Técnica artesanal: buscan frenar contaminación hídrica con “barreras flotantes”

En la Cámara de Diputados fue presentado un proyecto para el uso de barreras flotantes en cauces hídricos, con el objetivo de retener los residuos y desechos sólidos en suspensión, especialmente plásticos, que son arrastrados por las corrientes de agua en arroyos urbanos y que ocasionan problemas de contaminación.

Así se encuentra el arroyo Mburicaó a la altura de la nueva Costanera. Plásticos y  neumáticos invaden el cauce hídrico, pese al supuesto trabajo de recuperación que hace la Comuna.
Arroyo Mburicaó a la altura de la nueva Costanera. Plásticos y neumáticos invaden el cauce hídrico. (Archivo).Archivo, ABC Color

Cargando...

Con el fin de mitigar el problema de contaminación de los cauces hídricos, presentaron en la Cámara Baja un proyecto “De uso de barreras flotantes de retención de residuos y desechos sólidos en arroyos urbanos”.

Los proyectistas son los parlamentarios Carlos María López y Pastor Soria, que señalan que se trata de una técnica artesanal conocida como “biobardas”, que tuvo origen en Guatemala, en donde se ha reducido un 60% los desechos de plástico que son vertidos en los océanos.

Uno de los principales beneficios de las “biobardas”, según los proyectistas, es que se constituyen en una respuesta rápida y de bajo costo para la reducción de la alta contaminación de los arroyos, ríos y lagos.

Principales contaminantes de cauces hídricos, según los proyectistas

  • Se origina con el aumento de la población.
  • Uso inadecuado del suelo.
  • Abuso de plaguicidas.
  • Aumento de la concentración industrial.
  • Lanzamiento de desechos y basura.

“Todo ello producto del bajo nivel de educación y conciencia ambiental que han contribuido durante años a la contaminación de los cauces hídricos, principalmente, los arroyos urbanos en nuestro país”, señala el documento presentado.

La iniciativa establece que la aplicación de esta ley abarcará Asunción y las ciudades del área metropolitana, así como las capitales departamentales, sin perjuicio de que otras municipalidades puedan someterse a las disposiciones de esta ley.

Se estipula, igualmente, que la autoridad de aplicación de la presente ley será el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible. Además se prevé que el Poder Ejecutivo, a través del Mades, reglamente la presente disposición en un plazo máximo de noventa (90) días, a partir de su promulgación.

Enlance copiado
Content ...
Cargando...Cargando ...