A Ultranza Py: ratifican prisión para hermana de Alberto Koube

La jueza Rosarito Soledad Montanía ratificó la prisión preventiva de Fátima Irene Koube Ayala, hermana del empresario Alberto Koube Ayala, procesada por lavado de dinero en el marco del Operativo A Ultranza PY, en el que hay 16 personas con orden de captura nacional e internacional.

Ayudó con la constitución de firmas para el lavado de dinero.
Ayudó con la constitución de firmas para el lavado de dinero.ABC Color

Cargando...

Por AI N° 128, la jueza penal de garantías especializada en crimen organizado Rosarito Montanía, rechazó el pedido de revocatoria de prisión hecho por el abogado Mario Alberto Bobadilla, quien ejerce la defensa de Fátima Irene Koube Ayala, supuesta colaboradora en un esquema de lavado de dinero según la investigación denominada A Ultranza Py.

El fiscal Deny Yoon Pak imputó a Fátima Koube por lavado de dinero -Art. 44 de la Ley N° 1.340/88- en calidad de autor y por AI N° 31 se le había impuesto la medida cautelar de prisión preventiva. Esta resolución fue motivo del pedido de revocatoria por parte de la defensa de la mujer.

Fátima Koube Ayala es hermana del empresario y propietario del “Grupo Tapyracuai SA”, Alberto Koube Ayala, este último también procesado en el Operativo A Ultranza Py por los hechos de asociación criminal y lavado de dinero por la Ley N° 1340 de Drogas.

Los hermanos son investigados como supuestos colaboradores en el esquema de lavado de dinero, a través de su grupo empresarial, proveniente presuntamente del tráfico de cocaína por parte de un grupo que estaría liderado por Miguel Ángel Insfrán Galeano, alias Tío rico, y el uruguayo Sebastián Enrique Marset Cabrera, alias Facilitador, ambos prófugos.

Empleada de firma de su hermano

En su pedido de revocatoria, el abogado Mario Bobadilla señaló que Fátima en su indagatoria había manifestado ser empleada de las empresas de su hermano Alberto Koube Ayala.

“Tenía una asignación mensual en concepto de salario de G. 20.000.000, y que las funciones asignadas eran las de realizar gestiones administrativas considerando su profesión de licenciada en administración de empresas”, refirió el defensor en su escrito.

Apuntó a que “todos estos elementos debilitan los cargos iniciales planteados en la imputación fiscal, por lo que corresponde la revocatoria de prisión preventiva que pesa sobre la misma” y en tal sentido, ofreció un inmueble valorado en G. 1.732.600.000 en concepto de fianza real.

EL Ministerio Público respondió ello con que Fátima forma parte de las empresas del grupo Tapyracuai S.A., “realizando gestiones administrativas con el objeto de asegurar el disfrute de los beneficios que el citado obtenía de la organización criminal, a cambio de la circulación de capitales dentro de las firmas comerciales referidas”.

Por lo que la Fiscalía “considera que los elementos de convicción a los cuales se remite la defensa técnica no son suficientes para considerar, sin más, que constituyen nuevos elementos de juicio”.

El juzgado por su parte señaló que “todas las circunstancias mencionadas por el recurrente, podrían ser utilizadas como elementos de descargo en el momento procesal oportuno, sin embargo carecen de fuerza suficiente en este estadio”.

Enlance copiado
Content ...
Cargando...Cargando ...