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La Cámara de Apelaciones en lo penal, Cuarta Sala de la capital, primeramente rechazó la recusación promovida por el exfiscal adjunto Patricio Gaona Franco, procesado por acoso sexual, contra los camaristas Arnulfo Arias y Emiliano Rolón Fernández, y a continuación, asimismo, por Auto Interlocutorio (AI) N° 181 del 16 de junio de 2022, declaró inadmisibles el recurso de apelación contra el AI N° 873 del 20 de agosto de 2020 y contra la Providencia del 10 de agosto de 2020, dictadas por el juzgado penal de garantías N° 7 Mirko Oscar Valinotti, quien ahora debe fijar nueva fecha de audiencia preliminar.
Por la providencia de fecha 10 de agosto de 2020, objeto de la reposición, el juez penal de garantías Valinotti dispuso: “Téngase por recibido estos autos del Tribunal de Apelación Penal y en consecuencia señálese nueva fecha de audiencia preliminar de conformidad al Art. 352 del CPP para el día 1 de setiembre de 2020 a las 09:00 horas”.
Posteriormente, por A.I. No 873 de fecha 20 de agosto de 2020, objeto de la apelación en subsidio, había resuelto el juzgado de garantías: 1) No hacer lugar al recurso de reposición de la Providencia de fecha 10 de agosto de 2020.
El agravio del exfiscal acusado por acoso
Patricio Gaona Franco había planteado la apelación en subsidio ante el Tribunal de Alzada, porque el juzgado de garantías rechazó su reposición contra la Providencia del 10 de agosto de 2020 y contra el A.I. N° 873 de fecha 20 de agosto de 2020, por el que se rechazó su reposición.
El agravio de Gaona Franco es porque el juzgado de garantías fijó fecha de audiencia preliminar estando pendiente de resolución una acción de institucionalidad que promovió ante la Corte Suprema contra el AI N° 308 del 14 de febrero de 2020 y el AI N° 110 de fecha 28 de mayo del año 2020, por supuestas graves violaciones constitucionales y del Código Procesal Penal. (CPP).
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Cámara rechazó apelación de Gaona
Los camaristas Arnaldo Fleitas y Emiliano Rolón Fernández sostuvieron la misma posición para rechazar la apelación en subsidio que promovió Gaona Franco contra las dos resoluciones ya señaladas.
Los camaristas argumentaron que “analizado el conflicto suscitado, considero acertada la decisión tomada por el juez penal de garantías en la Providencia de fecha 10 de agosto de 2020 y en el AI N° 873 de fecha 20 de agosto de 2020. Se observa que no existe constancia en el expediente judicial de la concesión de medidas cautelares que suspendan o interrumpan la persecución penal por parte de la Corte Suprema de Justicia, en la acción planteada en esta instancia el 7 de agosto de 2020″.
Agrega: “Asimismo, en atención a que la providencia de marras señala audiencia preliminar para el día 1 de Setiembre de 2020, la cual no se pudo llevar a cabo por la interposición del recurso de reposición y apelación en subsidio, se insta al inferior a que convoque a las partes a una nueva audiencia preliminar”, refieren los magistrados Fleitas y Rolón Fernández.
Por su parte, el camarista Arnulfo Arias quien si más explicación sostuvo que “al haber transcurrido 1 año y ocho meses de la fecha fijada para la audiencia preliminar (1 de setiembre de 2020), ya resultaba inoficioso el estudio del recurso interpuesto.
La causa analizada está caratulada: “Patricio Gaona Franco s/ acoso sexual y otros (coacción sexual). Expte. N° 1-1-2-1- 2018-9346″.
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Antecedentes del caso
La víctima del supuesto acoso presentó su denuncia ante el Ministerio Público contra Patricio Gaona Franco, el 12 de noviembre de 2018, cuando ejercía funciones de docente en la Facultad de Ciencias Sociales de la UNA. Posteriormente, las fiscalas Teresa Sosa Laconich y Sonia Mora formularon acusación por acoso sexual y solicitaron juicio oral para el suspendido exfiscal adjunto Patricio Gaona Franco.
Según el relato de los hechos, la alumna de la Facultad de Derecho (UNA) fue sometida por primera vez en marzo de 2018 cuando la misma estaba en la parada de ómnibus luego de concluidas las clases de la Facultad, en Quiindy, y siendo las 18:00 aproximadamente, se detuvo con su camioneta Gaona Franco y la invitó a subir para llevarla a Carapeguá. El fiscal adjunto en ese momento se encontraba con el también profesor Antonio Salinas, auxiliar de cátedra.
Camino a Carapeguá, a un kilómetro aproximadamente, Gaona Franco se detuvo y pidió a Salinas que compre chipa del parador Kati. Fue allí que el acusado aprovechó para jalarla del cabello y le dijo que le “haga un pete” porque “estoy caliente”.
Esta fue la primera ocasión en que el profesor supuestamente abusó de la alumna, quien luego en reiteradas veces se vio forzada a acudir a la oficina que tiene Gaona Franco en la Fiscalía, para mantener relaciones sexuales. En todas las ocasiones, el profesor amenazaba a la alumna con que le iba a hacer recursar la materia, según el Ministerio Público.
El 23 de julio de 2019, la Corte Suprema de Justicia ratificó el A.I. N° 233/19 del 18 de junio de 2019 por el cual el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, solicitó la suspensión tras enjuiciar al agente exfiscal adjunto Patricio Gaona Franco.