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Una nota, con tono intimidante, remitió a mediados de julio pasado la Unidad Especializada contra el Lavado de Dinero y Financiamiento de Terrorismo de la Fiscalía General del Estado a la Secretaría Nacional Anticorrupción (Senac). En el documento firmado por los agentes Osmar Legal, Liliana Álcaraz, Alicia Sapriza y Manuel Doldán en principio se solicita la colaboración de la cartera estatal a fin de remitir los datos e informes recabados, en atención a las afirmaciones hechas el 5 de julio pasado por el titular de esa entidad, René Fernández, ante la Comisión Bicameral de Investigación de Lavado de Dinero y otros delitos conexos, así como en las entrevistas brindadas a los medios de comunicación.
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Entre los puntos solicitados están las reuniones que se dieron entre los tripulantes del avión de la empresa Emtrasur y personas vinculadas a la trata internacional de personas y el tráfico de estupefacientes como también datos precisos de las “fuentes humanas” y las “documentaciones” que afirman de manera objetiva sobre esos encuentros. La aeronave ligada a presuntas organizaciones terroristas aterrizó en el país el 13 de mayo pasado para llevar cigarrillos de Tabacalera del Este SA (Tabesa), propiedad del significativamente corrupto para EE.UU, Horacio Cartes.
Según la nota de la fiscalía, el pedido de documentos obedece a que a la fecha no han sido remitidos dichos datos y/o conclusiones. No están en la denuncia penal formulada por la Senac en fecha 22 de junio del año en curso como en el informe realizado por esa entidad y remitido a la unidad de investigación el 29 de junio de 2022, según señala.
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“Que, en ese orden, debe tenerse en cuenta que el Ministerio Público es el único órgano habilitado a promover la acción penal pública y como tal, se encuentra plenamente facultado a dirigir la investigación de hechos que lleguen a su conocimiento; por lo que la solicitud de datos e informes que obren en la secretaría a su cargo, son necesarias para el avance de la investigación”, dice la nota.
Añade que: “Así también, se recuerda las disposiciones contenidas en el Art. 228 del Código Procesal Penal, a través del cual se habilita unicamente al Juez o al Ministerio Público a requerir las informaciones que considere conducentes, a cualquier persona, entidad pública privada; además de solicitar su respetuosa colaboración, en atención a la misión de dicha secretaría, la que deberá derivar las denuncias a la autoridad competente, conforme lo determina el Art. 3 del Decreto N° 10.144/12 modificado por el Decreto N° 1.843 del 28 de junio de 2019″.
Recomendó una atenta lectura
El titular de la Senac, René Fernández, respondió a través de otra nota el documento remitido por la fiscalía. Afirmó que el pedido realizado estaba contenido en el escrito presentado el 29 de junio de 2022 por la Senac, “por lo que recomendamos una atenta lectura de los términos del mismo y sobre todo de los documentos acompañados al mismo”, dice. Fernández se ofreció a coadyuvar si fuere necesario en el trabajo iniciado por el Ministerio Público, atendiendo su experiencia como exfiscal delegado de la Unidad de Delitos Económicos y Anticorrupción.