Cargando...
Los camaristas Pedro Mayor Martínez, Gustavo Ocampos y Gustavo Santander ratificaron la condena dictada el 6 de enero pasado con relación a siete policías por asociación criminal, tráfico, tenencia y comercialización de drogas y cohecho pasivo agravado, varios de ellos detenidos cuando escoltaban un camión con 8.622 kilos de marihuana, en Misiones, en el 2017 y también contra dos civiles por narcotráfico.
La única modificación de la Cámara consistió en declarar la prescripción con relación al suboficial insp. Marcial Flores Gauto, con lo que su condena de 3 años de cárcel por frustración de la persecución penal quedó sin efecto. Flores fue incluido en el proceso tras entregar el celular de su camarada a la esposa de éste, para que eliminara las evidencias que le pudieran comprometer.
Lea más: Ordenan cárcel para seis policías y dos choferes
“(...) El incoado Marcial Flores Gauto ha sido imputado por el hecho punible de frustración de la persecución y ejecución penal establecido en el art. 292 inc. l” cuya pena máxima es de 3 años de pena privativa de libertad y realizando un conteo del plazo de conformidad a las normas establecidas para el efecto se puede constatar que la última interrupción es el auto interlocutorio de juicio oral y público de fecha 20 de marzo de 2018, y que haciendo el computo hasta la fecha incluyendo el periodo de pandemia en el cual los plazos se encontraban suspendidos se observa que en relación al Sr. Marcial Flores Gauto ha operado la prescripción del hecho punible de Frustración de la persecución y ejecución penal por lo que corresponde sea declarada la prescripción en los términos que anteceden por el Tribunal”, concluyó el Tribunal.
Las penas ratificadas
Las demás condenas dictadas por el Tribunal de Sentencia presidido por María Luz Martínez e integrado por Darío Báez y Víctor Alfieri, fueron ratificadas en su totalidad. La sentencia ahora confirmada estableció las siguientes penas:
Catorce años de cárcel para el suboficial mayor Roberto Lezcano Martínez; 13 años para el suboficial 1º Osmar Eustaquio Zaracho y 11 años para el oficial inspector Francisco Antonio Díaz Ibarrola, de 5 años de cárcel para el subcomisario Edgardo Daniel Acosta y el oficial 1º Darío Bernardo Pinienta Estigarribia, de 4 años, 7 meses y 26 días para el oficial inspector Hugo César Ortiz y de 3 años para suboficial mayor Cirilo González Carmona.
En el mismo juicio, los civiles Joel Leiva Acosta y José Manuel Sugo Dafonte fueron sentenciados a 14 años y a 4 años, 7 meses y 26 días de cárcel, en ese orden.
Lea más: Fiscala pide condenas de 3 a 16 años para policías por aprietes a narcos
“Apriete” a narcos
La acusación presentada por la fiscala Lorena Ledesma, de la Unidad Especializada en la Lucha contra el Narcotráfico sostiene que tras cobrar US$ 200.000 para “liberar” a dos personas detenidas con un camión con 8.622 kilos de marihuana, los uniformados se organizaron para escoltarlos con la droga hasta su destino final, que sería Argentina.
El 10 de mayo del 2017 el grupo fue interceptado por agentes de la Secretaría Nacional Antidrogas (Senad) en territorio nacional, en Misiones, ocasión en que se produjo la aprehensión de varios uniformados, mientras que otros fueron incluidos posteriormente en el proceso, tras comprobarse el vínculo con el grupo mediante escuchas telefónicas y otras pruebas ofrecidas por la Fiscalía.
Lea más: Juicio a policías por apriete a narcos, el miércoles
El suboficial mayor Cirilo González Carmona, de Inteligencia de San Pedro, supo del traslado de droga y avisó al suboficial mayor Roberto Lezcano Martínez, de la Brigada Central, y este al subcomisario Edgardo Acosta, quien dio “licitud” a la operación con una nota de servicio para Paraguarí y ordenó al oficial 1º Darío Pinienta, suboficial inspector Francisco Díaz y al oficial inspector Hugo Ortiz ir a San Ignacio a esperar el Scania, siempre de acuerdo a la acusación.
El Scania con 366 panes de marihuana y peso de 8.621 Kg, salió de Gral. Resquín, San Pedro, a las 3:00 del 10 de mayo de 2017 al mando de José Manuel Sugo Dafonte. Iban de punteros en un Kia Río blanco, Joel Leiva Acosta y el suboficial 1° Osmar Eustaquio Zaracho.
A las 11:06 interceptaron el camión, que evitó controles, y mediante intermediación de Sugo, negociaron el pago de US$ 200.000 con el dueño de la carga, para liberarla. Luego, a las 15:35 agentes de la Senad, que interceptaron las llamadas de los policías, llegaron al Km 210 de San Juan, Misiones, interceptaron el Scania e interrumpieron el “apriete”. En el Km 217 hallaron la Hilux y el Kia con los policías a bordo, momento en que fueron detenidos.
Argumento del Tribunal para ratificar la condena
En sus respectivas apelaciones, las defensas coincidieron en advertir supuestos vicios que hacen a la fundamentación de la sentencia y a la supuesta violación de derechos de sus representados, que a su criterio, ameritarían la nulidad de la sentencia.
Sin embargo, los camaristas que analizaron el caso concluyeron por unanimidad que tales extremos no se observan en la sentencia estudiada, motivo por el cual corresponde su ratificación.
“Se ha observado que, del cotejo probatorio realizado por el tribunal, el mismo ha examinado cada una de las pruebas, y les ha dado el mérito y la credibilidad que a criterio del mismo ameritaba la exposición probatoria. Por lo tanto, no se observa de modo alguno; inconsistencia, incongruencia ni contradicción entre las pruebas analizadas por el tribunal y las conclusiones arribadas por el mismo con relación a la exposición fáctica y los hechos que son mencionados y expuestos en el debate del juicio oral y público”, señala la cámara en una parte de su resolución.
“Surge así, claramente que el Tribunal de Sentencia ha efectuado un análisis a cabalidad de los elementos probatorios. Por tanto, no existe violación alguna de disposiciones legales, que justifiquen la impugnación; así, no hubo ni mala ni errónea aplicación de la Ley, tampoco violación del principio de congruencia ni de la sana crítica racional como sistema de valoración de las pruebas, puesto que el A-quo ha valorado de forma conjunta y armónica todas las pruebas producidas dentro del proceso, junto con el relato fáctico para así arribar a una calificación adecuada, siendo de este modo valoradas con arreglo a la sana crítica de conformidad a lo establecido en el Artículo 1751 del Código Procesal Penal, en concordancia con el Art. 2692 del mismo cuerpo legal”, concluye el tribunal de alzada.
Condena anterior por “plantar” droga
Actualmente, Lezcano Martínez, uno de los integrantes pioneros de la División de Investigación de Delitos del área Central, también conocida como Brigada Central, cumple una condena de 15 años de cárcel por “plantar” cocaína a la empresaria Tanya Villalba.
Lea más: Condenan a cuatro policías por "plantar" droga en coche
El hecho ocurrió el 11 de octubre de 2016 y fue íntegramente filmado por la víctima, filmación que “viralizó” en las redes sociales en la época, causando gran indignación en la ciudadanía el avieso accionar de los uniformados.
Lea más: Una víctima de abuso y corrupción policial
Además de Roberto Lezcano, también han sido sentenciados a 15 años de cárcel en el mismo juicio el oficial 1° Gustavo Damián Narváez Gamarra y el suboficial Arnaldo Lezcano Martínez, hermano de Roberto, mientras que el exjefe de la comisaría 11ª de Asunción, Crio. Princ. Sergio Antonio Paredes Vera, fue condenado a cuatro años de pena privativa de libertad.