Exintendente Roberto Cárdenas tendrá otro juicio para nueva pena por corrupción

La Cámara de Apelaciones ordenó que otro Tribunal de Sentencia analice una nueva pena para el exintendente de Lambaré Roberto Cárdenas, tras anular parcialmente la condena de 2 años con suspensión por lesión de confianza. Es en la causa que el político colorado afronta por el supuesto desvío de casi G. 6.000 millones de los fondos provenientes de royalties.

Roberto Cárdenas Ramírez (izq.), ex intendente de Lambaré, procesado por varios hechos de corrupción.
Roberto Cárdenas Ramírez (izq.), ex intendente de Lambaré, procesado por varios hechos de corrupción.Diego Peralbo

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El Tribunal de Apelación en lo Penal de Central resolvió anular parcialmente la condena a 2 años de cárcel con suspensión impuesta al exintendente de Lambaré Roberto Cárdenas Ramírez (2006 - 2015), por el hecho punible de lesión de confianza por el presunto desvío de G. 5.704 millones de los royalties que debía usar en la pavimentación de calles de la ciudad.

Además, el Tribunal de Alzada ordenó el reenvío del expediente para que un nuevo Tribunal de Sentencia estudie los años de pena para el político colorado. En el primer juicio oral, los fiscales Teresita Torres, Carina Sánchez y Luis Said, así como la querella, habían solicitado 8 años de pena privativa de libertad para Cárdenas Ramírez.

Los camaristas resolvieron de forma unánime las apelaciones planteadas por los agentes del Ministerio Público y el abogado defensor Pablo Villalba en contra de la Sentencia Definitiva N° 490 del 23 de julio de 2021, dictada por los jueces Alicia Orrego (presidenta), Hugo Segovia y Blas Imas. Este último votó en disidencia a favor de la absolución del acusado.

Argumentos del tribunal que ordena nuevo juicio a Roberto Cárdenas

Los camaristas María Teresa González de Daniel, María Lourdes Cardozo de Velázquez y Fabriciano Villalba resaltan que el Tribunal de Sentencia incurrió en un error en la fase de medición de la pena, ya que al analizar los ítems establecidos en el artículo 165 del Código Penal concluyeron que en el numeral 3 “de la intensidad de la energía criminal utilizada en la realización del hecho”, no es tenido ni a favor ni en contra del encausado.

“El mismo Artículo 65 del Código Penal menciona que las circunstancias deben ser valoradas a favor o en contra sin ponerle una graduación o dicha calificación, es por eso que el Tribunal de Sentencia debe limitarse a ello”, destaca parte del Acuerdo y Sentencia N° 90 dictado por el Tribunal de Apelación Penal de Central.

Los camaristas agregan que este es un vicio que no puede ser pasado por alto al no ser valorados correctamente los puntos para la medición de la pena. En consecuencia, resolvió ordenar el reenvío para que se analice una nueva pena para el exintendente de Lambaré.

La presente causa es el caso más grande de corrupción, en cuanto al daño patrimonial causado, que afronta el político colorado. Sin embargo, de las cuatro condenas que recibió en primera instancia esta fue la más baja.

La semana pasada, el Tribunal de Apelación Penal 1ª Sala de Central confirmó la condena de 8 años de cárcel que Cárdenas recibió en el otro proceso por lesión de confianza, donde se probó un daño y perjuicio de casi G. 860 millones en la construcción de 15 escuelas en el 2016.

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