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Según el artículo 102 del Código Penal Paraguayo, los hechos punibles pueden prescribir en quince años, cuando el límite máximo del marco penal previsto sea de quince años o más de pena privativa de libertad; o tres años, cuando el límite máximo del marco penal previsto sea pena privativa de libertad de hasta tres años o pena de multa.
Con la modificación de este artículo, el diputado Tadeo Rojas busca que exista una imprescriptibilidad de los hechos punibles de abuso sexual en niños y abuso por medios tecnológicos.
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Asimismo, el legislador señaló que el documento cuenta con dictamen de aprobación de las comisiones de Ciencia y Tecnología; y de Legislación y Codificación; mientras que por otra parte, las de Justicia, Trabajo y Previsión Social, y de Equidad Social y Género recomiendan remitir el documento a la Comisión Nacional para el estudio de la reforma del Sistema Penal y Penitenciario.
Con esto, el diputado calificó que se debe dar el análisis de este proyecto de forma urgente, teniendo en cuenta los distintos casos de abuso que son denunciados a nivel país, incluyendo también el que está siendo actualmente investigado por la Fiscalía, sobre un presunto abuso en un colegio privado de Lambaré.
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Asimismo, el proyectista explicó que si bien el Código Penal establece el régimen de prescripción de los hechos punibles, como obstáculo a la aplicación de una sanción penal como consecuencia del trascurso del tiempo, toda regla tiene su excepción, como por ejemplo los delitos de lesa humanidad.
“Es preciso entender que en los hechos punibles de abuso sexual en niños, niñas y adolescentes, en la mayoría de las situaciones, el agresor es una persona cercana a la víctima, que ejerce un poder sobre esta, ubicándolo en una situación de dominación. Esta situación puede mantenerse por años, sin que el hecho llegue a conocerse por otras personas. En otras palabras, un niño, niña o adolescente puede demorarse varios años en elaborar lo vivido y animarse a contarlo”, puntualizó.
Por otra parte, Rojas agregó que es necesario lograr la imprescriptibilidad de la persecución penal para evitar la impunidad de los autores.
Comparación legislativa
Finalmente, al hablar de normativas similares, el diputado mencionó que varios países de la región, como por ejemplo Argentina, ya han introducido la imprescriptibilidad de la persecución penal de los hechos punibles de abuso sexual contra niños, niñas y adolescentes.