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Nuevamente el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) pospondrá el análisis de actuaciones de tres fiscales que abrieron 44 causas penales por estafa y apropiación para que el exdirigente deportivo Ramón González Daher, pueda cobrar sus préstamos usurarios y seguir con los “aprietes” a sus víctimas. En la sesión plenaria del martes 19 julio, ya se iba a estudiar las responsabilidades de los agentes fiscales Silvio Alegre, Mirtha Ortiz y Fátima Villasboa, quienes posiblemente puedan ser enjuiciados, pero se suspendió para mejor análisis de las causas. Se resolvió entonces posponer para el 2 de agosto, pero ahora fue nuevamente postergada.
El presidente del JEM Abog. Jorge Bogarín Alfonso, explicó que tuvo que suspender el tratamiento del estudio de los tres agentes fiscales porque el jueves de la semana pasada se inhibió el miembro ministro de la Corte Suprema de Justicia César Manuel Diesel, sin alegar motivo, por cuya consecuencia debe integrar el pleno con otro miembro de la máxima instancia judicial. Posiblemente uno de los ministros, Alberto Martínez Simón o Luis María Benítez Riera, sería el reemplazante de Diesel.
Bogarín Alfonso dijo que la intención es que cuando se realice el estudio de responsabilidad de los tres primeros fiscales, se haga con el pleno del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, es decir, con los ocho integrantes, considerando que el caso Ramón González Daher, tiene trascendencia jurídica y es de interés ciudadano.
Asimismo, Bogarín Alfonso indicó que el estudio de las actuaciones de los tres primeros fiscales se hará la próxima semana, más específicamente, el martes 9 de agosto del corriente.
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Tres fiscales en 44 casos de supuestos aprietes
Las causas identificadas y que serán analizadas en el Jurado y que estuvieron a cargo de los fiscales Silvio Alegre, Mirtha Ortiz y Fátima Villasboa, son los siguientes: “Andrea Beatriz Tejera Llamas s/ Estafa”; “Cristian Colbes Sanabria s/ Estafa”; “Armando Miguel Perito s/ Estafa”; “Sergio Daniel Larroza s/ Estafa”; “Rian Augusto Tormena s/ Estafa”; “Iván Emilio Oliveira s/ Estafa”; “Edgar Waldemar Troche s/ Estafa”; “Alberto Doldán Ovelar s/ Estafa”; “Julio Daniel Dávalos Notario s/ Estafa”; “José Julián Torrijos s/ Estafa”; “Teresita de Jesús López Romero s/ Estafa”; “Celsa Lombardo (Guipa S.A.) s/ Estafa”; “Felipe Nery Bogado Soria s/ Estafa y otros”; “Luis Antonio Paredes Jara s/ Estafa y otros”; “Ronaldo Ferreira Martins s/ Estafa y otros”; “Ramón Zubizarreta Zaputovich s/ Estafa”; “Paola Morínigo y Juan Raimundo Torrado s/ Estafa”; “Édgar Waldemar Troche s/ Estafa”; “Ángel Granada Brizuela s/ Estafa y otros”; “Marcos Smenioto Rosa s/ Estafa y otros”; “Celia Dahiana Ramírez y Joel Darío Halley s/ Estafa y otros” y “Carlos Antonio López y Eduardo Chamorro s/ Estafa y otros”.
También serán analizados los expedientes: “Carlos Legel y Carlos Enrique Maciel s/ Estafa y otros”; “María del Pilar González s/ Apropiación y otros”; “Investigación fiscal s/ H.P. contra el patrimonio de las personas – Estafa”; “Luis Asunción Bello s/ Estafa”; “Elena Beatriz Arce de Legal s/ Estafa”; “Corina Margarita González Adorno s/ Estafa”; “Evelio Ramón Paiva Rodríguez s/ Estafa”; “Jorge Daniel López Ferreiro y Carlos Ariel Cáceres s/ Estafa”; “Pedro Rubén Benegas y José Fabián Bogado s/ Estafa”; “Gabriel Sindulfo Villalba Dickel s/ Estafa”; “Tania Antonella Villalba Dickel s/ Estafa”; “Víctor Giménez Rodríguez s/ Estafa”; “Ronaldo Ferreira Martins s/ Estafa”; “Eladio Miguel Britos Villalba s/ Estafa”; “Carlos Alberto Kiese s/ Estafa”; “Juan Antonio Giovanni Vega s/ Estafa”; “Miguel Ángel González Zelada s/ Estafa”; “Antonella Paciello Lacasa s/ Estafa”; “Santiago Antonio Segovia Cáceres s/ Estafa”; “Osvaldo Eduardo Lugo s/ Estafa”; “Carlos Jorge Segovia Cáceres s/ Estafa” y “Ronaldo Ferreira Martins s/ Estafa”.
Prescripción de causas
La norma que rige para el Jurado es la Ley N° 6814 “Que regula el procedimiento para el enjuiciamiento y remoción de magistrados judiciales, agentes fiscales, defensores públicos y síndicos”.
En el artículo 11 de la mencionada ley, ordena: “La acción para acusar prescribe a los dos años a partir del hecho u omisión atribuidos al enjuiciado”.
Con lo preceptuado en este artículo, la mayoría de los casos de supuestos “aprietes” que investiga el Jurado, ya estarían prescriptos. La extinción de las causas penales va a impedir que el Jurado determine la responsabilidad de los jueces y fiscales que se prestaron a los “aprietes” para favorecer al exdirigente deportivo González Daher.
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Antecedente documentado de los aprietes
El 10 de diciembre de 2021 cuando un tribunal de sentencia presidido por la jueza Claudia Criscioni, en la causa penal N° 122/2019 caratulada “Ramón Mario González Daher y otro s/ lavado de dinero”, determinó que el proceso penal de lavado de dinero, usura y denuncia falsa, que unas 155 causas fueron abiertas por una veintena de fiscales al solo efecto de presionar a los que accedieron a los préstamos ofrecidos por el dirigente deportivo Luqueño Ramón González Daher, para que este pueda cobrar sus créditos usurarios. El tribunal de sentencia le condenó a 15 años de prisión, por los hechos punibles mencionados.
A partir de entonces, luego de tomar estado público los supuestos “aprietes” tanto el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, el Ministerio Público y la Corte Suprema de Justicia, iniciaron auditorías a las causas abiertas por los fiscales y jueces que se prestaron a la coacción por medio de apertura de causas judiciales para favorecer a González Daher.
Ramón González Daher ejercía sus influencias en los operadores de justicia gracias a su hermano, el exsenador colorado Óscar González Daher (ya fallecido), quien asimismo fue presidente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados por varios años. En el 2017 se conoció públicamente el escándalo conocido como “audios filtrados”, en el cual se escuchaban conversaciones grabadas al exlegislador cuando daba “instrucciones” a jueces y fiscales, o bien pedía “ayudar” a los amigos. Entre los “ayudados” se encontraba su propio hermano, Ramón González Daher.