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Ramón González Daher, hermano del exsenador cartista Óscar González Daher (fallecido), deberá enfrentar nuevamente otro juicio oral y esta vez por los supuestos hechos punibles de declaración falsa y extorsión, así lo decidió la jueza de Luque Jennifer Ynsfrán, esta mañana en la audiencia preliminar que se realizó en este distrito. La fiscala del caso es Sandra Ledesma.
Resultó víctima el exdelegado deportivo del club 3 de Febrero, de Ricardo Brugada, Salvador Aquino, quien denunció que Ramón González Daher pretendió volver a cobrarle una deuda ya cancelada de G. 46.500.000. Según el denunciante, para amedrentarlo y obligarlo a pagar la presunta deuda, González Daher afirmaba que “jueces y fiscales estaban a su cargo”.
La punibilidad contempla que el hecho punible de denuncia falsa será castigado con pena privativa de libertad y que la comisión del hecho de extorsión será castigada con una pena privativa de libertad de hasta cinco años o multa.
La agente Ledesma manifestó que la defensa de González Daher planteó nuevamente innumerables chicanas para evitar que la casusa prosiga y sea elevada a juicio oral y púbico, pero la magistrada Ynsfrán rechazó todos los incidentes. Por ejemplo, el abogado Elizeche Baudo solicitó el sobreseimiento definitivo para el investigado, así como la nulidad de la acusación, nulidad de providencias, entre otros.
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El caso contra Ramón González Daher
El exvicepresidente de la Asociación Paraguaya de Fútbol (APF), fue imputado en diciembre de 2021 por la fiscal de Luque, Sandra Ledesma, por declaración falsa. En marzo de este año amplió la denuncia por el presunto hecho de extorsión en grado de tentativa. La defensa de González Daher representada por el abogado Mario Elizeche Baudo planteó innumerables chicanas hasta lograr su libertad ambulatoria.
Salvado Aquino, la víctima, afirmó ante el Ministerio Público que el procesado lo amenazó en reiteradas ocasiones con enviarlo preso si no accedía a la cancelación del préstamo y que incluso aseguraba que “jueces y fiscales estaban a su cargo”.
“Intimidó a la víctima de tal manera a obligarlo a efectuar la entrega patrimonial suya o de terceros con el fin de saldar la supuesta deuda. Esta acción se configura en una conducta coactiva”, indicó la fiscal de Luque.
“Como elemento subjetivo tenemos que es un hecho punible doloso, lo que implica el conocimiento y el deseo de la falsa imputación con la intención de provocar o hacer continuar un procedimiento contra otro”, agregó la representante del Ministerio Público.
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La agente Ledesma sostiene que las declaraciones testimoniales de nueve personas, además de los documentos obtenidos en relación al caso, “confirman la teoría fáctica de la Fiscalía, consistente en que el procesado, como resultado de una manipulación delictiva, cual es realizar llamadas telefónicas extorsivas amenazando a la víctima Salvador Aquino a que le pague una deuda que ya fuera cancelada, utilizaba como elemento extorsivo su situación económica y que supuestamente tenía a su cargo a jueces y fiscales y que le mandaría a privar de su libertad si no accedía a las pretensiones del hoy acusado”.
González Daher realizó la denuncia contra Aquino, ante la Unidad Nº 11 de Asunción a cargo del fiscal Fernando Delfino Gómez. La causa fue desestimada en diciembre de 2020 por el Juzgado a cargo de la magistrada Clara Elizabeth Ruiz Díaz Parris.