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La constitución del juez de Misiones Derlis Gustavo Rojas en la residencia de la familia de Gregorio “Papo” Morales, ubicada en el barrio Los Laureles de Asunción, estaba prevista para el próximo 27 de setiembre, en el marco de una tutela planteada por la defensa del acusado por el asesinato del joven Robert Fabián Marín.
Sin embargo, hoy el magistrado notificó a las partes que desistió de la constitución en la capital, sin mayores explicaciones.
Recordemos que la convocatoria puso en alerta a la familia de la víctima, pues evidenció la intención del magistrado de beneficiar a Papo Morales con alguna medida sustitutiva de prisión, pues de lo contrario no tendría sentido que se constituya en su domicilio.
En ese sentido, la abogada querellante Edelira Insemblante Alvarez advirtió que el juez de ejecución no tiene competencia para resolver sobre el arresto domiciliario del prevenido y adelantó que recurriría a la Corte Suprema y al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados si se beneficia a “Papo” con alguna medida.
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Defensa pidió internación o arresto domiciliario
Tras “rebotar” sucesivamente en Asunción en su petición de lograr la internación de “Papo” en el Instituto de Previsión Social (IPS) u otro sanatorio privado para tratarse de dolencia de Parkinson, el abogado defensor de Morales, Derlis Garcete, realizó la misma solicitud ante el juzgado de ejecución penal de Misiones.
En una audiencia realizada el viernes de la semana pasada, en la que el acusado por homicidio doloso participó a través de medios telemáticos, la defensa amplió su pedido y solicitó arresto domiciliario.
La abogada querellante Edelira Insemblante Alvarez se opuso a la petición de la defensa y cuestionó severamente a la fiscala de ejecución de Misiones Rommy Riveros, quien se allanó sin cuestionamiento alguno a la petición de la defensa, sin considerar la peligrosidad del acusado ni sus antecedentes.
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En ese sentido, la profesional advirtió que el juez de ejecución no tiene competencia para resolver sobre el arresto domiciliario del prevenido y adelantó que recurriría a la Corte Suprema y al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados si se beneficia a “Papo” con alguna medida en forma irregular.
Pedido fue rechazado en primera y segunda instancias
Insemblante recordó que la defensa había realizado la misma petición en más de una ocasión ante el juzgado penal de garantías que atiende la causa, a cargo de la Dra. Cynthia Paola Lovera, quien rechazó en más de una ocasión su petición, la última de ellas en agosto pasado.
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Destacó que en todas las ocasiones la decisión de Lovera fue ratificada por el Tribunal de Apelación, en atención a que los dictámenes elaborados por los médicos forenses que examinaron a Morales recomendaron que el mismo siga el tratamiento para la dolencia de Parkinson en prisión.
El Código de Ejecución Penal permite la intervención del juez de ejecución de la localidad en que se encuentra recluido un procesado sin condena, pero su capacidad es limitada. De ninguna manera puede disponer arresto o prisión domiciliaria.
Para un mejor entendimiento, transcribimos algunos artículos del Código de Ejecución Penal aplicables al caso:
- Artículo 33.- El Juez de Ejecución controlará el trato otorgado al prevenido. Cuando constate que la prisión ha adquirido las características de una pena anticipada, comunicará inmediatamente al Juez Penal del procedimiento, quien resolverá sin más trámite lo que corresponda al respecto en el plazo de veinticuatro horas.
- Artículo 34.- Todo permiso, salida o traslado fuera del establecimiento mientras dure su condición de prevenido, lo autorizará el Juez Penal del procedimiento.
El crimen en el barrio San Pablo del que acusan a Papo Morales y su noiva
“Papo” está acusado por el asesinato de Robert Fabián Marín, de 23 años. El crimen ocurrió en la noche del 23 de noviembre de 2020, en una calle del barrio San Pablo, donde el joven fue ultimado de cuatro disparos.
La novia de Papo, la exmodelo Cynthia Ramona Ojeda está acusada por omisión de auxilio, omisión de dar aviso de un hecho punible y frustración de la persecución y ejecución penal.
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Según la acusación presentada por el fiscal Hernán Galeano, en la fecha indicada, Robert salió con su amigo Digno Eduardo Segovia Rolón para festejar el cumpleaños de este, en un bar ubicado en la avenida Aviadores del Chaco. Para el efecto, Segovia prestó el automóvil de su hermana, un Toyota Allex.
En su declaración ante la Fiscalía, Segovia relató que cuando buscó a Fabián de su casa para ir al bar Taj, su amigo le pidió ir previamente a un local nocturno donde estaba Cynthia, a lo que él accedió.
Una vez en el lugar indicado por Cynthia, el joven fue abordado por el novio de la chica, Papo Morales, quien efectuó los disparos, siempre de acuerdo con la acusación.
La audiencia preliminar en la que se tiene que resolver si los acusados van o no a juicio oral y público está pendiente de realización hace un año y ha sido suspendida en nada menos de 14 ocasiones, en su gran mayoría a causa de chicanas promovidas por la defensa.