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El representante del Ministerio Público presentó imputación contra Cristhian Augusto Samudio Acevedo, alias Samudio’i, por la supuesta comisión de los hechos punibles de homicidio culposo, omisión de auxilio, obstrucción al resarcimiento por daños en accidente de tránsito y reducción, el pasado 9 de junio.
Los hechos, sin embargo, ocurrieron el pasado 4 de abril; es decir, el requerimiento fiscal se presentó dos meses y seis días después. Además, el mismo agente fiscal ordenó el levantamiento de la orden de detención-única medida dictada a pocos días del hecho- que pesaba contra Samudio’í, en la misma fecha en que lo imputó.
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Con la imputación fiscal, inusualmente el Ministerio Público tampoco ha solicitado al juzgado la prisión preventiva del procesado u otro tipo de medida cautelar. Se limitó, pese a sus frondosos antecedentes, a dejar a cargo del juez la adopción de alguna medida. Tampoco antes de la imputación requirió cualquier otra medida al poder judicial.
También un juez
Otro hecho bastante inusual y llamativo es que, tras admitir la imputación, el juez Claudio Rubén Martínez señaló audiencia para imposición de medidas al imputado para el 28 de junio, 18 días después de la presentación fiscal.
Este mismo magistrado ya favoreció antes a Samudio’i, con la extinción de dos estados de rebeldía que pesaba contra el, en otros procesos anteriores. La decisión del juez Martínez se dio en el mismo día en que el fiscal Udagawa levantó la orden de detención contra el procesado (9 de junio).
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Según explicó el representante del Ministerio Público, dispuso el levantamiento de la orden de detención fiscal contra Cristhian Samudio porque éste llegó a un acuerdo con los familiares de la víctima fatal. Explicó que el Código Procesal Penal admite la posibilidad de extinguir una causa culposa cuando existe de por medio la reparación integral del daño particular o social causado, realizada antes del juicio, siempre que lo admita la víctima o el Ministerio Público.
Sin embargo, en este caso aún no ha sido declarada la extinción de la causa penal, que según la ley debe ser declarada por un juez. El fiscal Udagawa se adelantó y ya levantó la orden de detención.
Cinco antecedentes
El procesado Cristhian Samudio posee varios antecedentes penales por otros hechos punibles. Posee cinco causas judiciales activas. Dos del año 2019 por portación y tenencia irregular de armas; uno en el 2021 por amenaza de hechos punibles, y dos en el 2022, producción de riesgos comunes y resistencia, y homicidio culposo y otros.
La causa penal por homicidio culposo, omisión de auxilio, obstrucción al resarcimiento por daños en accidente de tránsito y reducción se inició a cargo del juez Claudio Rubén Martínez. La carpeta ahora está a cargo del juez Santiago Núñez, quien debe resolver si el procesado accederá a medidas alternativas o responderá el proceso guardando prisión preventiva.
La decisión queda a cargo del magistrado porque curiosamente el representante del Ministerio Público, además de presentar la imputación después de más de 60 días de haber ocurrido el hecho investigado, no solicitó la rebeldía ni su prisión preventiva, a pesar de las evidencias que los investigadores le acercaron.