Fiscala zafa de otro proceso ante el Jurado de Enjuiciamiento

Una vez más la fiscala Victoria Acuña zafó un juicio ante el Jurado de Enjuiciamiento. El l senador liberal Fernando Silva Facetti, sigue sin inhibirse de la agente pese q que en su momento la agente le había beneficiado con la desestimación de la denuncia una supuesta “tragada” en el IPS, cuando este era el presidente de la previsional.

Fernando Silva Facetti, del JEM.
Fernando Silva Facetti, senador liberal del JEM.Archivo, ABC Color

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Ya son por lo menos 6 las denuncias por mal desempeño de funciones que zafa la fiscala Victoria Acuña Ricardo, de la Unidad de Delitos Económicos y Anticorrupción (UDEA), y se salva en el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM). Siempre tienen un denominador común, el senador liberal Fernando Silva Facetti es quien vota para desestimar la denuncia o absolverla de la destitución a la cuestionada agente del Ministerio Público, quien siempre es señalada por “blanquear” a políticos y personas con poder económico.

En esta causa, el beneficiado por el Ministerio Público fue el extitular de la Essap Ludovico Sarubbi, quien estaba procesado por lesión de confianza, y fue favorecido con la prescripción, supuestamente por inacción de la fiscala Acuña, al no instar la prosecución de la causa.

Opinión del ministro Ramírez Candia

En esta ocasión, en la sesión ordinaria de este martes 14 de junio, el miembro del Jurado, ministro de Corte Manuel de Jesús Ramírez Candia, le hizo el “favorcito” a Silva Facetti al preopinar a favor de la fiscala Acuña, y dijo lo siguiente: “Podríamos iniciar de oficio el juicio de responsabilidad de la fiscala Victoria Acuña, pues el hecho que se estaba investigando era de corrupción pública por todos conocidos, y que concluyó con el pedido de sobreseimiento definitivo de los sindicados en el proceso, y como también podríamos haber analizado la actuación de la fiscala adjunta Soledad Machuca, igualmente denunciada”.

Fiscal Victoria Acuña.
Fiscala Victoria Acuña Ricardo, de la Unidad de Delitos Económicos y Anticorrupción (UDEA).

Agregó: “Sin embargo, hay que señalar que el pedido de sobreseimiento definitivo que solicitó la fiscala Victoria Acuña data del 14 de noviembre de 2019; por lo tanto, y conforme a la Ley 6414/2021, actualmente vigente para el Jurado, establece una limitación al plazo para que opere la prescripción para abrir los enjuiciamientos, que es de dos años, entonces esto ya queda fuera del alcance del Jurado porque ya prescribió esta actuación irregular que fue objeto de denuncia”.

Ramírez Candia prosiguió: “Y con relación a la actuación de la fiscala adjunta Soledad Machuca, por haber actuado fuera del conocimiento del artículo 358 del Código Procesal Penal, es decir, el que establece la remisión al superior jerárquico a los efectos de que acuse o ratifique el pedido de sobreseimiento definitivo, sin embargo, la agente fiscal adjunta había solicitado el sobreseimiento provisional con lo cual habría rectificado el requerimiento de la agente fiscal Acuña. Esta situación si bien está en contra de lo que prescribe la ley, es objeto de interpretación divergente porque en algunos fallos la Sala Penal de la Corte dice que solamente hay esas dos alternativas, la de ratificar o acusar, y en otro fallo la propia Sala Constitucional señala que está dentro de las facultades del superior jerárquico (fiscalía adjunta) corregir las actuaciones de sus inferiores jerárquicos; por lo tanto, sostiene que es factible ratificar o rectificar la actuación de los agentes fiscales que atienden las causas. Por lo tanto, no se puede atribuir irregularidad por este hecho porque es objeto de interpretación divergente.

En conclusión, a la actuación de la fiscala Acuña corresponde el archivo, porque prescribió el plazo para el enjuiciamiento por parte del Jurado, en virtud al artículo 11 de la ley que rige este órgano, y con relación a la adjunta Machuca, no existe irregularidad en su actuación, por lo tanto también corresponde el archivo y corresponde tener por desistida la denuncia.

Opinión de Silva Facetti

El senador Fernando Silva Facetti, manifestó lo siguiente: “El 2 de marzo de 2022 el Jurado intimó a las denunciantes, por el plazo de 5 días, para que formulen la acusación pertinente y acrediten la solvencia económica que no lo hicieron. En la sesión del 17 de mayo el Jurado resolvió analizar la viabilidad de iniciar una investigación de la denuncia de Esther Roa y María Edid Rodríguez, en contra de las fiscalas Victoria Acuña y Soledad Machuca”.

Silva Facetti, añadió: “Con respecto a los hechos atribuidos a Acuña, se visualiza que la actuación cuestionada en un tiempo que excede el plazo previsto en el artículo 11, resulta inoficioso el inicio de una investigación sobre la actuación en sí, por impedimento procesal. Y con respecto a la fiscala adjunta Soledad Machuca es una cuestión que debe ser debatida en una etapa ordinaria mediante los medios idóneos que poseen las partes, no siendo el Jurado el órgano encargado de sentar postura”, y seguidamente solicitó al pleno tener por desistida la denuncia.

Se adhirieron al voto

Se adhirieron a las posiciones de Ramírez Candia y Silva Facetti los demás miembros del Jurado el ministro de Corte César Diesel, el diputado David Hernán Rivas, Enrique Bacchetta, y Jorge Bogarín Alfonso.

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