“Papo” Morales quiere ser internado en un sanatorio privado y un juez debe resolver el caso

La defensa de Gregorio “Papo” Morales, procesado por homicidio, pidió su internación en un sanatorio privado o IPS para su tratamiento de la enfermedad de Parkinson, en una audiencia de tutela jurisdiccional en la que la fiscalía se allanó al pedido, realizada por medios telemáticos en Misiones. Sin embargo, un informe médico forense sugiere que puede seguir su tratamiento en la penitenciaría.

“Papo” Morales y su abogada, en la sede de Investigaciones.
Gregorio “Papo” Morales, en conversación con una abogada que lo representó en otro proceso.Archivo, ABC Color

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Gregorio Ramón Morales Macchi, alias Papo, quien se encuentra preso desde noviembre del 2020 por el asesinato del joven Robert Fabián Marín, insiste en su pedido de internación en un sanatorio privado para su tratamiento de Parkinson.

La petición fue realizada por el abogado Derlis Garcete en una audiencia de tutela jurisdiccional realizada ayer ante el juez penal de ejecución Derlis Gustavo Rojas, de la circunscripción judicial de Misiones, de la que el acusado participó por medios telemáticos.

Además del abogado Garcete, de la diligencia también participaron la fiscala de ejecución Rommy Riveros y la abogada querellante, Edelira Insemblante Álvarez, representante de la familia del joven, por cuyo homicidio se encuentra procesado Morales, caso por el que además este último ya logró suspender 14 veces la audiencia preliminar.

El abogado Garcete señaló que “resulta evidente que el mismo (Papo) necesita un tratamiento por médicos especialistas en la enfermedad de Parkinson, tratamiento que solo es posible en un centro de salud privado, en su caso ante el servicio de neurología del IPS”.

De lo dicho, el defensor de Gregorio Morales reiteró en la audiencia que, teniendo en cuenta el informe médico del médico forense Bernardo Raúl Arrúa, emitido el 12 de agosto, y el estado de salud actual de Morales, “solicito el traslado a otra institución penitenciaria y la constitución del juzgado”.

Por su parte, la fiscala de ejecución también había aconsejado hacer lugar a la tutela jurisdiccional solicitada por la defensa del procesado por homicidio.

Querella cuestiona actuar de fiscalía

La querella, ejercida por la abogada Edelira Insemblante, tras la audiencia señaló a ABC que Morales ya había solicitado tal diligencia en la capital, pero se corrió traslado a la jurisdicción donde se encuentra privado de libertad.

Insemblante explicó que la tutela jurisdiccional consiste en la reparación de algún daño haya sufrido el prevenido, en este caso Morales. Sin embargo, el juez penal de ejecución no puede resolver sobre el pedido de la defensa, que solicitó la internación de su cliente en un sanatorio privado o su arresto domiciliario.

La abogada querellante cuestionó que la fiscala Riveros se haya allanado, en plena audiencia, al pedido de la defensa, “ya que ella debería conocer el derecho”.

En ese mismo sentido, la abogada expresó que no se tuvo en cuenta el alto grado de peligrosidad del procesado por homicidio y tampoco sus antecedentes.

A todo lo dicho, la abogada también hizo cuestionamientos sobre las innumerables ocasiones en que se llevaron a cabo constituciones de médicos forenses en el lugar de reclusión, en fechas 30 de setiembre de 2021, 25 de noviembre de 2021, 29 de diciembre de 2021, 3 de marzo de 2022, 17 de junio de 2022 y 11 de agosto de 2022.

Papo dice tener “permiso judicial” para consumir cocaína

El médico forense Bernardo Raúl Arrúa, de Misiones, se constituyó en la Penitenciaría Regional de Misiones, donde evaluó a Gregorio “Papo” Morales, el 12 de agosto de 2022, dando cumplimiento al Oficio N° 520.

Este diagnosticó enfermedad de Parkinson y síndrome ansioso con crisis de pánico, además de trastorno de comportamiento por abuso de sustancia (cocaína), “que refiere el mismo paciente tiene una resolución judicial que le permite el consumo de 6 gramos por día de cocaína”, según dice el informe N° 69/2022.

En cuanto al consumo personal, el artículo 30 de la Ley N° 1.340/88, establece: “Se considerará de exclusivo uso personal del farmacodependiente la tenencia en su poder de sustancia suficiente para su uso diario, cantidad a ser determinada, en cada caso, por el Médico Forense y un Médico especializado designado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y otro por el afectado si lo solicitare, a su costa. En el caso de la Marihuana no sobrepasará los diez gramos y de dos gramos en el de la Cocaína, Heroína y otros opiáceos”.

Ante lo hallado, el médico forense sugirió “seguimiento por médicos de la penitenciaría, para hidratación parental y correcta y continua administración de medicamentos por vía oral, indicados por psiquiatría y neurología”.

Además, una “evaluación por neurología para mejor evaluación y ajuste de tratamiento a patologías múltiples”.

Estas sugerencias son contrarias a lo que el abogado de la defensa argumenta y solicita, en cuanto a la internación de Gregorio “Papo” Morales en un centro médico privado o el IPS para su tratamiento a la enfermedad. Además, había solicitado una junta médica, que la querella cuestionó pues la misma correspondía hacerla en la etapa preparatoria.

El juez Rojas resolvería la cuestión la próxima semana.

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