CSJ confirma condena de Alcides Oviedo a 40 años de cárcel por secuestro de Arlan

La condena a 30 años de cárcel más 10 años como medida de seguridad dictada contra el autodenominado líder del Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP) Alcides Osmar Oviedo Brítez (52 años), por el secuestro de Arlan Fick, quedó firme. La Corte Suprema de Justicia rechazó el último recurso planteado por la defensa del criminal, quien cumple además otras dos condenas en la Agrupación Especializada de la Policía.

La condena de 30 años de cárcel más 10 por medidas de seguridad contra el exlíder del EPP Alcides Oviedo Brítez, por el secuestro de Arlan Fick, fue confirmada por un tribunal de Concepción.
Alcides Oviedo Brítez, ex líder del EPP, condenado a 30 años de cárcel más 10 por medidas de seguridad por el secuestro de Arlan Fick.Archivo, ABC Color

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La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, integrada por los ministros Carolina Llanes, Manuel Ramírez Candia y Luis María Benítez Riera, confirmó la condena del Alcides Osmar Oviedo Brítez a 30 años de cárcel más 10 años como medida de seguridad, por el secuestro de Arlan Fick, ocurrido el 2 de abril de 2014, en la colonia Paso Tuya de Azotey, departamento de Concepción.

La máxima instancia resolvió no hacer lugar al recurso extraordinario de casación planteado por la defensa en contra del Acuerdo y Sentencia N° 7 del 10 de febrero de 2020, por el cual el Tribunal de Apelación Multifueros de Concepción confirmó la Sentencia Definitiva Nº 27 del 12 de junio de 2019 del Tribunal de Sentencia integrado por los jueces Fulvio Salinas, Honorina Acosta y Darío Hernán Estigarribia.

La defensa argumentó que el Tribunal de Apelación Multifuero no fundamentó debidamente el fallo que ratificó la sentencia de primera instancia. Al respecto, la Sala Penal concluyó que el tribunal de alzada dio razón suficiente sobre los hechos y la normativa en virtud de los cuales resolvió confirmar la sentencia de primera instancia, respondió los agravios del recurrente de manera fundada, realizando un control de legalidad integral del fallo y sin descuidar mantenerse dentro de los límites de su competencia.

“No se observan vicios o defectos que hagan presumir algún tipo de colisión con la reglas que hacen a la debida fundamentación, cumpliéndose en ese sentido con el control jurisdiccional sobre la correcta aplicación de la ley y la legitimidad del fallo atacado, pues el razonamiento expuesto en la resolución fue construido sobre premisas jurídicas válidas aplicables al caso concreto, expidiéndose en forma acertada dentro del límite de su competencia”, resaltó el máximo tribunal en el Acuerdo y Sentencia N° 458 del pasado 7 de julio.

Oviedo Brítez cumple otras dos condenas

Oviedo Brítez cumple además otra condena de 23 años de cárcel por atentar contra la vida del comisario Merardo Palacios y otros dos policías en julio del año 2004, en la zona de la urbanización Capilla del Monte de la ciudad de Ñemby. Dicha sentencia fue dictada el 29 de junio de 2020 por el tribunal integrado por los jueces Carolina Bernal, Julio César López y Juan Carlos Rocholl.

El cabecilla de grupo criminal EPP también cumple una pena de 18 años de prisión en la Agrupación Especializada por su participación en el secuestro de María Edith Bordón, ocurrido el 16 de noviembre de 2001. La sentencia fue dictada en mayo de 2005.

En el caso de Arlan Fick el cabecilla del EPP Oviedo Britez fue sindicado como autor intelectual del secuestro ocurrido el 2 de abril del 2014 en la localidad de Paso Tuyá, distrito de Azote’y, departamento de Concepción.

Según lo que se probó en el juicio oral, el ahora condenado impartía las instrucciones desde su lugar de reclusión, en la Agrupación Especializada, donde al momento del plagio ya se encontraba compurgando la condena de 18 años por el secuestro de María Edith.

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