Censo: transporte de pasajeros y de cargas estarán suspendidos

La Dirección Nacional de Transporte (Dinatran) recuerda, a través de un comunicado publicado en sus redes sociales, a los usuarios del transporte público que el día miércoles 9 de noviembre, cuando se llevará a cabo el Censo Nacional, no habrá servicio desde las 05:00 hasta las 18:00.

El pedido plantea horarios escalonados, especialmente para funcionarios públicos.
Censo: el transporte de pasajeros y el de cargas estarán suspendidos el día del Censo Nacional, 9 de noviembre.Lorena Aponte

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El Censo Nacional se llevará a cabo en todo el territorio nacional el próximo miércoles 9 de noviembre, de 05:00 a 18:00, por lo que la Ley N° 6.987 establece que se debe permanecer en los hogares; por tanto, no estarán disponibles los servicios de transporte público de pasajeros ni de cargas.

La Dinatran recuerda, a través de un comunicado, que de 05:00 a 18:00 del miércoles 9 de noviembre próximo, el servicio de transporte de pasajeros y de cargas estará suspendido, con excepción de los que se encuentren al servicio del Censo.

¿Quiénes podrán circular el miércoles 9 de noviembre?

  • Autoridades nacionales, municipales y departamentales, autoridades diplomáticas y representantes de organismos internacionales para el ejercicio de sus funciones impostergables
  • Personas que deban asistir a otras con discapacidad o a adultos mayores
  • Trabajadores de medios de comunicación para la prestación de sus servicios
  • Personas afectadas a la actividad propia del Censo
  • Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, comunicaciones y emergencia)
  • Actividades que el Banco Central disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema bancario y financiero
  • Cadena logística (puertos, buques fluviales, líneas marítimas)
  • Servicios funerarios
  • Farmacias privadas ubicadas en las adyacencias de los hospitales públicos y sanatorios privados, hasta una distancia máxima de 100 metros
  • Participantes en congresos y/o seminarios internacionales programados con anticipación a la Ley N° 6.987
  • Trabajadores imprescindibles para el funcionamiento de hoteles que cuenten con clientes hospedados en la fecha
  • Actividades de telecomunicaciones, internet fijo y móvil, servicios digitales y call center
  • Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia

Cabe mencionar que los trabajadores citados deberán portar sus respectivos carnés, acreditaciones o certificados, constancias o permisos, para justificar el hecho de estar fuera del hogar, en caso de ser requeridos.

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