del Fonacide

Cardozo, Godoy y Azuaga fueron condenados por haber autorizado el desembolso de G. 68.965 millones para financiar proyectos de productores frutihortícolas de 188 comités de todo el país, pero que no llegaron a destino en su totalidad. Fue entre los años 2011 y 2012. Parte de los recursos eran del ente y también del Fondo Nacional de Inversión Pública y Desarrollo (Fonacide).

La acusación estuvo a cargo de los fiscales Diego Arzamendia y Rodrigo Estigarribia, quien en juicio solicitó condenas de 12 y 8 años de cárcel para los exministros Enzo Cardozo y Rody Godoy, en ese orden y de 13 años para la exdirectora Azuaga.

“Estos desembolsos se realizaron sin contar con proyecto alguno que justificaran las erogaciones realizadas, ya que, según las constancias, todos los proyectos fueron elaborados con posterioridad a la firma de las resoluciones y fueron presentados recién con la rendición de cuentas”, sostuvo el Ministerio Público en su acusación.

Condenas y absolución en juicios anteriores

Este fue el tercer juicio oral y público que se realiza con relación a las irregularidades registradas en la citada cartera de Estado durante los gobiernos de Fernando Lugo (2008-2012) y Federico Franco (2012-2013).

En el primer juicio, realizado en el 2017, Silvio Riveros, Lidio Irala, Ignacio Acuña y Luis Piccardo, presidente, vicepresidente, tesorero y contador de la Federación Nacional de Productores Frutihortícolas (Fenaprofhp), respectivamente, fueron condenados a penas de 11, 9, 9 y 7 años de cárcel, en ese orden.

En un juicio posterior, el exfuncionario del MAG Ricardo Arias resultó absuelto.

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