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Dicha determinación asumió la magistrada ante la medida cautelar promovida por las víctimas del incendio de sus vehículos, cuyo hecho ocurrió el 02 de febrero del 2021, durante el encuentro deportivo en el estadio municipal.
En el juicio caratulado “Narciso Ramón Díaz Colmán, Ada Mariela Barrios Alvarenga y Marino Rojas y otros contra Municipalidad de Carapeguá sobre indemnización de daños y perjuicios por responsabilidad contractual”, la jueza Barreto Torres, bajo responsabilidad y previa fianza personal del abogado Benítez Fernández, por G. 30 millones, decretó el embargo preventivo de las recaudaciones que se realicen la Liga Carapegüeña de Fútbol en el estadio municipal local y en los clubes Teniente Primero Manuel Cabello y Juventud de Itape.
Asimismo, dispuso que las cuentas corrientes en las cuales la Liga Carapegüeña de Fútbol tenga o realice movimientos bancarios y del porcentaje que la liga hasta alcanzar la suma de G.239.250.000.Para el efecto, determinó que se libre el correspondiente mandamiento de embargo preventivo y para su diligenciamiento comisionar a un Oficial de Justicia.
Además, dispuso se de apertura de una cuenta judicial en guaraníes en el Banco Nacional de Fomento (BNF), sucursal Paraguarí a nombre del presente juicio y a disposición de este juzgado. Para el efecto se librará oficio a la entidad bancaria.
Sobre esta causa la jueza se había constituido en el estadio municipal y tras verificar las instalaciones del estadio municipal local, constató que dicha institución no cuenta con bocas de incendios en dicho recinto deportivo ni tampoco salida de emergencia. Además, se observa a un lado del estadio tres autos incendiados, que serían de los accionantes.
Municipalidad de Carapeguá también fue denunciada
El incendio del pastizal en la zona de estacionamiento del estadio municipal, ocasionado a causa de la explosión de petardos, originó el incendio de tres vehículos de los aficionados que había ido a participar del final del campeonato de la División de Honor, disputado entre el Club. Tte. Primero Manuel Cabello y Juventud Itapé. un encuentro deportivo. El hecho ocurrió el 2 de febrero del 2021.
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El abogado defensor de las víctimas del incendio de los vehículos, Enzo Benítez Fernández, manifestó que ellos no querían llevar el caso a demanda judicial, que incluso los afectados estaban en condiciones de llegar a un acuerdo de resarcimiento de daño de cerca de G. 70 millones, pero no se llegó a conciliación alguna, por lo que se promovió la demanda y a la vez se accionó con el pedido a la jueza de una medida cautelar. La jueza decretó el embargo preventivo contra las entidades deportivas.
Aclaró que la jueza no dictó embargo ejecutivo contra la Municipalidad porque tal vez consideró lo que dispone la ley N° 1.493/2000 que en su artículo de que no se puede trabar embargo sobre los ingresos y bienes municipales, pero está denunciada y sigue ligada al proceso.
Asimismo, la demanda se promovió contra la organizadora del encuentro deportivo que estuvo a cargo de la Liga Carapegueña de Fútbol y de los dos clubes participantes del torneo disputado entre Teniente Primero Manuel Cabello y Juventud Itape, el 2 de febrero del 2021.
Por su parte, el presidente de la liga Carapegueña de Fútbol, Remigio Ramírez, manifestó que la demanda en sí ya había contestado por los defensores de la liga, abogados José Luis Recalde y Hugo Flores.
Sobre la medida cautelar dijo que no está al tanto aún no se le corrió traslado a la institución deportiva y que en cuanto reciban es seguro que los abogados van a determinar qué acciones se deberá asumir.