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El Tribunal de Apelación Segunda Sala revocó el arresto domiciliario del abogado José León Ávalos, dispuesto el pasado 23 de noviembre por el juez de Garantías Humberto Otazú, y otorgó la libertad ambulatoria al letrado procesado como supuesto instigador en el intento de robo de cheques de Ramón González Daher.
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Otazú dio cumplimiento a la orden de la Cámara de Apelaciones y dispuso las siguientes medidas alternativas: prohibición de salir del país, no puede cambiar de domicilio sin comunicación previa al Juzgado, prohibición de comunicarse por cualquier medio con el coprocesado y los testigos del caso y obligación de comparecer a todas las convocatorias del juzgado.
Ávalos Chávez está procesado por presunto soborno agravado en calidad de instigador, en el nuevo caso de intento de robo de cheques en la causa de Ramón González, condenado a 15 años de cárcel por usura, lavado de dinero y denuncia falsa.
Funcionario judicial intentó robar cheques de RGD
El funcionario judicial Néstor Zárate, perteneciente al Juzgado Nº 7 del juez Miguel Palacios, fue detenido el pasado 14 de octubre, tras intentar hurtar uno de los cheques que forman parte de la causa contra Ramón González Daher y que se encontraban en el despacho del juez de Garantías Rolando Duarte.
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El magistrado relató que se detectó el hecho mediante un funcionario suyo, quien le reveló la propuesta de entrega de los cheques, tras lo cual se organizó la entrega vigilada y se detuvo al sospechoso.
En principio, Zárate solo pedía un cheque específico, pero luego solicitó la nómina total de los 400 cheques y una copia del requerimiento fiscal. “Es de destacar la valentía de este funcionario que puso a conocimiento”, resaltó el juez Duarte sobre cómo pudieron frustrar el intento de hurto.
En la causa por supuesto quebrantamiento del depósito y extorsión, por el robo de 471 cheques del Juzgado a cargo del magistrado Humberto Otazú, la semana pasada el juez Rolando Duarte dispuso que Ramón González Daher afronte juicio oral la causa por presunta extorsión.
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Por otro lado, el magistrado ordenó el sobreseimiento provisional del usurero luqueño, en el caso del hecho punible de quebrantamiento del depósito.