Se presentó el primer candidato para la Fiscalía General

El abogado Julio César Godoy es el primer inscripto para el concurso de terna para la Fiscalía General del Estado, convocado por el Consejo de la Magistratura (CM). El proceso de conformación de terna es para relevar en el cargo a la fiscala general Sandra Quiñónez.

Julio César Godoy, primer candidato inscripto para el concurso para fiscal general del Estado.
Julio César Godoy, primer candidato inscripto para el concurso para fiscal general del Estado.gentileza

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Al mediodía de este miércoles 19 de octubre presentó su candidatura para la Fiscalía General del Estado el abogado Julio César Godoy, de 47 años de edad. Indicó que políticamente es simpatizante del Partido Colorado, pero que ya solicitó su desafiliación de la agrupación política, según refirió en una entrevista en Radio ABC Cardinal.

Godoy, quien reside en la ciudad de Lambaré, es auxiliar de enseñanza de la Cátedra de Técnica Jurídica, de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Asunción (UNA).

El candidato a la Fiscalía General prestó juramento como abogado el 14 de julio de 2008, y no registra sanción disciplinaria, según el informe de la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia. Tiene además una especialidad en Docencia Universitaria, de acuerdo a un título obtenido en la UNA en el que consta que egresó en el 2021.

La fiscala general Sandra Quiñónez tendrá vencido su mandato de 5 años el próximo 10 de marzo de 2023.

Las inscripciones

El periodo de inscripciones para el concurso de conformación de terna para la Fiscalía General del Estado está habilitado hasta el 14 de noviembre de 2022, y las anotaciones deberán realizarse en el nuevo local del Consejo de la Magistratura y Escuela Judicial, ubicado sobre las calles Tacuary N° 1597 y Blas Garay (exCuarta Proyectada), de lunes a viernes, de 8:00 a 14:00.

Requisitos exigidos para fiscal general del Estado

Según dispone el Art. 267 de la Constitución Nacional, se exigen para el cargo:

1. Nacionalidad y la edad: por medio del certificado de nacimiento y cédula de identidad civil, será válida la presentación de la constancia digital emitida por el portal Único de Gobierno, en copias autenticadas o los mismos originales.

2. Título universitario de abogado: otorgado por una institución de educación superior paraguaya o extranjera debidamente legalizado o apostillado, reconocido y homologado, con el correspondiente registro realizado por el Ministerio de Educación y Ciencias conforme a las leyes de la República;

3. Notoria honorabilidad: requisito excluyente, exigido por el artículo 33 de la Ley N° 296/94;

4. Experiencia profesional: cinco años como mínimo, en forma efectiva, en tres posibles áreas profesionales: el ejercicio de la abogacía, el ejercicio de la cátedra universitaria en materia jurídica o el ejercicio de la magistratura.

Este requisito se cumplirá con cualquiera de las tres actividades, ejercidas en forma conjunta, separada o sucesivamente, por el plazo mínimo de cinco años conforme a lo previsto en el artículo 267 de la Constitución de la República del Paraguay. Sede del Consejo de la Magistratura y Escuela Judicial, ubicada en Tacuary N° 1597 y Blas Garay (exCuarta Proyectada).

Para determinar la antigüedad profesional

Se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones:

La antigüedad en el ejercicio de la abogacía: por medio de la fecha de expedición de la matrícula que habilite el ejercicio de la profesión, expedida por la Corte Suprema de Justicia.

La magistratura judicial: por medio del decreto o resolución de nombramiento, computada desde la fecha de juramento.

El ejercicio de la cátedra universitaria en materia jurídica: por medio de la copia de la resolución, constancia expedida por la Institución de Educación Superior (Rector o Decano) o contrato que acredite la antigüedad.

Documentos exigidos para el concurso

Según dispone el Art. 10 del reglamento de conformación de terna para la FGE, se deberán presentar los siguientes documentos, en el orden indicado más abajo, en formato físico, previa verificación por la Secretaría General:

a) Título de abogado debidamente registrado y legalizado en el Ministerio de Educación y Ciencias. Los títulos expedidos en el extranjero deberán estar legalizados o apostillados, reconocidos y homologados, con el correspondiente registro realizado por el Consejo Nacional de Educación Superior y el Ministerio de Educación y Ciencias, respectivamente, y conforme a las leyes de la República;

b) Copia de cédula de identidad civil y certificado de nacimiento, estos documentos pueden ser constancias digitales emitidas por el portal Único de Gobierno;

c) Matrícula de abogado expedida por la Corte Suprema de Justicia, para quienes se presenten invocando el ejercicio de la profesión de abogado, por al menos cinco años;

d) Decreto o resolución de nombramiento en donde conste fecha de juramento (para los magistrados y funcionarios del Poder Judicial, funcionarios del Ministerio Público, Ministerio de la Defensa Pública y Sindicatura General de Quiebras);

e) Resoluciones, constancias o contratos que certifiquen la calidad de docente universitario, en materia jurídica, a los efectos de demostrar la antigüedad, para quienes se presenten invocando el ejercicio de la docencia, por al menos cinco años;

f) Certificados de antecedentes judiciales y policiales vigentes;

g) En el caso de ser miembros del sistema de Justicia, constancia de antecedentes del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, expedida dentro de los últimos tres meses;

h) Constancia actualizada expedida por la Corte Suprema de Justicia, de no haber sido apercibido ni sancionado, para quienes se presenten invocando el ejercicio de la profesión de abogado.

i) En el caso de ser miembros del sistema de justicia, para los efectos pertinentes, se aplicará lo dispuesto en el Reglamento que modifica y amplia el Sistema de Sanciones a ser aplicado a los titulares de cargos y postulantes para la conformación de ternas por el Consejo de la Magistratura en caso de incumplimiento de la normativa vigente (Actas N° 2014/2022 y 2020/2022);

j) Estudios de posgrado –Capacitación, Especialización, Maestría o Doctorado– en el caso de contar con los mismos se deberá acompañar el correspondiente título debidamente registrado en el Ministerio de Educación y Ciencias (MEC). Los títulos expedidos en el extranjero deberán estar legalizados o apostillados, reconocidos y homologados, con el correspondiente registro realizado por el Consejo Nacional de Educación Superior (Cones) y el Ministerio de Educación y Ciencias (MEC) - respectivamente, y conforme a las leyes de la República;

k) Copia íntegra de la Tesis Doctoral en el caso de presentar título de Doctor en Derecho.

l) Copia de al menos cinco poderes otorgados por escritura pública, o escritos presentados como apoderado o patrocinante en cualquier fuero o jurisdicción, con constancia fehaciente de su presentación, o igual cantidad de dictámenes o trabajos de consultorías en materia jurídica, que acrediten experiencia profesional.

ll) Copia de los decretos de nombramientos u otro medio idóneo a fin de acreditar experiencia en cuanto a los cargos públicos. Los documentos deberán estar debidamente foliados en todas las hojas. Además, deberá acompañar un índice de los mismos o, en su defecto, de separadores que permitan la fácil identificación de los documentos citados en el presente artículo.

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