En Luque y Areguá no existe sanción para propaganda electoral extemporánea

LUQUE. Las Municipalidades de Luque y Areguá mediante ordenanza municipal permiten la realización de propagandas electorales en el centro urbano y compañías de estas ciudades. Sin embargo, en la reglamentación no se estipuló ninguna sanción para el infractor que cometa propaganda electoral extemporánea, según el Juzgado Electoral de Central.

Juzgado elimina propaganda electoral extemporánea
Juzgado elimina propaganda electoral extemporánea

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Según informe del Juzgado Electoral de Central a cargo del magistrado Modesto Núñez, nueve municipios del departamento Central no previeron ningún tipo de sanción que castigue la propaganda electoral extemporánea. Las demás ciudades implementan multas de entre 1 y hasta 2.700 jornales mínimos, es decir, el infractor puede pagar desde casi G. 100.000 incluso hasta la suma de G. 264 millones aproximadamente.

“Aprobaron la ordenanza que regula la realización de propaganda electoral en la vía pública, pero el reglamento no prevé ninguna sanción para los infractores. Esa es la realidad. Nadie será castigado. Faltan casi tres meses aún para que inicie el periodo de propaganda electoral”, afirmó el juez Núñez.

Entre los distritos que no prevén castigo alguno a la violación de la ley electoral, se encuentra una de las ciudades más pobladas de Central, que es Luque, que tiene aproximadamente unos 450.000 habitantes. El actual intendente es el colorado Carlos Echeverría (cartista).

Durante su administración anterior, en septiembre de 2020, la Junta Municipal aprobó la llenar de propaganda electoral todo el microcentro de la ciudad y también en las compañías. Actualmente los candidatos a cargos electorales pueden empapelar y pintarrajear 35 calles, en su gran mayoría ubicadas en el casco urbano.

Durante la administración el exjefe comunal liberal César Meza Bría, la propaganda electoral estaba permitida sobre 20 tramos, Echeverría sumó otras 15 vías públicas. Pero la ordenanza, no prevé ningún castigo.

No hay sanciones por propaganda extemporánea

El intendente de Areguá, Humberto Denis Torres, fue intimado por el Juzgado Electoral para informar sobre las sanciones aplicables por la comisión de faltas previstas en la ordenanza Nº 17/2020, debido que en dichas normas se describen las faltas pero no las sanciones y la respuesta del jefe comunal fue la siguiente.

“Que, revisando la mencionada ordenanza se constata que efectivamente es así, se establecieron las faltas pero no las sanciones aplicables. Por ello en caso de comprobarse la infracción a la Ordenanza Nº 17/2020, me remito a cumplir lo establecido en el Art. 18 que reza: la intendencia podrá ordenar igualmente la eliminación de la propaganda en transgresión, así como la reparación de cualquier daño que se hubiere producido”, promete Torres.

Las demás ciudades que tampoco castigan son J. Augusto Saldívar, Lambaré, Limpio, Mariano Roque Alonso, Nueva Italia, Ypacaraí y Villa Elisa.

Hasta 2.700 jornales

Sin embargo, varios distritos de Central sí prevén multas para los infractores de la ley electoral. Por ejemplo, en Capiatá está vigente una multa de 10 jornales mínimos, en Fernando de la Mora de entre 1 a 300 jornales, en Guarambaré de 2 a 20 jornales, en Itá de 3 a 25 jornales.

También está prevista sanción alguna a la propaganda electoral, en Ñemby entre 1 y 365 jornales, en San Antonio de 3 a 25 jornales, en San Lorenzo de 3 a 25 jornales, en Villeta de 1 a 300 jornales y en Ypané de 3 a 25 jornales.

Se destaca que el Municipio de Itauguá, dispone la mayor multa en Central. La ordenanza del año 2020 indica que la sanción para la persona que cometa propaganda electoral extemporánea será multada de 1 hasta 2.700 jornales. Es decir, el infractor puede pagar desde casi G. 100.000 incluso hasta la suma de G. 264 millones aproximadamente.

Propaganda recién en diciembre

El juez explicó que según el artículo 290 del Código Electoral, se puede hacer propaganda electoral en la vía pública, pero, 30 días antes de las elecciones de las internas partidarias y hasta 60 días antes de las elecciones generales.

Recién el 18 de diciembre se llevarán a cabo las internas partidarias, es decir, la propaganda electoral debe iniciar el 16 de noviembre y culminar el 15 de diciembre de este año. Sin embargo, el magistrado Núñez lamentó que las autoridades municipales “no tengan ni el más mínimo interés en velar por el cumplimiento de la normativa eliminando las pintatas, pancartas y carteles y menos castigando el hecho”.

Respecto a las elecciones generales que serán en abril de 2023, la propaganda electoral debe comenzar el 27 el febrero del próximo año y podrá extenderse hasta el 27 de abril.

Núñez explicó que las denuncias sobre el caso pueden ser realizadas vía Whatsapp, enviando una foto de la propaganda, la ubicación de donde se encuentra y detalles del barrio y ciudad, al número es el (0983) 392 608.

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