Mades: arroceros no podrán extraer agua para riego del río Tebicuary

El Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (Mades) emitió un comunicado dirigido a los arroceros de los departamentos de Caazapá, Guairá e Itapúa, informando que que queda suspendida la extracción de agua para riego de sus cultivos en la cuenca alta del río Tebicuary, que se encuentra en situación crítica debido a la sequía. Los que incumplan la medida se exponen a sumario administrativo y multas millonarias.

Mades prohibió la extracción de agua por bombeo de la cuenca alta del río Tebicuary para riego de arrozales.
Mades prohibió la extracción de agua por bombeo de la cuenca alta del río Tebicuary para riego de arrozales.Mades

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Arroceros ubicados en las cercanías de la cuenca alta del río Tebicuary no podrán extraer agua para riego debido a la situación crítica en la que se encuentra este cauce hídrico. Esto fue comunicado por la dirección de Recursos Hídricos del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (Mades).

El titular de esta dependencia, José Silvero, indicó que aquellos que incumplan la medida son pasibles de sumario administrativo y multas millonarias, dependiendo del tipo de falta.

De esta manera, cualquier productor de arroz que se encuentre en los departamentos de Caazapá, Guairá e Itapúa deberán esperar a que río Tebicuary recupere su caudal a niveles óptimos para realizar nuevamente bombeo del recurso natural.

Silvero explicó que, a partir de 15 metros cúbicos por segundo nuevamente podrá llevarse a cabo la extracción de agua por bombeo escalonado, mientras que, desde 25 metros cúbicos por segundo ya no habrá ninguna restricción para los agricultores.

Medida adoptada por el Ministerio del Ambiente, debido a situación crítica del río Tebicuary.
Medida adoptada por el Ministerio del Ambiente, debido a situación crítica del río Tebicuary.

¿A cuánto ascienden las multas del Mades para los infractores?

De acuerdo a la resolución 356/19 del Mades, la escala de multas para los infractores se dividen en levísimas, leves, graves y gravísimas de conformidad a la siguiente escala:

a. Las multas por infracciones levísimas serán de 1 a 300 jornales.

b. Las multas por infracciones leves serán de 301 a 3.000 jornales.

c. Las multas por infracciones graves serán de 3001 a 10.000 jornales.

d. Las multas por infracciones gravísimas serán de 10.001 a 20.000 jornales.

Según el director de Recursos Hídricos, antes del inicio de la sequía en 2019, en la zona estaban registrados 24 productores de arroz, pero actualmente, no hay certeza del número total de agricultores, debido a que muchos migraron a la producción de soja. En necesario un nuevo relevamiento de datos para conocer la cantidad de arroceros afectados, indicó.

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