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Luis Samaniego Correa promovió la acción de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia contra las Resoluciones o Actas del Consejo de la Magistratura: a) SG Nº 53/2022 y b) SG Nº 73/2022, dictadas en el proceso del concurso para postulantes al cargo de dos miembros del Tribunal Superior de Justicia Electoral, convocado a través del Edicto Nº 2 /2022.
Por una primera resolución el Consejo de la Magistratura, en sesión plenaria en fecha 27 de abril de 2022 Acta 1989, resolvió: No hacer lugar a la admisión de la postulación del Abogado Luis Alberto Samaniego Correa, fundado en el incumplimiento de uno de los requisitos establecidos en el inc. A del artículo 9 del reglamento que establece criterios de selección para el cargo de miembro del Tribunal Superior de Justicia Electoral convocado a través del Edicto 02/2022.
Por una segunda resolución el Consejo de la Magistratura, en sesión plenaria de fecha 3 de mayo del presente año (acta 1991) resolvió por unanimidad: Art.1.- Rechazar el Recurso de reconsideración presentado por el Abog. Luis Samaniego Correa. Art. 2. - No hacer lugar a la admisión de la postulación, fundado en el incumplimiento en tiempo y forma de uno de los requisitos establecidos en el Inc. A) legalización en tiempo y forma, del título de abogado en el MEC, establecido en el artículo 9 del Reglamento que establece criterios de Selección para el cargo de Miembro del Tribunal superior de Justicia Electoral...”.
Legitimación del accionante
Samaniego Correa sostiene que como ciudadano paraguayo, mayor de edad, en uso de sus derechos individuales y civiles garantizados en nuestra Carta Magna, como postulante al cargo de miembro del Tribunal Superior de Justicia Electoral se encuentra agraviado y directamente afectado por el reglamento dictado por el Consejo de la Magistratura, específicamente el artículo 9 inc. “a”, y las resoluciones adoptadas en sesión de fecha 27 de abril de 2022 y sesión de fecha 03 de Mayo de 2022, Actas 1989 y 1991 respectivamente, según notificaciones acompañadas, por las cuales han decidido no admitir su inscripción para el concurso del llamado a través del Edicto N° 02/2022 para cubrir dos vacancias para miembros del Tribunal Superior de Justicia Electoral, debido a una cuestión de forma, que podría ser absolutamente subsanable, por lo que cuenta con la legitimación activa para entablar esta acción, según refiere.
Los artículos de la Constitución Nacional que a criterio del accionante han sido violentado son: Art. 46 De la igualdad de las personas, Art. 101 De la función pública (todos los paraguayos tienen derecho a ocupar funciones y empleos públicos), entre otros.
Medida de urgencia
El accionante requiere a la Sala Constitucional como medida cautelar de urgencia de manera a evitar perjuicios irreparables, la suspensión del proceso de selección llevado adelante por el Consejo de la Magistratura en el marco del Edicto 02/2022, hasta tanto la Corte Suprema de Justicia resuelva la acción de inconstitucionalidad y declare la inaplicabilidad del artículo 9 inc. “a” del “Reglamento que establece el proceso de selección para el cargo de miembro del Tribunal Superior de Justicia Electoral”, por considerarlo violatorio a las disposiciones de la Constitución Nacional Artículo 275, y por ende, ilegal, arbitrario e injusto, según sostiene.
Los que siguen en carrera
Tras concluir con la etapa de admisibilidad de inscripción al concurso del proceso de selección para dos cargos a miembros del Tribunal Superior de Justicia Electoral el Consejo de la Magistratura habilitó a dieciocho postulantes, los abogados, 1- Nuria Isnardi, 2- Laura Villalba Benítez, 3- Pedro Arias, 4- César Rossell, 5 Edgar Urbieta, 6- Jorge Bogarín González, 7- Emilio Camacho, 8- Arnaldo López Echagüe, 9- Cristian Rivas Kiese, 10- Ramón Ferreira Ruiz, 11- Mirta Fretes Flecha, 12- Carlos María Aquino, 13- Luis Centurión Escobar, 14- Dina Marchuk, 15- Bartolomé Domínguez, 16- Myriam Cristaldo, 17- Gustavo López Benítez y 18- María Verónica Franco.
En tanto, el Consejo de la Magistratura resolvió rechazar los recursos de reconsideración de los abogados Elsa Idoyaga, Edgar Hernán Sosa, Neri Azucena Alvarenga, Enrique Salyn Buzarquis, Carmen Letizia Ramírez Paredes, Pablo Bareiro Portillo, Guillermo Zillich Silva, Hugo López, Hermelinda Alvarenga, María Celeste Jara, Eduardo Acuña, Luis Samaniego y Miryam Estigarribia Caballero.
El exsenador liberal Juan Bartolomé “Ancho” Ramírez había renunciado a su candidatura ante los cuestionamientos y pelea interna en el seno del Consejo de la Magistratura que derivó en la traba de la continuidad del proceso de conformación de ternas para reemplazar a los ministros del TSJE Alberto Ramírez Zambonini (ya abandonó la magistratura al cumplir 75 años) y María Elena Wapenka, quien próximamente también llegará a la edad límite para ejercer como magistrada.