Paraguay ya fue sancionado en la Corte IDH por ataques a la libertad de prensa

Paraguay ya sufrió sanciones como consecuencia de procesos judiciales que representaron ataques a la libertad de expresión, recordó la abogada Alejandra Peralta Merlo. Mañana se dará inicio al juicio planteado por la extitular de Tributación Marta González, contra la directora y un periodista de ABC Color debido a publicaciones sobre compras públicas.

Marta González conversa con su abogado, socio comercial y esposo, Jacinto Santamaría. Apenas dio declaraciones a ABC.
Marta González conversa con su abogado, socio comercial y esposo, Jacinto Santamaría.Archivo, ABC Color

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Alejandra Peralta Merlo, abogada especializada en Derechos Humanos, recordó que Paraguay ya sufrió sanciones debido a la utilización de procesos penales como medida para coartar la libertad de expresión. Fue al hacer referencia a la serie de juicios planteados por la exviceministra de Tributación cartista, Marta González Ayala, contra la directora de ABC Color, Natalia Zuccolillo, y el periodista Juan Carlos Lezcano. Uno de los procesos se iniciará mañana ante el juez Wilfrido Peralta.

“Paraguay está nuevamente a las puertas de una violación en materia de libertad de expresión”, señaló la citada especialista al referirse al caso de nuestros compañeros de trabajo.

Peralta recordó que el Paraguay ya tiene sentencia en contra de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) por el caso del excandidato presidencial Ricardo Canese.

“Sería bueno saber quiénes son los que podrían comprometer al país en caso de fallar contra el periodista”, agregó Peralta.

Jurisprudencia protege libertad de expresión

María Alejandra Peralta de Merlo, nueva viceministra.
María Alejandra Peralta de Merlo, abogada y experta en Derechos Humanos.

El caso Canese al que hizo referencia Peralta, empezó en agosto de 1992. Fue durante el debate sobre las pujas políticas para las elecciones presidenciales del Paraguay de 1993. Ricardo Canese, quien era candidato presidencial, declaró en contra de Juan Carlos Wasmosy, también postulante como él, por presuntas acciones ilícitas cuando era el presidente de un consorcio.

El 23 de octubre de 1992 los directores del consorcio presentaron una querella criminal ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Criminal en contra de Ricardo Canese, por los presuntos delitos de difamación e injuria. El 22 de marzo de 1994 fue condenado en primera instancia y el 4 de noviembre de 1997 fue condenado en segunda instancia a una pena de dos meses de pena privativa de la libertad y a una multa de G. 2.909.000.

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La Sala Penal de la Corte Suprema finalmente anuló las sentencias, pero las primeras instancias dejaron camino abierto para una sanción al Estado paraguayo.

La Corte IDH resolvió que el Estado violó el derecho a la libertad de pensamiento y de expresión consagrado en el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El Estado tuvo que pagar US$ 5.500 en reparación a Canese luego de que el mismo fuera sentenciado a pagar G. 2.909.000 al consorcio ligado a Wasmosy. En el caso de González Ayala, la misma solicita a nuestros compañeros US$ 1.500.000 de “reparación” y también pena privativa de libertad.

“Expuestos a la crítica”, dice Peralta Merlo

En numerosas oportunidades a lo largo de los últimos años, la Corte IDH ha rechazado los intentos sistemáticos de censura indirecta realizados por funcionarios públicos contra periodistas y medios de comunicación.

Varios han sido los casos de periodistas que recurrieron a la instancia supranacional luego de ser perseguidos judicialmente en sus países como consecuencia de sus publicaciones.

Uno de esos casos fue el de los periodistas argentinos Jorge Fontevecchia y Héctor D’Amico, condenados a pagar US$ 150.000 al expresidente del vecino país, Raúl Menem.

Ese caso sentó uno de los precedentes más claros de protección al derecho de libertad de expresión y prensa en la Corte IDH.

El tribunal supranacional señaló en aquella oportunidad que las expresiones sobre la idoneidad de una persona para ocupar un cargo público o sobre los actos realizados en cumplimiento de sus funciones gozan de mayor protección.

“La Corte ha señalado que en una sociedad democrática los funcionarios públicos están más expuestos al escrutinio y a la crítica del público. Este diferente umbral de protección se explica porque se han expuesto voluntariamente a un escrutinio más exigente. Sus actividades salen del dominio de la esfera privada para insertarse en la esfera del debate público. Este umbral no solo se asienta en la calidad del sujeto, sino en el interés público de las actividades que realiza”, refiere parte de la sentencia del caso que obligó a la República Argentina a realizar reparaciones en favor de los periodistas.

“Derecho paralelo”

“No se puede seguir comprometiendo al país por desconocimiento de los estándares en materia de derechos humanos. Nuestros operadores de justicia son constantemente capacitados pero aún así algunos insisten en plantear un derecho paralelo”, lamentó Peralta.

A pesar de estos precedentes, la exviceministra de Tributación, Marta González, utiliza la justicia penal en contra de nuestros compañeros de trabajo.

Molesta por publicaciones referentes a decisiones que adoptó cuando estaba al frente de la SET, González accionó por la supuesta comisión de los delitos contra el honor. En concreto, se habló de un proceso de compra con dinero público por valor de US$ 3.000.000 en el que hubo irregularidades, según la Contraloría.

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