Piden a la Corte que siga juicio a Eusebio Torres por delitos de lesa humanidad

Monseñor Mario Melanio Medina presentó una acción de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia. El excomisario Eusebio Torres fue beneficiado con el sobreseimiento definitivo en un juicio por delitos de lesa humanidad. El Tribunal de Apelaciones consideró el tiempo transcurrido desde el inicio del proceso, en 1989. La Constitución Nacional establece que los delitos de torturas no prescriben.

Eusebio Torres, acusado de delitos de lesa humanidad.
Eusebio Torres, acusado de delitos de lesa humanidad.

Cargando...

Monseñor emérito Mario Melanio Medina, de San Juan Bautista de las Misiones, presentó una acción de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia contra el auto interlocutorio Nº 255 del Tribunal de Apelaciones que ordenó el sobreseimiento definitivo del excomisario Eusebio Torres, acusado de graves violaciones a los derechos humanos bajo la dictadura de Alfredo Stroessner.

El excomisario Eusebio Torres fue procesado por supuestas torturas a detenidos políticos. Torres, según diversas denuncias, es responsable de la desaparición de los hermanos Ramírez Villalba.

El pasado 22 de junio, la primera sala del Tribunal de Apelaciones, dictó el auto interlocutorio Nº 225 y sobreseyó definitivamente a Eusebio Torres. Con esta medida se declaró la extinción de la causa penal por lesa humanidad que enfrentaba el excomisario que prestaba servicios en el Departamento de Investigaciones, bajo las órdenes de Pastor Coronel.

El Tribunal de Apelaciones que favoreció al acusado de delitos de lesa humanidad estuvo integrado por los camaristas Pedro Mayor Martínez, Emiliano Rolón y Gustavo Ocampos González, quien opinó en disidencia.

Delitos que no prescriben

El camarista Gustavo Ocampos González argumentó que los delitos de lesa humanidad como torturas, secuestro y genocidio no prescriben según establece nuestra Constitución Nacional así como acuerdos internacionales ratificados por Paraguay.

El supuesto torturador pidió la extinción de la causa penal y el sobreseimiento definitivo por el tiempo transcurrido desde el inicio de la causa, que tuvo lugar el 8 de noviembre de 1989.

En el escrito de inconstitucionalidad presentado ante la Corte Suprema, bajo patrocinio de los abogados Rodolfo Manuel y Juan Manuel Aseretto, monseñor Mario Melanio Medina recuerda la vigencia de convenios internacionales que establecen que los delitos de lesa humanidad no prescriben, en coincidencia con disposiciones de la Constitución Nacional.

Según el escrito, “no corresponde la extinción y mucho menos el sobreseimiento libre. El tenebroso excomisario está incriminado seriamente por testimonios y frondosa documentación que demuestran su responsabilidad en la desaparición de los hermanos Rodolfo y Benjamín Ramírez Villalba”.

Por su parte, los abogados Aseretto señalan que “el excomisario estuvo prófugo de la justicia, siendo declarado rebelde. Resulta inadmisible que hayan transcurrido años de huir de la justicia y ahora sea beneficiado por un Tribunal de Apelaciones que no consideró que los atentados contra los derechos humanos no prescriben”.

Escondido en la Argentina

Monseñor Melanio Medina agrega en su escrito ante la Corte Suprema que “el excomisario Eusebio Torres estuvo prófugo de la justicia desde 1996 cuando se ordenó su detención en el proceso abierto por el asesinato de los hermanos Ramírez Villalba, ocurrido en 1974″.

Por espacio de nueve años Eusebio Torres estuvo ocultó en la Argentina. Se sometió a nuestra justicia en el año 2007 y ahora fue beneficiado con el sobreseimiento definitivo gracias a una sentencia dividida de la primera sala del Tribunal de Apelaciones.

Monseñor Mario Melanio Medina solicita en su escrito la anulación del auto interlocutorio Nº 255 y que continúe el proceso judicial contra Eusebio Torres, cuyos delitos de lesa humanidad no prescriben según el escrito presentado ante la Corte Suprema de Justicia.

Enlance copiado
Content ...
Cargando...Cargando ...