Piden a la Corte destrabar proceso a exjueza Tania Irún

La Cámara de Apelaciones le solicitó a la Sala Penal para que realice los trámites para que analice la contienda de competencia de camaristas que se encuentra en la Corte. La decisión de la Sala Penal es fundamental para que la Cámara, a su vez, resuelva una apelación contra la imputación por prevaricato que promovió la exjueza Tania Irún, en el proceso penal que enfrenta.

Tania Carolina Rosa Irún Ayala, exjueza en lo civil y comercial, procesada por prevaricato
Tania Carolina Rosa Irún Ayala, exjueza en lo civil y comercial, procesada por prevaricato

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La abogada Mercedes Sosa de Franco, actuaria judicial de la Tercera Sala del Tribunal de Apelaciones en lo Penal, le comunicó a la actuaria judicial Karina Penoni, de la Secretaría Judicial III de la Sala Penal de la Corte, que se encuentra en esta dependencia el expediente caratulado “Tania Carolina Rosa Irún Ayala s/ prevaricato”, expediente número 1-1-2-37-2020-72, para resolverse una contienda de competencia negativa entre camaristas. La Cámara debe terminar de estudiar una apelación en subsidio planteada por la procesada exjueza Tania Irún, contra la providencia que admitió la imputación por prevaricato y fijó la fecha para la imposición de medidas.

La Cámara, Tercera Sala, debe terminar de estudiar una apelación en subsidio planteada por la procesada exjueza Tania Irún, contra la providencia que admitió la imputación por prevaricato y fijó la fecha para la imposición de medidas.

El informe de la actuaria Sosa de Franco a la Sala Penal de la Corte, señala que la apelación en subsidio que promovió la exjueza Irún fue analizada por los miembros naturales de la Tercera Sala. El 25 de abril de 2022 fue sorteado el primer opinante, y fue así que el camarista Cristóbal Sánchez, el 9 de mayo emitió su voto. El 13 de mayo de 2022 dio su voto el camarista Agustín Lovera Cañete y el 20 de mayo de 2022 hizo lo propio el camarista José Waldir Servín.

Sin embargo, como en los tres votos de los magistrados existió discordia (tres opiniones en sentidos diferentes), se procedió a un sorteo para excluir a uno de los camaristas. Resultó excluido el camarista José Waldir Servín.

El 23 de mayo se remitió el expediente al camarista de la Cuarta Sala Emiliano Rolón Fernández para que integre la Tercera Sala en sustitución de su colega Servín, pero el magistrado el 27 de mayo no aceptó analizar la causa. El 27 de mayo el camarista Arnulfo Arias tampoco aceptó formar parte de la Tercera Sala por no estar de acuerdo con la decisión de Rolón Fernández. El 31 de mayo el camarista Digno Arnaldo Fleitas asimismo rechazó integrar la sala, por el mismo motivo señalado por su colega Arias.

Ante la decisión de los tres camaristas, la contienda negativa de competencia para integrar la Tercera Sala, fue remitida a la Sala Penal de la Corte el 1 de junio de 2022, y desde esa fecha se encuentra pendiente de resolución.

La actuaria Sosa de Franco solicitó por intermedio de la actuaria Kanina Penoni, con todo respeto, que la Corte se expida lo antes posible en la referida contienda negativa de competencia, para dar continuidad a la apelación en subsidio que se encuentra en estudio en la Tercera Sala de la Cámara, desde el 25 de abril de 2022, según se desprende del informe de la actuaria judicial.

La imputación contra la exjueza Irún

Según la imputación presentada por la fiscala Natalia Fúster la resolución de la exjueza Tania Irún Ayala violó la Ley especial Nº 2532/05 “Que establece la Zona de Seguridad Fronteriza de la República del Paraguay”, artículos 1º; 2º; 4º y 8º, al conceder las tierras a firmas extranjeras.

La agente de la Unidad de Delitos Económicos y Anticorrupción (UDEA) detalló en la imputación que el 23 de noviembre de 2018 Irún Ayala, entonces jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Décimo Quinto Turno de la Capital, dictó la Sentencia Definitiva N° 494, en el marco del juicio caratulado “Cusabo Limited y otros c/ Asociación del Espíritu Santo para la Unificación del Cristianismo Mundial s/ cumplimiento de contrato y obligación de hacer escritura pública”.

Mediante este fallo la magistrada resolvió hacer lugar a la demanda de cumplimiento de contrato y obligación de hacer escritura pública promovida por las firmas Cusabo Limited, Kyveloria Limited, Firstar Investments y Elite Kingdom Investments contra la Asociación del Espíritu Santo para la Unificación del Cristianismo Mundial (secta Moon) y en consecuencia intimó a la demandada a otorgar la escritura pública traslativa de dominio de unos 24 inmuebles ubicados en el departamento de Alto Paraguay consistentes en 310.000 hectáreas aproximadamente, a favor de las firmas accionantes mencionadas.

La imputación agreda que la entonces magistrada no habría corroborado los datos precisos de las identidades y nacionalidades de los representantes legales, tampoco la calidad de las acciones o títulos (si los mismos eran nominativos o al portador) de las firmas extranjeras demandantes en incumplimiento a lo establecido en la Ley especial N° 2532/05 (que establece la zona de seguridad fronteriza de la República del Paraguay).

Lo que dice la norma

El artículo 305 del Código Penal sobre prevaricato prevé: 1º El juez, árbitro u otro funcionario que, teniendo a su cargo la dirección o decisión de algún asunto jurídico, resolviera violando el derecho para favorecer o perjudicar a una de las partes, será castigado con pena privativa de libertad de dos a cinco años.

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