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Entre los miembros naturales de la sala de la CSJ solo la ministra Carolina Llanes admitió conformar el tribunal, ya que sus colegas Manuel Ramírez Candia y Luis María Benítez Riera se apartaron de atender el recurso extraordinario de casación que planteó el concejal de Luque Óscar Rubén González Chaves (ANR - cartista), contra el fallo de la Cámara de Apelaciones que confirmó su condena a 8 años de cárcel por enriquecimiento ilícito, lavado de dinero y declaración falsa.
En el caso de Ramírez Candia la inhibición se debe a que su esposa, la jueza Yolanda Morel, integró el Tribunal de Sentencia que juzgó y condenó al concejal de Luque por el cartismo; mientras que Benítez Riera porque su sobrino, el juez Jesús Riera, también integró el colegiado que dictó dicha sentencia el 12 de agosto del año pasado.
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Los ministros Víctor Ríos y Antonio Fretes, integrantes de la Sala Constitucional, también se apartaron, en atención a lo establecido en el artículo 50 inciso 13 del Código Procesal Penal.
En consecuencia hace más de dos semanas se consultó a los ministros César Diesel y Alberto Martínez Simón si aceptan integrar la sala para resolver la casación de la defensa. En el caso de Diesel también debe apartarse, ya que es suegro del abogado Eduardo Rodríguez Alcalá Chaves, primo hermano de Óscar González Chaves.
Incluso el yerno de Diesel fue quien patrocinó la acción de inconstitucionalidad de Óscar González Daher en contra de su destitución del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, en mayo de 2015.
Comiso especial de bienes por casi G. 30.000 millones
El recurso extraordinario de casación planteado por González Chaves ante la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia es contra del Acuerdo y Sentencia N° 1 del 2 de febrero de 2022, dictado por el Tribunal de Apelación Penal 1ª Sala de la Capital.
Mediante este fallo los camaristas Pedro Mayor Martínez, Bibiana Benítez Faría y Gustavo Santander Dans, confirmaron in totum -o totalmente- la Sentencia Definitiva N° 318 del 19 de agosto de 2021 y su aclaratoria la S.D N° 331 del 30 de agosto de 2021, dictados por el Tribunal de Sentencia integrado por los jueces Yolanda Portillo (presidenta), Yolanda Morel y Jesús Riera; que condenó a González Chaves a 8 años de cárcel por enriquecimiento ilícito, lavado de dinero y declaración falsa.
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El A y S N° 1 también confirmó el comiso especial decretado sobre los bienes del concejal luqueño, por G. 29.237.656.115, que según lo que se probó en juicio es la suma que el hijo del fallecido senador colorado Óscar González Daher obtuvo ilícitamente en la función pública. Además de la inhabilitación especial para ejercer cargos públicos por otros 7 años.
La defensa solicita a la Sala Penal del máximo tribunal que haga lugar al recurso extraordinario de casación y conforme a las disposiciones contenidas en los artículos 480 y concordantes del Código Procesal Penal, declarar la nulidad del punto 2 de la parte resolutiva del fallo dictado por el Tribunal de Apelaciones en lo Penal 1ª Sala de la Capital, disponiendo el reenvío a otro tribunal de alzada para el estudio y resolución del recurso de apelación especial.
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“En el supuesto que la Sala Penal considere una decisión directa, se solicita, conforme los fundamentos expuestos en el mismo, sea finalmente declarada su procedencia, conforme las soluciones que para cada caso fueron expuestas en dicho contexto”, resalta el escrito presentado por la defensa de González Chaves.