Procurador critica trabajo “deficiente” de jueces en demanda de Filártiga contra el Estado

Ayer, la Procuraduría General de la República planteó una acción de inconstitucionalidad contra las sentencias de primera y segunda instancia que condenan al Estado a pagar una indemnización de casi US$ 40 millones en un juicio impulsado por el fallecido doctor Joel Filártiga por la tortura y el asesinato de su hijo en época de dictadura. El procurador Rodolfo Barrios calificó de “equívoco” el trabajo hecho por los jueces paraguayos que votaron por la condena en ambas instancias.

El procurador general Rodolfo Barrios (i) presentó ayer la acción de inconstitucionalidad.
El procurador general Rodolfo Barrios (i) presentó ayer la acción de inconstitucionalidad.gentileza

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En comunicación con ABC Cardinal, el procurador general de la República, Rodolfo Barrios, habló del juicio que enfrenta el Estado paraguayo que fue iniciado por el fallecido doctor Joel Filártiga, en reclamo de una indemnización de casi US$ 40 millones por la tortura y el asesinato de su hijo Joelito por parte de la Policía del régimen del dictador Alfredo Stroessner, en 1976.

El lunes, la Procuraduría General presentó una acción de inconstitucionalidad contra las sentencias en primera y segunda instancia que condenan al Estado a pagar una indemnización de US$ 39 millones a los abogados Gregorio Daniel Acosta y Jorge Nicanor Galeano, a quienes el doctor Filártiga, fallecido en 2019, cedió los derechos y las acciones del juicio.

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La demanda de Filártiga se basa en la causa judicial que el médico impulsó en Estados Unidos en 1984 contra el policía paraguayo Américo Irala Peña, señalado como autor de la tortura y el asesinato de Joelito Filártiga. En 1984, Irala Peña fue condenado en Estados Unidos a pagar indemnizaciones al doctor Filártiga y a su hija Dolly.

El procurador Barrios opinó que hay un “trabajo equívoco” y “deficiente” de los jueces paraguayos que condenaron al Estado al pago de la indemnización, indicando que la demanda de Filártiga contra el Estado es un juicio civil ordinario que comenzó en 2013 y, por lo tanto, está prescrito, un argumento que fue tenido en cuenta por el único juez que votó en disidencia en la sentencia de segunda instancia, Juan Carlos Paredes.

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El Estado también cuestiona que se utilice como elemento probatorio la sentencia emitida en 1984 por un tribunal estadounidense contra Irala Peña. Barrios señala que “el Estado no fue parte (de la demanda en EE.UU.), nunca fue comunicado de esa demanda, no tuvo conocimiento y el juez norteamericano refiere que la condena final no va contra el Estado y que el Estado no avaló los actos de Peña”.

“Hay argumentos, defensas, pruebas, leyes aplicables que habíamos expuesto, se plantearon excepciones previas... Nada de eso se tuvo en cuenta; hay un trabajo deficiente de los jueces”, insistió Barrios.

Originalmente, Peña Irala fue condenado por Estados Unidos a pagar indemnizaciones de poco más de US$ 5 millones a Joel y Dolly Filártiga. Sin embargo, 20 años después, los Filártiga solicitaron la actualización de la condena impaga y se estableció la suma de US$ 39.400.392, que es la que los demandantes utilizaron como base para su demanda al Estado paraguayo.

El procurador Barrios dijo creer oportuno que el pleno de la Corte Suprema de Justicia analice la acción de inconstitucionalidad planteada por la Procuraduría.

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