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En atención al pedido de las fiscales Nathalia Silva, Luz Guerrero y Claudia Aguilera, así como del abogado querellante Rodrigo Yódice, el juez de Garantías Julián López resolvió adelantar la segunda convocatoria para la audiencia de imposición de medidas cautelares al periodista Carlos Granada, en el proceso abierto por presunta coacción sexual, coacción y acoso sexual.
Las agentes del Ministerio Público consideraron un despropósito que la diligencia se haya fijado para dentro de un mes, por lo que solicitaron adelantar la diligencia, en la que el juez de Garantías debe resolver si hace lugar al pedido de la fiscalía y ordena la prisión preventiva de Granada.
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Por su parte, el abogado querellante fundamentó que Granada está con orden de detención desde hace más de dos meses, que el procesado litigó desde la clandestinidad para suspender la primera audiencia convocada por el juzgado y que existe peligro de fuga, teniendo en cuenta el pedido de prisión preventiva que hizo el Ministerio Público, lo que supone una urgencia en la imposición de medidas cautelares, según resaltó Yódice.
Imputación por supuesto acoso sexual contra Carlos Granada
El pasado 27 de agosto, las fiscalas Claudia Aguilera, Luz Guerrero y Nathalia Paola Silva imputaron por presunta coacción sexual, acoso sexual y coacción al entonces gerente de prensa del Grupo Albavisión Carlos Javier Granada Fernández, por haber abusado, supuestamente, de seis periodistas.
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Las agentes fiscales del caso ordenaron la detención del procesado y solicitaron como medida cautelar la prisión preventiva del mismo, que debe ser dispuesta por el Juzgado de Garantías en la audiencia de imposición de medidas. Hasta el momento, Granada no se ha puesto a disposición del Ministerio Público para afrontar el proceso penal.
La imputación fiscal resalta que las víctimas se vieron obligadas a padecer actos no queridos mediante la fuerza en algunos casos y en otros, mediante la amenaza a sus fuentes de trabajo y subsistencia, en el sentido de tolerar cambios de horario, y funciones en forma abrupta, que eran consecuencia de las negativas a seguir padeciendo los actos sexuales no queridos y los actos con fines sexuales.
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El 19 de octubre pasado la Cámara de Apelaciones, Tercera Sala, por Auto Interlocutorio (AI) Nº 331, confirmó el A.I. Nº 767 del 9 de setiembre de 2022 dictado por el Juzgado Penal de Garantías Nº 12, por el cual no hizo lugar al incidente de nulidad de actuaciones dirigido contra el acta de imputación y la providencia del 29 de agosto de 2022, cuestión planteada por la defensa.