Luque: juez ordenó a intendente eliminar propagandas electorales

LUQUE. El juez electoral de Central Modesto Núñez ordenó al intendente de Luque y a otros jefes comunales a eliminar todas las propagandas electorales extemporáneas, además de sancionar a los infractores. Tienen plazo hasta el próximo 26 de setiembre y el desacato de la orden será comunicado a la Fiscalía.

Juzgado elimina propaganda electoral extemporánea.
Juzgado elimina propaganda electoral extemporánea.

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El pasado 6 de septiembre el juez Modesto Núñez, del Juzgado Electoral del Departamento Central, notificó al intendente de Luque, el colorado Carlos Echeverría (cartista), al igual que a otros 18 jefes comunales de Central para que eliminen todas las propagandas electorales extemporáneas.

También ordenó sancionar a los responsables, de conformidad con la ordenanza correspondiente al año 2020 en concordancia con el artículo 168 de la Constitución Nacional, los artículos 290 y 295 del código Electoral y los artículos 12; 15; 51; 56 y 73 de la Ley Orgánica Municipal.

“Desde el 26 hasta el 30 de septiembre vamos a realizar un nuevo recorrido para controlar el cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Electoral. Si no se borra se reiterará y se fijará un plazo. Si no se cumple nuevamente, se remitirán los antecedentes al Ministerio Público”, advirtió el magistrado Núñez.

Explicó una vez más que según el artículo 290 del Código Electoral, se puede hacer propaganda electoral en la vía pública, pero 30 días antes de las elecciones internas partidarias y hasta 60 días antes de las elecciones generales.

Es decir, de cara a las internas partidarias que se realizarán el próximo 18 de diciembre de 2022, la propaganda electoral debe iniciar recién el 16 de noviembre y culminar el 15 de diciembre.

El juez también dijo que respecto a las elecciones generales que serán en abril de 2023, la propaganda electoral debe comenzar el 27 el febrero del año que viene y podrá extenderse hasta el 27 de abril.

Luque no castiga a infractores

Núñez, manifestó que nueve municipios del departamento Central no previeron en el año 2020 ningún tipo de sanción que castigue a este tipo de propaganda.

En ese año, por ejemplo, la Junta Municipal de Luque aprobó empapelar y pintar toda la ciudad promoviendo las candidaturas, pero no existe castigo para la propaganda extemporánea.

“Las demás ciudades implementan multas de entre 1 y hasta 2.700 jornales mínimos, es decir, el infractor puede pagar desde cerca de G. 100.000 incluso hasta la suma de G. 264 millones aproximadamente”, refirió Núñez.

Emplazado no borró propaganda

Semanas atrás el juez Núñez intimó al exsenador colorado Carlos Núñez Agüero, quien incurrió en la misma infracción y colocó una propaganda electoral extemporánea sobre la calle General Garay y Trébol de Luque.

El mismo es precandidato a senador por el Movimiento Fuerza Republicana. Sin embargo, la gigantografía no fue retirada.

Solo borró el número de lista y de orden. Sigue siendo propaganda electoral porque aparece la foto, el nombre y el cargo. Todos esos elementos también figuran en la pantalla de la máquina de votación”, aseguró el vocero.

Igualmente, afirmó que el caso de Carlos Núñez ya lo había remitido a la Fiscalía Electoral, pero que ahora, con nuevos elementos y otros carteles detectados, el expediente será remitido nuevamente al Ministerio Público.

La violación de las normas de fijación de carteles es un hecho punible según el artículo 328 del Código Electoral y se sanciona con multa equivalente al daño causado, advirtió.

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