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El gremialista Odilón Turo promovió acción de inconstitucionalidad ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, este martes 12 de julio de 2022, contra la Resolución N° 1047 del 1 de junio de 2022 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, por la cual reconoció a los nuevos integrantes de la Comisión Directiva reorganizada del Sindicato de Funcionarios, Empleados y Trabajadores del Ministerio Público del Paraguay (Sifetramipar), tras una asamblea extraordinaria realizada el 10 de mayo de 2022.
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La inconstitucionalidad fue planteada bajo patrocinio del abogado Óscar Arnulfo Brítez Coronel, con matrícula de la Corte Suprema de Justicia N° 27.299.
La referida Resolución N° 1047 reconoció a Víctor Hugo Valdez Delgado como secretario general del Sifetramipar, a Jorge Luis Cino Garcete, como secretario general adjunto, a Richard Villarta (secretario de finanzas y economía), Antonio Julián Meza Flores (secretario de actas y notas), como secretario de prensa, propaganda e información a Nelson Ortiz Martínez, entre otros cargos de la nueva comisión directiva reorganizada.
Agravio del accionante
Turo señala en su escrito de inconstitucionalidad que en el Viceministerio de Trabajo se ha presentado un expediente a nombre de Sifetramipar en el cual no han sido notificados hasta la fecha y que desconocen totalmente el mismo porque nunca se ha dado intervención a su representación gremial para que al menos haga su descargo, según indica.
El accionante cuestiona que los miembros de la nueva comisión directiva han violado el artículo 31 del estatuto del Sifetramipar, que establece que los que que pretendan postulación de cualquier cargo, deben tener como mínimo 5 años de antigüedad como socio del gremio.
Indica que el secretario general adjunto Jorge Cino Garcete es socio activo del Sifetramipar recién desde el 20 de noviembre de 2018, que el secretario de Finanzas Richard Villarta es socio activo desde el 16 de setiembre de 2021, que el secretario de Deportes Vicente Rolón Rivas es socio desde el 5 de enero de 2018, y que en el caso de la síndico titular Jéssica Jazmín Duarte, no se encuentra registrada como socia de este gremio.
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Turo asimismo señala que el llamado a elecciones de la nueva Comisión Directiva tienen como fundamento el fenecimiento de mandato, a cuyo llamado el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social ha dado curso. Sin embargo, el accionante refiere que el estatuto del sindicato prevé la figura de la “reconducción tácita”, es decir, en ningún momento el gremio quedó “acéfalo” como alegaron los nuevos integrantes de la comisión directiva para llevar adelante la asamblea extraordinaria que fue validada por el órgano del trabajo, y sobre la cual se solicita a la Corte que revoque esta resolución.
También alegan que la Resolución 1047 es inconstitucional porque reglamenta más allá de lo autorizado y establecido en la Constitución Nacional, vulnerando de este modo el principio de legalidad, que debe contener toda norma jurídica.