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El Tribunal de Apelación en lo Penal integrado por los magistrados José Waldir Servín Bernal, Cristóbal Sánchez y Agustín Lovera Cañete, por Acuerdo y Sentencia N° 30, confirmaron la condena de 18 años de cárcel dictada a un comerciante de 31 años que abusó de una niña de 13 años, el 12 de enero de 2020.
La condena fue emanada por el Tribunal de Sentencia presidido por el juez Héctor Fabián Escobar Díaz e integrado por los jueces Sandra Farías de Fernández y Carlos Manuel Hermosilla González, mediante la Sentencia Definitiva N° 45, de fecha 3 de marzo de 2022.
El abogado Guillermo Ferreiro, quien ejerció la defensa del comerciante, señaló en su apelación a la sentencia del colegiado, que “el Tribunal una vez constatado los hechos aplicó erróneamente la norma penal de fondo al tipificarlos. Pudo antes de los alegatos corregir el error de tipificación del Ministerio Público”.
Ferreiro consideró que en el hecho por el que era juzgado el acusado “no se define entre los elementos objetivos del tipo de uso de la fuerza, violencia o constreñimiento de la libertad sexual, sino los ‘hechos punibles contra menores’”.
El fiscal del caso Juan Carlos Ruiz Díaz Parris, en su contestación, consideró improcedente el recurso planteado, pues “se dieron todos los presupuestos tanto objetivos como subjetivos”.
Además, subrayó que “la víctima fue una menor de 13 años, que fue sometida sexualmente de forma violenta, se señala que el autor la maltrató físicamente (mordeduras, cuerpo lleno de moretones) por lo tanto se dan los hechos típicos para la configuración del hecho punible de abuso sexual en niños”.
El Tribunal de Apelación consideró así que se aplicaron correctamente las normas, específicamente, el artículo 135ª, inciso 1°, 2°, numeral 1, así como los incisos 4° y 5°, en concordancia con el artículo 29 del Código Penal y no fue modificada la calificación jurídica.
Cómo ocurrió el hecho
De acuerdo con datos extraídos de la Sentencia Definitiva Nº 45, el abuso sexual se produjo el el 12 de enero de 2020, en un inquilinato de Asunción, donde residía la niña de entonces 13 años, con su madre, su hermano menor y su padrastro.
La familia acababa de almorzar y la menor de edad salió para lavar los platos. Pero, para llegar hasta el lavadero, por la manera en que estaban distribuidas las habitaciones en el lugar, ella necesariamente debía pasar frente a la pieza del comerciante hoy condenado.
Luego de varios minutos, como no retornaba, su hermano menor fue a buscarla, pero no la encontró por lo que dio aviso a su madre y a su padrastro. La mujer entonces salió hasta la pieza del departamento para ver dónde estaba su hija. En un momento dado vio que salió de la habitación del vecino.
La madre fue junto a la menor y le consultó qué le hizo el comerciante, pero esta no dijo nada. Inmediatamente después se produjo una discusión con gritos entre la madre, el padrastro y el comerciante. En medio de esta, la niña manifestó textualmente “que le había metido la mano”.
Víctima quedó con secuelas severas
Tras meses de terapia psiquiátrica, la niña relató a su madre que cuando lavaba los platos se le acercó el comerciante y la llevó a su pieza donde, con amenazas de que si no obedecía iba a ser peor, la sometió sexualmente.
La psicóloga forense que tomó declaración a la menor en cámara Gessel, había mencionado que la misma se quebró y derrumbó al rememorar el hecho.
En otra parte de la resolución judicial, constar el relato de un vecino que dijo que el comerciante “tocó la puerta de la habitación de la familia para hablar con el padrastro. Él le ofreció un arreglo para solucionar el problema”.
La niña fue inspeccionada en el Hospital General Pediátrico Niños de Acosta Ñu, donde se le dio la pastilla del día después, que le produjo secuelas en su estado de salud e incluso provocó que quede internada por varios días.
Así también, la madre había relatado que su hija “incluso tenía pensamientos suicidas, mencionó que hasta llegó a cortarse; relató también la madre que cuando se aproxima la fecha de aniversario de este hecho, la niña comienza a angustiarse”.
Además, que la menor de edad padece de pesadillas, pasa por una situación estresante, retraimiento e inseguridad, sentimiento de inmovilidad.