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El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), la Secretaría de la Función Pública y el Instituto Paraguayo de Derecho Administrativo y Constitucional organizan conjuntamente el “Curso de capacitación sobre la Ley Nº 6715/2021, de Procedimientos Administrativos, Aplicación y Alcances”. Según refieren los organizadores, el objetivo principal de esta actividad es la socialización de la normativa, para la correcta aplicación por parte de los actores involucrados, cuya entrada en vigencia está prevista para el 29 de setiembre de 2022.
El acto de apertura del curso de capacitación tendrá lugar en el Salón Auditorio del Banco Central del Paraguay, el día lunes 13 de junio de 2022, a las 13:30. El evento contará con la participación del presidente del JEM, Abg. Jorge Bogarín Alfonso, la ministra de la Secretaría de la Función Pública Abg. Cristina Bogado, el Prof. Luis Enrique Chase Plate, director del curso y del Instituto Paraguayo de Derecho Administrativo, y el Prof. Marco Aurelio González Maldonado (coordinador del curso), entre otros invitados. La duración del curso de capacitación se extenderá hasta el 18 de julio del corriente.
El curso de capacitación fue declarado de interés institucional por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, el Consejo de la Magistratura y la Secretaría de la Función Pública, por Resolución Nº 243/2022, para la administración pública a nivel nacional, departamental y municipal. La jornada está dirigida a todas las reparticiones públicas, actores del sector privado y a la ciudadanía en general,; los organizadores que tienenl a expectativa que el evento resultará de gran utilidad e importancia para la actualización de las personas en el conocimiento de la nueva norma que regirá la Administración del Estado, según indican.
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Las clases serán impartidas en la modalidad híbrida los días lunes y jueves, por renombrados profesores del Derecho Administrativo de nuestro país y del extranjero. El curso de capacitación será de acceso libre y gratuito para todos los interesados, y tendrá una carga horaria de 35 horas. Al término del curso, se expedirán certificados de participación, avalados por el Instituto Nacional de Administración Pública (INAPP) y el Instituto Paraguayo de Derecho Administrativo y Constitucional.
Las inscripciones están habilitadas hasta el día domingo 12 de junio. Se pueden acceder a los links para el formulario de registro en la dirección https://t.co/pRJc83DR4R y el link para registrarse al sistema grupal de Telegram a https://t.co/jPV0dOa2MU
Algunos artículos relevantes de la ley
La Ley 6715/2021 “De procedimientos administrativos”, que deroga la Ley 4679/2012 (de 21 artículos) “De trámites administrativos”, entrará en vigencia el 29 de septiembre de 2022 y se anticipa que tendrá un impacto sustancial en la forma en que las autoridades deberán fundar las acciones “discrecionales” de interés público que afectan derechos. La misma prevé algunos artículos resaltantes como:
Art. 3. Acto administrativo: Se lo define como toda declaración unilateral efectuada por un órgano de la Administración Pública en ejercicio de funciones administrativas, que produce efectos jurídicos de alcance general o particular.
Art. 55. Medidas cautelares: La autoridad administrativa podrá dictar y disponer medidas cautelares que considere necesarias para preservar la salud, la seguridad pública o por cualquier otra razón de interés general.
Art. 39. Procedimiento administrativo no formal: El procedimiento ordinario administrativo no es formal, en el sentido de que si no existe procedimiento especial prescrito legalmente, la autoridad que lo sustancia puede elegir el procedimiento más adecuado siempre y cuando se atiendan los principios de celeridad, eficacia y razonabilidad.
Art. 53. Silencio de la administración: Si en los procedimientos iniciados por un particular no se dictare resolución definitiva dentro de los plazos legales, se tendrá por denegada la petición una vez configurado lo que en derecho se conoce como resolución ficta, con lo cual queda habilitada la vía para interponer los recursos administrativos que en su caso correspondan.
Art. 71. Principio sancionador: Las sanciones administrativas que las autoridades competentes deben imponer a las personas estarán sometidas a los principios de legalidad, tipicidad, presunción de la inocencia, proporcionalidad, irretroactividad y verdad material.
Art 78. Prescripción de Infracciones y Sanciones: Las infracciones prescribirán en el término de dos años.
Artículos 82 y 83. Utilización de medios electrónicos: Los trámites y actuaciones de los procedimientos administrativos podrán realizarse por medios electrónicos y tendrán plena validez jurídica y valor probatorio. Su utilización será reglamentada por el Poder Ejecutivo.
El curso desarrollará 12 temas:
· Codificación del Procedimiento Administrativo.
· Marco general de la Ley de Procedimientos Administrativos.
· Régimen jurídico de los actos administrativos.
· Sanción de las irregularidades del acto administrativo.
· Los recursos administrativos.
· Procedimiento ordinario administrativo.
· Impacto del procedimiento administrativo en el sumario administrativo en el marco de la Ley de la Función Pública.
· El Procedimiento sancionador.
· Principios del procedimiento administrativo.
· Necesidad de la Ley de Procedimientos Administrativos en el Paraguay.
· Desafíos para una efectiva justicia administrativa en la aplicación de la Ley de Procedimientos Administrativos y su posible mejoramiento.
· La imposibilidad de la doble sanción en el ámbito penal y administrativo.