Corte confirma multa a Tigo por corte durante transmisión del clásico entre Cerro y Olimpia en el 2019

La Corte Suprema de Justicia confirmó la multa que la Secretaría de Defensa al Consumidor (Sedeco) estableció al canal de Tigo Sports, perteneciente a la empresa Telecel S. A., por el corte de la transmisión del clásico entre Cerro Porteño y Olimpia en el torneo del 2019.

Tigo Paraguay forma parte del Grupo Millicom y es el proveedor líder en servicios móviles y fijos.
Archivo, ABC Color

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Mediante la resolución 640 de la Corte Suprema de Justicia, se desestimó el recurso de nulidad interpuesto por Telecel S. A. contra la multa establecida por la sedeco, quedando firme, en segunda instancia, la sanción a Tigo Sports por el corte de la señal de la transmisión del partido entre Cerro Porteño y Olimpia, por lo que deberá pagar cerca de G. 100 millones, además de devolver el 10% de la factura a todos los usuarios de la empresa.

Tras la confirmación en segunda instancia, desde la Sedeco aguardan que pasen cinco días para que quede firme la sentencia y procedan a cobrar a la empresa la multa correspondiente, según explicó el ministro, Juan Marcelo Estigarribia.

Agregó que Tigo puede entablar una acción de inconstitucionalidad todavía, pero sería solamente para dilatar, afirmando que no hay forma de atacar la resolución de la Sedeco, validada en dos instancias, ya que la misma está elaborada respetando toda la normativa legal del derecho positivo paraguayo, según aseveró Estigarribia.

Tigo deberá pagar multa, costes y devolver 10% de la factura a usuarios

Sobre la multa establecida a Tigo Sports, Juan Marcelo Estigarribia dijo que es de 1.000 jornales, lo que sería a la fecha de hoy G. 98.089.000, además de los costes judiciales, los intereses y la devolución del 10% de la factura a cada cliente de Telecel S. A. de la época del corte, independientemente a que tengan o no contrato vigente con la empresa.

En ese sentido, Estigarribia dijo que la empresa deberá hacer una campaña de devolución, ya sea por transferencia bancaria, giro o pago en ventanilla. “Va a tener que arbitrar los mecanismos de los usuarios que quizás se hayan dado de baja, pero estaban activos”, afirmó.

Aclaró que en caso de que un solo cliente reclame que no se cumplió con la devolución, sería un hecho agravante para aplicarle incluso otra multa.

Sentenció que la confirmación de la multa a Telecel S. A. es un hecho que sienta un precedente demasiado importante para los consumidores del país, en el sentido de que todos los proveedores deben dar cumplimiento a lo que ofertan.

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