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Luego de casi un año de proceso, tiempo en el que pasó por la cárcel, se dictó su captura por estar prófugo y luego debió cumplir arresto domiciliario, el “Abogado Leopardo” Venancio Valentín Domínguez Morel fue sobreseído definitivamente de la causa abierta por supuesta detentación de armas de fuego de uso privativo de los órganos de defensa y seguridad del Estado, producción de riesgos comunes y resistencia.
El juez de Garantías Gustavo Amarilla, interino de su colega Mirko Valinotti, dictó el Auto Interlocutorio Nº 813 el pasado 29 de julio, por el cual ordenó el sobreseimiento definitivo del “Abogado Leopardo”.
La resolución resalta que si bien al inicio de la etapa investigativa existieron indicios sobre la participación del procesado en los supuestos hechos punibles de detentación y producción de riesgos comunes, conforme a las diligencias realizadas, el Ministerio Público no ha podido obtener elementos de convicción suficientes, como para sostener una acusación fundada contra el mismo.
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Agrega que atendiendo el acta de intervención policial, al momento de la detención de los cinco procesados en la presente causa penal, así como las declaraciones testificales, se advierte que Domínguez Morel “no ha estado en posesión del arma que configuraría su conducta dentro del tipo penal de detentación y de dichas diligencias también surge que el mismo no realizó disparos al aire, por lo que tampoco se configura el delito penal de producción de riesgos comunes”.
El fallo resalta que corresponde el sobreseimiento definitivo, ya que resulta evidente que el imputado no ha participado en el hecho punible, y ordena que se libren los oficios correspondientes con la expresa manifestación de que el presente procedimiento no afecta el buen nombre y honor de los que goza el letrado.
Condenas para otros cuatro procesados
Los demás imputados en la causa, Ángel Daniel Pérez Agüero (34), Matías Emmanuel Ojeda Saldívar (18), Alfredo Fabián Cubilla Martínez (25) y Sergio Francia Bernal (20), se sometieron a un proceso abreviado y fueron condenados por el delito de producción de riesgos comunes a dos años de pena con suspensión a prueba de la ejecución, es decir, no irán a la cárcel.
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Además, el Juzgado de Garantías ordenó el comiso de las armas incautadas durante el operativo del 19 de setiembre de 2021, cuando los hoy procesados fueron aprehendidos: un fusil de asalto (M4) con 18 proyectiles en su interior; una pistola Glock de armazón verde con diez cartuchos; un revólver calibre 38 niquelado con 6 proyectiles y un revólver calibre 22 negro cargado con 9 balas.