Existen elementos de relación de dependencia entre TDP y quinieleros, sostiene laboralista

María del Pilar Callizo, abogada laboralista, analizó que la naturaleza del servicio de los quinieleros advierte que existe una relación de dependencia entre los quinieleros y la empresa explotadora de este juego, TDP SA, cuyo directivo es Álvaro Wasmosy Carrasco. Los trabajadores denunciaron “manoseo y desvinculaciones”, mientras que la firma asegura que cumple el contrato.

Alicia Gutiérrez, vocera del sindicato de trabajadores de juegos de azar. Denunció "el manoseo" a los quinieleros por parte de la empresa TDP SA, cuyo directivo es Álvaro Wasmosy Carrasco.
Alicia Gutiérrez, vocera del sindicato de trabajadores de juegos de azar. Denunció "el manoseo" a los quinieleros por parte de la empresa TDP SA, cuyo directivo es Álvaro Wasmosy Carrasco.Gustavo Machado

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Hace semanas que el Sindicato Nacional de Trabajadores Vendedores de Quiniela, de Bingos, Juegos de Azar y Afines del Paraguay (Sintraquiba) reclama la atención de autoridades de la Comisión Nacional de Juegos de Azar (Conajzar), presidida por María Galván del Puerto, ante trampas en los sorteos y desvinculaciones de quinieleros por baja recaudación. El juego es explotado por la empresa Technologies Development of Paraguay SA (TDP), del expresidente de la República Juan Carlos Wasmosy, cuyo directivo es su hijo Álvaro Wasmosy Carrasco.

Al respecto, hasta el momento, la empresa no brindó declaraciones a ABC y tampoco respondió ninguno de los requerimientos de entrevistas solicitados para conocer su versión sobre las denuncias. Semanas atrás, emitió un comunicado en el cual aseguró que desconoce la legalidad del referido sindicato y de sus dirigentes, además de negar irregularidades en las desvinculaciones.

Por otro lado, solicitamos opinión a la abogada laboralista María del Pilar Callizo, quien se interiorizó de la rutina del trabajo de los quinieleros. “Vista la naturaleza del servicio que prestan los levantadores de apuestas es posible advertir que existen elementos de subordinación laboral, que podrían llegar a ser invocados para requerir derechos y beneficios previstos en el Código del Trabajo y de las normas de seguridad social”, afirmó.

“Reglamento no puede estar encima de la ley”

Callizó observó que los quinieleros “no se encuentran inscriptos como agentes de comercio o registrados bajo tal denominación, por lo que no puede simplemente categorizarse a este sector como prestadores de servicios independientes”, dijo. Observó que el reglamento de la quiniela, en su artículo 29, dice que las relaciones de los levantadores de apuestas o corredores con el concesionario o los agentes en su caso son de carácter excluyentemente civil y comercial y de ningún modo explícito o implícito laboral. Consecuentemente ni el concesionario ni los agentes tendrán con los corredores responsabilidad laboral, social o previsional…”.

Sin embargo, Callizo recalcó que se debe necesariamente observar el principio de la realidad en el cual se da primacía a las acciones que son evidenciadas entre las partes contratantes, por sobre los términos de contratos, reglamentos u otros acuerdos. “Del mismo modo, un reglamento como este no puede estar por encima de lo que dispone la ley”, destacó.

Callizo detalló los elementos que evidencian una relación de dependencia entre quinieleros y la empresa explotadora del juego:

  1. El cumplimiento de un horario de trabajo: que en el caso en cuestión está sujeto a los horarios dispuestos para la toma de las apuestas y la rendición de lo cobrado.
  2. Lugar de trabajo: sujetos a agencias ubicadas en zonas específicas. No se trata de profesionales que pueden cumplir sus “servicios” donde ellos decidan o donde sean llamados.
  3. El otorgamiento de herramientas de trabajo: como la “maquinita o pos” que son otorgados por TDP a los levantadores de apuestas. Incluso estos son obligados a cubrir las reparaciones o son afectados por descuentos por averías o daños de los equipos, en el mismo sentido previsto en la legislación laboral.
  4. Exclusividad: lo cual incluso está expresamente previsto en el “contrato de servicios” suscrito por los levantadores de apuestas. Debe advertirse que la exclusividad es un elemento propio de los contratos laborales y que en este caso se encuentra presente.

“Nos encontramos ante un caso de “trabajadores” sujetos por muchos años a condiciones híbridas de contratación, por lo que han pasado desapercibidos para las autoridades por todo este tiempo, lo cual ha contribuido a la informalidad y a la precarización del trabajo”, reflexionó. Por este motivo, considera pertinente la intervención de la autoridad administrativa del Trabajo para resolver esta cuestión y dar la protección laboral a quienes corresponda.

“Mientras esta Institución no se pronuncie se seguirá fomentando la informalidad y el perjuicio a un gran sector ocupado del país como lo es el de los levantadores de apuestas”, lamentó.

El negocio  de la quiniela mueve US$ 127 millones al año, según los datos.
El negocio de la quiniela mueve US$ 127 millones al año, según los datos.

Sindicato dice que “se cubren con el contrato”

Alicia Gutiérrez, de Sintraquiba, afirmó que los trabajadores son empujados a mantenerse en la informalidad, sin salarios ni seguro de protección social, a pesar de que son reclamos históricos. Esta situación nuevamente vuelve con las desvinculaciones de los trabajadores que reportan una recaudación inferior a G. 200.000 con el despojo de las máquinas que utilizan para levantar apuestas.

Requerida referente a la respuesta obtenida de Conajzar, indicó que las autoridades del Gobierno y de TDP “se cubren con el contrato”, y con el citado reglamento que califica de comisionistas a los quinieleros, a pesar de que existen condiciones que desnudan una relación de dependencia.

Precisó que según Conajzar, la redacción del reglamento está a cargo de la concesionaria. Sin embargo, consultado al respecto, el expresidente de Conajzar y especialista en juegos de azar, Javier Balbuena, precisó que ese documento está a cargo de la reguladora de juegos de azar, conforme establece la Ley N° 1016/97 del Régimen de Juegos de Azar.

Mañana, viernes, se cumple el tiempo solicitado por la presidenta interina de Conajzar para la revisión del contrato y brindar una respuesta a los reclamos de los quinieleros, tras la manifestación desarrollada en la jornada de ayer miércoles, frente a su oficina.

Quinieleros se manifestaron frente a Conajzar, el miércoles último. Reclaman mejores condiciones laborales.
Quinieleros se manifestaron frente a Conajzar, el miércoles último. Reclaman mejores condiciones laborales.
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