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La Municipalidad de Asunción informó que hasta mañana, martes 31 de mayo, hay tiempo de revalidar o renovar las licencias de conducir sin estar expuesto a multas. La institución recordó que la revalidación es el trámite que se cumple con el pago de la tasa anual, que se certifica con la colocación de un sticker, mientras que la renovación se debe hacer cada cinco años, para lo cual se expide un nuevo carnet.
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Todos los trámites se realizan en la Dirección de Tránsito y Transporte de la Comuna, que se encuentra en la planta baja del Bloque C, en el palacete municipal. El horario de atención es de lunes a viernes, de 7:00 a 16:00, y los sábados, de 8:00 a 11:00.
Otros locales donde revalidar los registros de conducir
Asimismo, la revalidación anual de las licencias se puede realizar en los talleres de inspección técnica vehicular autorizados por la Municipalidad, que son Ivesur, ubicado sobre Salvador Bogado casi José Pappalardo, y Coarco, situado sobre Teniente Rolón Viera Nº 2.760 casi Ecuador. Los horarios son los mismos que los de la Dirección de Tránsito y Transporte de la Comuna.
Además este mismo tipo de trámites se puede realizar en el Centro de Cobranza del Shopping el Portal, ubicado sobre Ruta Transchaco y Doña Máxima Lugo; en el Centro de Cobranza del Súper 6, ubicado sobre la avenida Carlos Antonio López y Colón; la Autocaja del Bloque C, ubicada en el Palacete Municipal y en el Centro Paraguayo Japonés (CPJ), ubicado sobre Julio Correa y Domingo Portillo.
Costos aumentaron levemente
Este año los costos aumentaron en la capital del país, donde para obtener la primera licencia de conducir el interesado debe abonar G. 166.900.
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Asimismo, para la renovación, el monto era de G. 110.000 y subió a G. 114.800, en tanto que para la revalidación (pago anual) el canon subió de G. 21.000 a G. 21.500.
Multas van hasta casi G. 1 millón
Según la Ordenanza 479/10 Reglamento General de Tránsito, se registran como falta leve, con una multa de hasta tres jornales ( G. 264.153), los casos en que las personas conduzcan con un registro que no haya sido revalidado (canon anual).
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Por otra parte, se considera como falta gravísima en el caso de estar vencido el registro, es decir, en los casos que deben ser cambiados los registros por haber transcurrido los cinco años de su validez. En esta situación establece una multa de 11 jornales (G. 968.561).