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El Tribunal de Apelación Penal 2ª Sala de la Capital, integrado por los camaristas Bibiana Benítez Faría, José Agustín Fernández y Delio Vera Navarro, declaró inadmisible la apelación presentada por el diputado Jorge Ávalos Mariño contra el fallo del juez de Garantías Raúl Florentín, quien resolvió que la Justicia no ordenará a la Policía Nacional llevar a la fuerza a Horacio Cartes ante la CBI.
El tribunal de alzada indica que el recurso planteado por el parlamentario que integra la Comisión Bicameral de Investigación de Lavado de Dinero y Delitos Conexos fue presentado en forma extemporánea, conforme a lo establecido en el artículo 462 del Código Procesal Penal.
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Al respecto, señala que la apelación fue presentada contra el Auto Interlocutorio N° 316 del 29 de agosto de 2022, firmado por el juez Raúl Florentín. Dicho fallo fue notificado a las partes ese mismo día, por lo que el plazo de cinco días hábiles para recurrir la resolución judicial corrió desde el 30 de agosto hasta el 5 de setiembre.
Agrega que la apelación de la Comisión Bicameral de Investigación fue presentada recién el 7 de setiembre, es decir, dos días después que haya vencido el plazo para la interposición del recurso.
Horacio Cartes no está por encima de la ley, según titular de la CBI
Tras la presentación del recurso de apelación, el presidente de la Comisión Bicameral de Investigación sobre Lavado de Dinero y Delitos Conexos, senador Jorge Querey, había afirmado que el exmandatario Horacio Cartes está obligado a comparecer ante el órgano legislativo.
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“Horacio Cartes no se encuentra por encima de las leyes ni puede evitar las obligaciones emergentes de nuestra Constitución Nacional. Está obligado a comparecer ante la CBI”, expresó el legislador por el Frente Guasu.
Querey agregó que el juez Raúl Florentín intentó “lavarse las manos” en su resolución, siendo extremadamente ambiguo y ratificando el poco compromiso no solo con la investigación, sino con la patria.
Puntualizó que “llama poderosamente la atención” que Cartes no quiera acudir a la comisión, en cuanto a que la CBI no juzga y tampoco el informe final es vinculante para ninguna institución.
Según la interpretación de Florentín, el expresidente Horacio Cartes tiene fueros parlamentarios al ser senador vitalicio y la ley autoriza que el exmandatario realice su declaración ante la Comisión Bicameral por escrito, como el expresidente y sus abogados solicitaban.
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Querey había anunciado que la CBI llegaría hasta la Corte Suprema de Justicia para que Horacio Cartes comparezca ante el órgano de investigación parlamentaria, por lo que no se descarta que tras la resolución de la Cámara de Apelaciones se plantee una acción ante la máxima instancia judicial.